Noticias

La Ciudad pagará casi 8.500 euros por una caída en Reyes Católicos

La persona perjudicada sufrió lesiones por la nula fijación de una losa

La Ciudad Autónoma sigue acumulando condenas por caídas derivadas del mal estado del pavimento. No se salva ningún punto de Ceuta y se repite el criterio que ha aplicado el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, ahora ubicado en el antiguo Banco de España, en otras resoluciones en las que prevalece el derecho del afectado a ser indemnizado por una caída.

En una nueva sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso este diario, se confirma la condena a la institución municipal a abonar casi 8.500 euros a una persona que sufrió lesiones en el año 2020 cuando transitaba por la avenida Reyes Católicos. La caída se produjo al pisar una losa que se encontraba suelta, lo que le hizo perder el equilibrio, caer y sufrir lesiones confirmadas por informe médico.

La Ciudad, a través de su representación letrada, expuso que no existía un nexo causal entre el accidente y el funcionamiento del servicio público, considerando que no podía atribuirse el daño sufrido a una falta de actuación pública.

En este caso, la persona accidentada aportó un extenso reportaje fotográfico y la declaración de un testigo presencial además del parte interno de los policías actuantes para verificar que su versión era cierta. Los propios policías verificaron en el informe que efectivamente al pisar en esa parte del pavimento la loseta se movía, estando además ubicada justo a la salida de un local comercial. La testigo verificó cómo fue la caída.

Cada uno de los testimonios es considerado “claro, coherente y verosímil”

Cada uno de los testimonios es considerado “claro, coherente y verosímil” sin que se haya apreciado contradicción alguna entre las manifestaciones. A este grueso de pruebas se añade el dato de que las lesiones sufridas son compatibles con un tropezón. “Queda más que acreditado el deficiente estado de conservación del acerado”, se recoge en sentencia, en donde además se puntualiza que el lugar en donde sucedió la caída no estaba provisto de protección.

Queda descartada “la concurrencia de culpa en la víctima” toda vez que las pruebas que se practicaron dejaron “más que acreditado” que la vía pública “no cumplía con los estándares de seguridad exigibles” no apreciando dato alguno “que permita siquiera inferir un descuidado deambular”.

Los daños y lesiones fueron producto del “funcionamiento anormal de un servicio público municipal en el sentido amplio con que lo entiende la jurisprudencia, como comprensivo de toda actividad de la administración sometida a derecho administrativo, teniendo en cuenta que correspondía a los servicios técnicos de la administración local velar, poniendo los medios personales y materiales necesarios, para que el tránsito por la vía pública se encontrara en las debidas condiciones de seguridad”.

Entradas recientes

Padres y madres de Ceuta expresan su indignación ante la planificación educativa en torno al Eid al-Adha

Las familias de la ciudad autónoma de Ceuta queremos manifestar públicamente nuestra más sincera indignación…

25/05/2026

Marina Hércules responde: "Las afirmaciones de los responsables de la plataforma no se ajustan a la realidad"

Respetamos el derecho de cualquier usuario a expresarse públicamente y a trasladar sus inquietudes por…

25/05/2026

Peregrinos ceutíes viven una experiencia única en la Meca durante el Hayy

Después de meses de preparación espiritual, cerca de 200 vecinos de Ceuta ya se encuentran…

25/05/2026

La OMC alerta de la creciente presión asistencial en Ceuta y Melilla y pide medidas urgentes

La Organización Médica Colegial (OMC) expresa su preocupación ante la creciente presión asistencial que vienen…

25/05/2026

La Biblioteca Militar dedica el DIFAS a la huella española en EEUU

La Ejército de Tierra, a través del Centro de Historia y Cultura Militar de Ceuta,…

25/05/2026

Ángela Ortiz, campeona de Andalucía con el Cádiz CF Femenino

El triunfo del Cádiz CF Femenino como campeón de la Copa de Andalucía ha sido,…

25/05/2026