Categorías: Tribunales y justicia

Con la justicia no se juega

La Ley del Tribunal del Jurado prevé la imposición de multas de hasta 1.500 euros para aquellos ciudadanos que no cumplan con el deber de ser jurado popular. Y es que con la justicia no se juega.

Existe un plazo para alegar, para presentar algún tipo de incompatibilidad o excusa para no formar parte de un jurado popular. Aún así hay quienes, en un claro desprecio al deber que tienen, simplemente fallan y eluden, sin excusa alguna, su papel de jurado.
Hace unos meses, la Audiencia de Madrid tuvo que suspender un juicio con jurado por la no asistencia de dos miembros. Algo histórico que, hasta estos extremos, todavía no ha ocurrido en Ceuta. Sí que, por contra, la autoridad judicial de la Sección VI ha tenido que aplicar sanciones correspondidas con comportamientos irresponsables. Tal fue el caso ocurrido con el último juicio con jurado popular que se tenía que haber celebrado en la Audiencia para enjuiciar el homicidio del llamado Moro Loco. Una conformidad previa evitó la celebración del juicio con jurado, a pesar de que todos sus miembros habían sido ya seleccionados. En este caso hubo dos ciudadanos sancionados con multas de 200 euros por no cumplir con su deber. La Ley Orgánica del Tribunal del Jurado es clara y dictamina el "deber inexcusable" que tiene el ciudadano de conformar un jurado siempre que cumpla con los requisitos marcados.
Los motivos para alegar están también establecidos, pero hay quien ni tan siquiera se esfuerza en exponerlos, mostrando un desaire absoluto hacia lo que supone el funcionamiento del sistema judicial. En estos meses la Audiencia está preparando otro juicio con jurado, el que determinará la implicación o no del conocido como 'Rambo' en la muerte de 'Tafa Sodia'. Un tribunal de jurado se encargará, el próximo mes de julio, de señalar la culpabilidad o no del acusado, seleccionándose con detenimiento los 20 candidatos a jurado, de los que luego salen los 9 miembros y dos suplentes que tienen que estar presentes en las distintas sesiones orales.
El no cumplimiento de un deber se pena con una sanción económica de la que nadie, por justicia, puede escapar y que sirve de nota ejemplar para lo que constituye una implicación de todos para que el sistema pueda, efectivamente, funcionar.

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