La condena tras el pase de un inmigrante que rozó la tragedia

La duda estaba encima de la mesa: creer a quien se presentaba ante el tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta como víctima de un engaño o a la Guardia Civil, que fue capaz de poner de manifiesto el peso de su investigación para poner los grilletes al llamado A.H.A., procediendo a su detención como autor de un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros.

La Sala ha creído a los investigadores, condenando a 3 años y 1 día de prisión a este marroquí a quien se acusó de estar en connivencia con un menor para facilitar la llegada a la Península de otro adolescente.

La pena se aplica al ser considerado autor de un delito contra los derechos de los trabajadores con ánimo de lucro y peligro para la vida.

El tribunal del mayor órgano judicial en nuestra ciudad ha considerado probado que el marroquí A.H.A. coparticipó en agosto de 2022 en ese tráfico de inmigrantes, para lo que salió del puerto deportivo patroneando su embarcación en la que viajaba un menor a quien se le iba a facilitar la escapada previo pago de una cantidad de dinero.

El sistema de pase era sencillo, el inmigrante se subía a la embarcación en el puerto deportivo y desde allí lo trasladaban a las inmediaciones de Benítez, en donde se arrojaría al mar para subirse a una moto de agua pilotada por un menor con la que sería acercado hasta las costas peninsulares.

Con lo que no se contaba era con la intervención de la Benemérita, que abortó el pase y terminó salvando vidas: la del inmigrante y la del piloto que lo arrojó en un intento desesperado por escapar pudiendo haber provocado una tragedia.

La "falta de credibilidad"

La Audiencia considera probado que se cometió el delito, manteniendo además que los testimonios exculpatorios que pudieron escucharse en la vista oral celebrada el pasado 10 de abril estaban marcados por una clara “falta de credibilidad”.

A eso se suma la constatación de la llegada del ahora ya condenado al puerto para utilizar su embarcación en la comisión del delito, algo constatado por la Unidad Orgánica de la Policía Judicial de la Guardia Civil con el análisis de las cámaras.

“No existe duda alguna sobre esa utilización para la ejecución del plan de traslado del inmigrante que, con independencia de que fueran otras personas distintas al acusado las que tuvieran la iniciativa en la organización y diseño del modus operandi del ilegal traslado, en ningún caso puede admitirse que fuera absolutamente ajeno a dicho entramado delictivo”, expone la Sala.

La coartada presentada por el acusado no ha sido creída por el tribunal por su matiz además rocambolesco. La ingenuidad y supuesta falta de conocimiento del hecho delictivo que argumentó en la vista oral no se sostienen, además de que el propio tribunal deja claro la responsabilidad que existe en los actos cuando alguien no cuida de las consecuencias que pueden derivarse de su irresponsable falta de atención o control de sus acciones.

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