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"Comparar precios y calidades", la recomendación de Asescon para las cenas navideñas

Con la llegada de diciembre también lo hacen las comidas y cenas navideñas para las que suelen contratarse menús de grupo o especiales. Pero, aunque se trata de celebraciones, están también conllevan algunos inconvenientes que se pueden prevenir si se toman en cuenta las recomendaciones que ofrece la Asociación Española de Consumidores, también para Ceuta.

Las comidas y cenas navideñas deberían ser siempre sinónimo de celebración y disfrute, pero desafortunadamente no siempre es así, sobre todo cuando no todo sale como se esperaba

“En años anteriores se han planteado reclamaciones o consultas en nuestros medios de contacto referente a este tipo de contrataciones”. Es por ello que desde la Asociación Española de Consumidores ofrecen una serie de recomendaciones que es importante tener en cuenta.

Lo primero es comparar precios y calidades entre los distintos establecimientos y entre los distintos menús. “También recomendamos comparar el precio de los menús con respecto a los platos sueltos en la carta del restaurante”, así como “es conveniente saber si las bebidas están o no incluidas o si hay limitaciones”.

Lo siguiente es estar atento porque “en las condiciones de contratación se debe indicar si se tiene que pagar por adelantado alguna cantidad” y “conviene preguntar por los precios de los extras (bebidas adicionales, copas, etc.)”.

La Asociación Española de Consumidores igualmente recuerda que “toda publicidad tiene carácter vinculante” y que “el hecho de existir una mayor afluencia de clientes no implica que la calidad de los productos o del servicio deba ser menor”.

Es importante entender también que “nos deben dar una factura o ticket de caja” porque “es un documento esencial en el caso de tener que efectuar una reclamación”, así como que “se debe cumplir con la carta de alérgenos” y que “debe acudirse a establecimientos que cuenten con la debida licencia para la realización de la actividad”.

Por último, la asociación deja claro que “los establecimientos deben contar con hojas de reclamaciones en el caso de que sea necesario poner una queja”.

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