La Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación pondrá en marcha este lunes, 8 de junio, la campaña de vacunación contra la rabia, que es obligatoria y en Ceuta, además, gratuita hasta un máximo de cinco animales por propietario. Se extenderá hasta el 8 de agosto y afectará a perros, gatos y hurones de más de tres meses de edad, de forma que se asegure su permanente protección frente a esa enfermedad. Esta campaña se encuadra en un convenio de colaboración con el Colegio Oficial de Veterinarios de Ceuta.
En línea con este acuerdo, la ejecución de la campaña se llevará a cabo de lunes a sábados, salvo festivos, en los siguientes establecimientos: Canibel (Bermudo Soriano, 7); Fauna (Pol. V. De África, plt.1ª, local 14); Leimar (Av. España 3, local 34); Morey (Playa Benítez s/n); Real 90; Reinoso (calle Brull n.º 2); Hachiko (Marina Española n.º 88); Guerra (Paseo de las Palmeras n.º 10); y Punta Sur (Pabellones J.O.P n.º 3, local 12).
Teniendo en cuenta que la Ciudad se encuentra en la Fase II de la desescalada, será obligatorio solicitar cita previa en el establecimiento veterinario para la vacunación del animal, observando estricta puntualidad y las medidas de seguridad y distancia social, tanto para los centros como para los propietarios, evitando así la propagación de la enfermedad del coronavirus.
La campaña contra la rabia de la Ciudad de Ceuta 2020 incluirá:
- Revacunaciones de todos los perros, gatos y hurones hasta un máximo de cinco animales por propietario; a partir del sexto animal, se deberá abonar el coste de la vacunación.
- En los casos de primera vacunación, será obligatoria la revacunación al mes de todos los menores de un año. La campaña comprenderá la inoculación de la dosis vacunal. El pasaporte sanitario y la inserción del microchip correrá a cargo del propietario.
- La Ciudad aportará las dosis vacunales, los sellos de la campaña, los créditos de la base de datos y los gastos del acto clínico en la vacunación de los que tengan derecho a gratuidad.
Los propietarios deberán presentar en las clínicas veterinarias autorizadas la siguiente documentación:
- DNI del propietario del animal.
- Tarjeta de identificación animal, cartilla sanitaria oficial de vacunación y/o pasaporte para animales de compañía.
- En el caso de los animales potencialmente peligrosos, se presentará o informará sobre su posesión con la licencia administrativa.
- En los casos de extravío o carencia de la tarjeta de identificación animal, el propietario deberá solicitar un duplicado de la misma en las clínicas autorizadas o en las oficinas del Servicio de Sanidad Animal de la Consejería, pagarlo por el Registro General de la Ciudad y reservar la copia de la solicitud sellada para poder vacunar al animal y ya retirar la tarjeta cuando esté lista en el lugar de petición del duplicado.
- En los casos de extravío, deterioro o carencia de pasaporte sanitario y/o cartilla (si aún la posee, no se emitirá cartilla nueva como documento sanitario de los animales de compañía, ya solo será válido la emisión de pasaportes), deberá obtenerse en las Clínicas Veterinarias mencionadas y siempre, desde ese momento pasaporte.
- En caso de ser propietario de más de cinco animales, deberá portar el documento emitido por Sanidad Animal, a través de su solicitud por correo electrónico, a los siguientes emails: ereina@ceuta.es; scarretero@ceuta.es ; brodero@ceuta.es En la solicitud deben incorporar DNI del solicitante escaneado (o mediante foto) y los microchips de los cinco animales de su propiedad que desee vacunar gratuitamente. El documento debidamente cumplimentado se remitirá escaneado, vía correo electrónico, a los emails indicados.
- Quienes precisen de información adicional, pueden contactar con Sanidad Animal en el teléfono 856 200 680 o a través de los correos electrónicos previamente señalados.
La Consejería de Sanidad, Consumo y Gobernación informa de que aquel propietario de animales que desee conocer su censo, deberá consultarlo en su centro veterinario habitual, así como cualquier otra modificación que afecte al mismo (altas, bajas, cambios de propietarios…)- y de que la Consejería solo facilitará el documento administrativo para la vacunación de los animales.
Por lo demás, la inoculación de la dosis vacunal se procederá previa desparasitación del animal, que será a cargo del propietario. La implantación del microchip para la identificación de un animal nuevo siempre se realizará de forma previa a la vacunación, corriendo a cuenta del propietario los gastos de la misma. Por último, el caso de requerirse asistencia domiciliaria de los veterinarios clínicos, el servicio se prestará abonando el interesado la cantidad que corresponda por dicho desplazamiento.