Lo que comenzó como una transacción comercial entre dos viejos amigos terminó con acusaciones por delitos de estafa, apropiación indebida y grupo criminal. Este es el procedimiento que se ha iniciado este martes en la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta y que sentaba en el banquillo a A.O.G., J.M.G.G., F.C.G., P.G.P. y N.J.S.M. por una operación fallida para la compra y venta de dos contenedores de la bebida energética Red Bull.
Según se relató en el acto de juicio, la principal perjudicada fue la mercantil ceutí Hermanos Núñez Castaño SL, que se presenta como acusación particular. Fue su representante legal, J.N.C., quien en un acontecimiento personal en abril de 2014 coincide con un viejo conocido, J.L.R.S., -que también se presenta como acusación particular- quien le propuso, como apoderado legal de la mercantil First Silver Trading SL, la adquisición de dos contenedores de bebidas energéticas de la marca Red Bull.
A J.N.C. le interesó el negocio y por ello el 14 de mayo de 2014 ingresó en la cuenta de First Silver Trading, con sede en Granada, la cantidad de 115.728,96 euros para que sirvieran de intermediarios para la compra de dichos contenedores, una adquisición que rondaba los 105.000 euros, por lo que el sobrante sería para la mercantil que representaba J.L.R.S. y cuyo socio era F.C.G.
Sin embargo, el proveedor de Red Bull que tenía First Silver Trading en Tenerife y que supuestamente le aseguró la mercancía, finalmente no se la proporcionó, pese a haber entregado una señal de 96.215 euros en forma de cheque que fue entregado en una notaría, como garantía de solvencia económica. Finalmente el cheque les fue reintegrado a la cuenta de la empresa y según se expuso por parte de F.C.G., de esta operación solo se tuvieron gastos para la mercantil por un valor aproximado menor a los 20.000 euros que se tomaron del depósito de Hermanos Núñez Castaño SL.
Al no obtener el producto, tanto J.L.R.S como su socio lo intentaron por otras vías. Todavía en el mes de mayo, First Silver Trading se da una última oportunidad para conseguir la mercancía prometida a Hermanos Núñez Castaño, por la amistad que J.N.C. y J.L.R.S. mantenían. Se expide otro cheque por la misma cantidad, 96.215 euros para la adquisición de la mercancía que, de nuevo, no es fructífera, acordando entre los dos socios de la mercantil que ese cheque al portador se le devolviera íntegro a Hermanos Núñez Castaño.
En vez de cumplir con el acuerdo que ambos socios hicieron, J.L.R.S. ingresó ese dinero en su cuenta personal y empezó a operar por su cuenta, a espaldas de F.C.G., para encontrar nuevos proveedores de la bebida energética. Por su parte, el restante de ese cheque a la cantidad original ingresada por la mercantil ceutí, 19.513 euros, se quedó en la cuenta de First Silver Trading, retenida presuntamente por F.C.G., aún desistiendo de la adquisición de la mercancía y haciendo uso de ese dinero, según se expuso en acto de juicio, sin que pudiera justificar todos los gastos.
Mientras tanto, J.N.C. le reclamó en numerosas ocasiones las explicaciones oportunas a J.L.R.S. sobre dónde estaba la mercancía y exigiéndole la devolución del dinero. No obstante, el intermediario le insistió que seguía buscando la mercancía, pidiendo más tiempo. Por ello, contactó con otro de los acusados, A.O.G. -condenado por sentencia firme por estafa y con antecedentes penales por tal hecho-, el cual se presentaba como el encargado de compras de la empresa Exportadora del Mediterráneo Import Export SL, ya que dicha empresa, afirmaba el acusado, iba a suscribir un contrato con una empresa proveedora de esta bebida.
Aunque esa operación fracasa, según explicó J.L.R.S. en el juicio, A.O.G. le puso en contacto con la empresa argentina Bebidas Peter Maxiconsumo, con la que podría conseguir hasta diez contenedores de Red Bull. Sin embargo, A.O.G., según el escrito de acusación y lo expuesto en la sala, le comunicó que tenía que ser una transacción rápida, ya que los contenedores estaban parados en el puerto de Cartagena y en un polígono de Sevilla.
Es ahí cuando J.L.R.S. , supuestamente mediante engaño y por su propia cuenta, hizo caso de la documentación que avalaba esa mercancía y entregó en mano, presuntamente en una gasolinera de Marbella, 15.000 euros en metálico a A.O.G., para que se lo ingresara a Bebidas Peter Maxiconsumo para asegurar la mercancía, dinero que fue ingresado en la cuenta de otro de los acusados, P.G.P., quien estuvo presente en este procedimiento a través de videoconferencia.
El segundo pago que hace J.L.R.S. es a esa misma cuenta, pero por importe de 32.853 euros y un tercer importe ingresado a la cuenta que éste le indicó y que era de titularidad de la empresa argentina, pero cuyo titular es el también acusado J.M.G.G. Todos estos pagos se hacen a cuenta de los 96.000 euros del cheque que no le fue devuelto a Hermanos Núñez Castaño.
Aunque se suponía que se arregló el envío de los contenedores desde Cartagena hasta Algeciras, éste nunca se llevó a cabo, momento en el cual J.L.R.S. se percató de que había sido engañado. Según se extrae del escrito, fue estafado por un grupo criminal compuesto por A.O.G., P.G.P. y N.J.S.M., este último quien supuestamente se encargaba de crear los vínculos entre los intervinientes y proporcional o facilitar las cuentas bancarias, junto con una serie de personas en Argentina que no han sido localizadas.
Es en este punto, ya en octubre de 2014, cuando J.L.R.S. le informa a Hermanos Núñez Castaño de que ha sido engañado y ambos proceden a denunciar ante la Policía Nacional estos hechos, del cual se derivan detenciones tanto en Andalucía como en Castellón, donde radicaban las cuentas bancarias. Estos hechos son constitutivos de un delito de apropiación indebida, estafa, grupo criminal y receptación. El juicio continuará hoy.
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