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La Ciudad sancionará con hasta 3.000 euros los fraudes en el Padrón

La consejera de Presidencia y Relaciones Institucionales del Gobierno de Ceuta, Mabel Deu, llevará este viernes al Pleno la aprobación de una Ordenanza Reguladora del procedimiento sancionador para los incumplimientos de los ciudadanos en relación a sus obligaciones con el Padrón que contempla sanciones económicas de hasta 3.000 euros para las personas físicas o jurídicas sobre las que se instruyan cinco o más expedientes de baja por inscripción indebida por falta de veracidad en la acreditación de la vecindad en el domicilio o parten documentación falsa en procedimientos de alta y/o cambio de domicilio. El objetivo del Ejecutivo local es disponer de “un cuerpo normativo más eficaz para combatir las inscripciones indebidas de personas como residentes en Ceuta sin serlo de manera efectiva”. Las multas se han graduado “para que la comisión de las infracciones a que den lugar no resulte más beneficiosa al infractor que el cumplimiento de la normas infringidas” y se modularán atendiendo al principio de proporcionalidad” como el grado de culpabilidad o la existencia de intencionalidad; la continuidad o persistencia en la conducta infractora; la naturaleza de los perjuicios causados; o “la reincidencia por comisión en el término de un año de más de una infracción de la misma naturaleza cuando así haya sido declarado por resolución firme en vía administrativa”. La sanción más reducida, de un máximo de 750 euros, correspondiente a una infracción “leve”, irá aparejada a “la instrucción de al menos dos expedientes de baja por inscripción indebida por falta de veracidad en la acreditación de la vecindad en el domicilio”. Si el número de incoados se eleva a tres o cuatro se considerará infracción grave y se impondría cuando la Ordenanza en preparación entre en vigor “una sanción de carácter pecuniario comprendida entre los 750,01 y los 1.500 euros”. En caso de alcanzarse cinco o más expedientes o detectarse “falsedad documental respecto a la documentación aportada al procedimiento de alta o cambio de domicilio” se tipificará como muy grave y la sanción se elevaría a entre 1.500,01 y 3.000 euros”. Además, sobre los infractores podrán imponerse otras sanciones complementarias como “dar traslado a aquellos organismos o servicios públicos” en cuya baremación se incluya el criterio de residencia en el municipio e incluso “la pérdida de la vecindad en los términos previstos en el artículo 14 del Código Civil”.
Cuando las infracciones afecten a varias personas podrán imponerse “tantas sanciones como se hayan cometido en cada procedimiento, teniendo en cuenta la naturaleza de la misma, el número de afectados y el perjuicio causado” salvo que conformen la misma unidad familiar, cuando los responsables serán “quienes tengan capacidad de obrar”.

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