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¿Cómo optar a viviendas en Serrano Orive, Solís, Padre Feijoo y Hacho?

Una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) publicada este viernes 25 de octubre contiene la aprobación de las bases de selección de arrendatarios tanto para las viviendas desocupadas en la promoción 45 VP Serrano Orive como para una vivienda desocupada en la 86 VPO Monte Hacho, en ambos casos propiedad de Emvicesa.

En el primero de los casos, estas viviendas se destinarán a menores de 35 años “como grupo de adjudicación preferente”, con la aclaratoria de que “para las viviendas de 1 dormitorio, la composición familiar del solicitante deberá ser 1 o 2 miembros”, mientras que “para la vivienda de 2 dormitorios, la unidad familiar podrá estar compuesta por 3 miembros como máximo”.

Como requisitos generales se establece que los solicitantes deben acreditar al momento de presentación: ser español o tener residencia legal en España, mediante DNI, NIE o TIE; estar inscrito en el Registro de Demandantes de Vivienda con una antigüedad de 3 meses; libro de familia, en su caso; certificado catastral de no ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre alguna otra vivienda sujeta a régimen de protección pública ni de una vivienda libre.

Igualmente demostrar que posee unos ingresos familiares ponderados que no excedan de 4 veces el IPREM, acreditados mediante declaración IRPF o certificado de no estar obligado a su presentación, recordando que “a fin de garantizar la suficiente capacidad económica para hacer frente a las necesidades básicas y al pago de la renta, se establecen unos ingresos mínimos necesarios de 1,5 vez el IPREM”.

Asimismo, es necesario estar empadronado en Ceuta con una antigüedad mínima de 48 meses y para el cupo de discapacitados, se requiere el certificado de discapacidad (movilidad reducida) emitido por el IMSERSO, en vigor.

Las respectivas solicitudes se podrán formalizar de manera presencial en el Registro de Emvicesa o de manera telemática, a través de la sede electrónica de la Ciudad de Ceuta.

Los interesados en conocer las bases completas para este grupo de viviendas pueden PINCHAR AQUÍ para leer el documento completo.

Una vivienda en la promoción 86 VPO Monte Hacho

En el BOCCE también se informa sobre la aprobación de las Bases de selección de arrendatarios para la vivienda desocupada en la promoción 86 VPO Monte Ha-

cho, señalando que podrán optar al proceso de selección "aquellos demandantes de viviendas que presenten una solicitud de participación en el proceso, conforme al modelo aprobado al efecto y cumplan los requisitos".

Para ello es indispensable estar inscrito en el Registro de Demandantes de Vivienda con una antigüedad de 6 meses o superior (a partir de la fecha

de publicación de las bases); poseer la nacionalidad española o residencia permanente; acreditar un empadronamiento en Ceuta mínimo de 48 meses (a partir de la fecha de publicación de las Bases) y aportar certificación catastral de no poseer vivienda.

También es necesario acreditar, mediante declaración/certificación del IRPF, unos ingresos económicos corregidos entre 1 y 2,5 veces el IPREM, máximo legalmente establecido para los beneficiarios de las viviendas de VPO y "ser miembro de una unidad familiar compuesta por 4 o más miembros (dado que la vivienda dispone de 4 dormitorios)".

Los interesados en conocer las bases completas para esta vivienda pueden PINCHAR AQUÍ para leer el documento completo.

Cuatro viviendas en venta en la calle Solís

La edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta de este viernes 25 de octubre también contiene la probación de la venta de 4 viviendas y garajes en la calle Solís para las que podrán optar "aquellas personas físicas residentes en Ceuta que puedan acreditar empadronamiento mínimo de 48 meses (desde la publicación de estas Bases), mediante certificado de empadronamiento de la unidad familiar", además de poseer nacionalidad española o residencia permanente, mediante el DNI o documento identificativo del solicitante y de todos los integrantes de la unidad familiar.

Los solicitantes también deben probar que no poseen vivienda en propiedad, aportando certificación catastral de los miembros de la unidad familiar y es indispensable estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia tributaria estatal, la Seguridad Social y el OASTCe.

Los interesados en conocer las bases completas para este grupo de viviendas pueden PINCHAR AQUÍ para leer el documento completo.

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