El Comité de Entrenadores informó este miércoles a través de su Circular 1, disponible en la web oficial de la RFFCE en el apartado Entrenadores, sobre varios asuntos relacionados con el colectivo de cara a la temporada 2024-2025.
Licencias mínimas exigidas por categoría para la temporada:
En Fútbol se podrá dirigir con la licencia UEFA C o equivalente como entrenador titular hasta Cadetes y como segundo entrenador hasta Juveniles.
Con la UEFA B o equivalente entrenador titular en Juveniles, Liga Nacional Juvenil y segundo entrenador en esta última categoría, División de Honor Juvenil y en Regional.
Con la UEFA A o equivalente entrenador titular en Regional, División de Honor Juvenil y Tercera RFEF.
En Fútbol Sala con el Nacional C o equivalente Entrenador Titular o Entrenador Auxiliar hasta Juveniles y Senior Femenina.
En Tercera RFEF Sala, la titulación para el primer entrenador es el Nacional A o equivalente y para el segundo el Nacional B o equivalente.
En todos los casos se trata de las licencias mínimas exigidas.
Los preparadores físicos necesitan contar con la Licenciatura o Grado en Ciencias del Deporte, más el UEFA B o Nacional B.
Los entrenadores de porteros necesitan disponer del Curso de Especialización Nacional C en Entrenamientos de Porteros en la modalidad de fútbol o de fútbol sala.
Los alumnos de la Escuela de Entrenadores podrán ejercer en las categorías para las que habilita los cursos que están realizando.
Por otra parte, durante esta temporada y en categorías territoriales se permitirá la duplicidad de licencias a entrenadores (siendo como en otras temporadas el máximo de 2). Hasta ahora sólo se contemplaba la posibilidad de Entrenador-Jugador, esta temporada se permitirán cinco posibilidades más, las cuales dependen de que el entrenador/a tenga la titulación correspondiente.
De causar baja un entrenador de categoría nacional en su club/rescisión de contrato, podrán obtener licencia con un equipo de la base durante la misma temporada.
Los entrenadores con contrato a cero (0) euros, podrán rescindir unilateralmente el vínculo con el club y fichar por otro club durante la misma temporada siempre que no sea en un equipo de la misma categoría en la que venía ejerciendo su labor. Esta posibilidad sólo puede realizarse una vez por temporada y exclusivamente para aquellos que no tengan doble licencia (al ser el máximo de licencias por temporada de dos).
Requisito: Diploma del Curso de Coordinador RFEF
Puede sentarse en un máximo de 3 partidos seguidos en cualquier categoría que coordina ante la ausencia del Entrenador Titular.
Máximo de Licencias de Coordinador por Club: 3 (una de F8, una de F11 y una de FS)
Esta licencia es compatible con la de Entrenador Titular o Entrenador Auxiliar en un equipo del club.
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