{jaimage crop="TC" /}La Sección VI de la Audiencia Provincial ya ha dictado sentencia contra los dos policías locales de la Unidad de Tráfico que el pasado marzo se sentaban en el banquillo para aclarar unos hechos ocurridos en el centro de salud del Recinto, en julio de 2008, que terminó con la detención de un médico.
La sentencia, a cuyo fallo tuvo acceso ayer este periódico, es, de nuevo, demoledora contra la labor de los agentes de la Policía Local, al haber sido condenados por un delito de detención ilegal y otro de falsedad, fijando además la pena máxima de las contempladas para este tipo de hechos. Lo más grave de la pena contemplada por ambos delitos (4 meses y 15 días multa por la detención ilegal y 3 años por la falsedad) es la inhabilitación absoluta de ocho años que se ha aplicado a los agentes derivada de la detención ilegal, además de otros dos de inhabilitación especial para el ejercicio de policía durante dos años por el delito de falsedad.
El fallo de la Audiencia contempla además la absolución para el médico que fue detenido del delito de desobediencia grave que interesaba el Ministerio Fiscal y se le condena tan sólo por una falta de respeto y consideración a los agentes que se traduce en una multa de 200 euros.
Además en el fallo se incluye una indemnización de 15.000 euros en favor del médico. Tal y como informaron fuentes judiciales, el ánimo de los dos agentes de la Policía condenados –que en la tarde de ayer conocían el fallo– es recurrir la sentencia ante el Tribunal Supremo, siguiendo el camino de otros compañeros de distintas unidades que también han sido condenados en otros hechos.
En la sentencia el tribunal considera que la detención que los agentes llevaron a cabo del médico en el centro de salud del Recinto no estaba justificada, por lo que considera que ambos incurrieron en una detención ilegal que nunca tendrían que haber ejecutado, ya que el doctor fue trasladado esposado en un zeta policial hasta la comisaría, después de haber mantenido un desencuentro con un paciente y después de que él mismo hubiera solicitado que se llamara a la Policía para solventar la situación.
Además entiende que se ha cometido un delito de falsedad, por cuanto el agente de la Policía Nacional que estaba de guardia cuando los efectivos le entregaron al médico manifestó una versión de los hechos bien distinta a la que habían hecho pública los locales. Entre otros puntos discrepantes, éstos manifestaron que en ningún momento sabían de la condición de doctor de su detenido, cosa que fue negada por el funcionario de la Nacional que declaró en la vista celebrada el mes pasado que los municipales le manifestaron que le entregaban al doctor, refiriéndose al detenido.
La Audiencia entiende que los policías locales narraron unos hechos que discrepaban con la realidad. En la declaración hecha por el médico ante el tribunal de la Sección VI de la Audiencia, éste indicó que se había cometido una clara injusticia con su arresto, habiéndose sentido “terriblemente humillado e indefenso... Esto me ha afectado psíquicamente”, declaró. “Fue insultante para mí el bochorno y la humillación que pasé”, narró. La condena de la Audiencia Provincial cuadra perfectamente con la solicitud de pena que hizo pública en la vista oral el abogado del médico, el letrado Lorenzo Linares, que recordó a la Sala que la Policía no “puede actuar de cualquier manera”, llevando a cabo una detención “que carecía de fundamento”. Destacó además que para dar cobertura a esa ilegalidad falsearon ideológicamente los hechos, sacándose un delito de atentado “que existió sólo en sus mentes” para sustentar el posterior atestado que fue presentado.
Sentencia con voto particular de un magistrado
No es que sea normal pero ocurre. Y en este fallo dictado por el tribunal de la Sección VI de la Audiencia ha vuelto a emitirse un voto particular por parte de uno de los tres magistrados al no estar de acuerdo en una de las partes del fallo. En concreto el voto ha sido emitido por el juez Bastardés, que discrepa con sus compañeros en la condena de falta de respeto y consideración a los agentes por la que fue condenado el médico del Recinto. Entiende el magistrado que al igual que el doctor fue absuelto del delito de desobediencia que pedía el Ministerio Fiscal también debería haber sido absuelto de esta falta.
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