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Cómo pagar por bizum a la Agencia Tributaria en la declaración de la renta

La campaña de Renta 2024 trae una novedad importante: la posibilidad de pagar los impuestos a través de bizum o con tarjeta de crédito

La campaña de la Renta 2024 ha arrancado este miércoles con la presentación de declaraciones por internet y una novedad importante: la posibilidad de pagar los impuestos a través de bizum o con tarjeta de crédito. Pero, ¿cómo funciona este método? ¿Se puede también recibir la devolución por bizum?

¿Cuándo se puede pagar la renta con bizum?

Antes de optar por esta modalidad de pago, es fundamental conocer el resultado de la declaración:

  • Si la declaración sale a pagar (resultado positivo), se puede utilizar bizum como método de pago, siempre que no se haya seleccionado la domiciliación bancaria.

  • Si la declaración es a devolver (resultado negativo), no se podrá recibir el importe mediante bizum. En este caso, Hacienda realizará la devolución por transferencia bancaria.

Pasos para pagar la declaración con bizum

Si debes pagar impuestos y quieres hacerlo con bizum, sigue estos pasos:

1. Obtención del NRC (Número de Referencia Completo)

Antes de efectuar el pago, es necesario obtener el NRC, un código de 22 dígitos que identifica la operación. Se puede generar a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria, utilizando diferentes métodos de pago: cargo en cuenta, tarjeta bancaria o bizum.

2. Seleccionar el método de pago

  • Una vez confeccionada la declaración, accede a la opción 'Pagar, aplazar y consultar'.

  • Dentro de 'Todas las gestiones', elige 'Pagar autoliquidaciones'.

  • Selecciona la opción 'Autoliquidaciones - Pago con tarjeta o bizum'.

3. Elegir el modelo y completar los datos

  • Para la declaración de la renta, selecciona el modelo 100.

  • Introduce la información correspondiente:

    • Año fiscal

    • Periodo impositivo

    • Datos del contribuyente

    • Importe a pagar

  • Una vez rellenados los datos, selecciona bizum como método de pago y pulsa 'Aceptar datos y continuar'.

4. Confirmar y enviar la solicitud

  • Revisa todos los datos introducidos. Atención: una vez realizado el pago, no se podrá anular online.

  • Si todo es correcto, pulsa 'Firmar y enviar'.

5. Proceder al pago con bizum

  • Introduce el número de teléfono vinculado a tu cuenta de bizum.

  • Pulsa 'Finalizar el pago en tu móvil' (este paso tiene un tiempo limitado).

  • Recibirás una notificación de bizum en tu móvil con los detalles del pago.

  • Autoriza el pago siguiendo las instrucciones de tu entidad bancaria.

6. Obtener el justificante de pago (NRC)

  • Una vez completado el proceso, se generará el NRC, que puedes:

    • Descargar en PDF como comprobante.

    • Utilizar para finalizar la presentación de la declaración en la sede electrónica.

Calendario de la Agencia Tributaria para la declaración de la Renta 2024

La Campaña de la Renta y Patrimonio de 2024 arranca este miércoles 2 de abril con la presentación de las declaraciones por Internet, pero los contribuyentes ya pueden acceder desde la página web y la aplicación móvil de la Agencia Tributaria a sus datos fiscales.

Según el calendario publicado, la Campaña arrancará antes del inicio de la Semana Santa. Este miércoles se abre el plazo para la presentación de las declaraciones a través de internet y se extenderá hasta el 30 de junio de 2025.

Desde el 6 de mayo hasta el 30 de junio de 2025, la Agencia Tributaria podrá confeccionar la declaración del contribuyente por teléfono --la solicitud de cita estará disponible desde el 29 de abril hasta el 27 de junio--.

Será entre el 2 y el 30 de junio de 2025 cuando la Agencia Tributaria podrá confeccionar a los contribuyentes las declaraciones presencialmente en sus oficinas, con solicitud de cita desde el 29 de mayo hasta el 27 de junio.

No obstante, hay que tener en cuenta que el plazo de presentación para las declaraciones con resultado a ingresar y domiciliación finaliza el 25 de junio.

Al igual que el año pasado, estarán obligados a presentar la declaración los autónomos, independientemente de sus ingresos, y los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV), mientras que a los beneficiarios de la prestación por desempleo no se les exigirá en esta Campaña la presentación, pese a que en un principio sí estaba previsto.

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