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La Ciudad embrida el Padrón con 1.200 verificaciones domiciliarias al año

El ingente trabajo que desde hace una década realiza la Consejería de Presidencia de la Ciudad Autónoma de Ceuta que ahora lidera Mabel Deu para intentar evitar y erradicar el fraude en la inscripción como residentes en la ciudad autónoma, que conlleva la realización de unas 1.200 verificaciones domiciliarias cada ejercicio, está dando fruto pese a la falta de recursos humanos que afecta especialmente a negociados como el de Estadística.

Tras el cierre de la frontera del Tarajal hace casi dos años, actualmente el porcentaje de población extranjera empadronada en Ceuta se mantiene estable a través del tiempo y es equivalente al que se registraba hace ya 12 años, en 2010, es decir, de un 6,49%, siendo la media nacional de casi el doble, un 11,42%.

La ratio de población foránea local está muy lejos de la de Melilla (14,6%) y solo por encima de regiones como Extremadura (3,3%), Galicia (4,2%), Asturias (4,5%), castilla y León (6%) y Cantabria (6,2%) a pesar de la cercanía de Marruecos y de la existencia de un extraordinario salto económico entre ambos lados del Tarajal.

Según las fuentes del Ejecutivo local consultadas por este periódico, en Ceuta cada año se realizan alrededor de 1.200 verificaciones domiciliarias que pueden llegar a afectar directamente a alrededor de 6.000 ciudadanos. Ello supone que se realiza una revisión completa del Padrón “alrededor de cada 15 años”.

Una de cada diez inspecciones de la Policía Local dan informe negativo

De ellas aproximadamente el 10% concluyen con informe negativo de la Policía Local, generando la incoación de un expediente administrativo de propuesta de baja por inclusión indebida para su elevación al Consejo de Empadronamiento, un órgano colegiado formado por el Instituto nacional de Estadística (INE), que lo preside, y la Ciudad Autónoma. A él está atribuida la facultad legal para proceder a dar de baja a los ciudadanos del Padrón por haber dejado de residir en el municipio.

Desde hace más de diez años desde la Consejería de Presidencia y Relaciones Institucionales, a través de su Negociado de Estadística, responsable del Padrón Municipal de Habitantes, y en estrecha colaboración con la Unidad de Información del Cuerpo de la Policía Local, se viene realizando un importante número de comprobaciones de vecindad para detectar “empadronamientos irregulares” y mantener el censo “en las condiciones legales de ser el mejor reflejo del conjunto de ciudadanos que componen el colectivo de vecinos de nuestra ciudad”.

Los controles se trazan de forma “aleatoria” por los seis distritos de la ciudad autónoma

Estas verificaciones se realizan “de forma aleatoria” a lo largo y ancho del territorio, distribuidas “equitativamente” entre los seis distritos en los que se encuentra organizada administrativamente la ciudad.

La principal consecuencia de un informe desfavorable de residencia es la apertura de un procedimiento administrativo para dar de baja en el Padrón al ciudadano de que se trate al amparo de la figura reglamentaria de la inscripción Indebida. Este tipo de procedimiento administrativo debe concluir con la elevación al Consejo de Empadronamiento de la propuesta de bajas del Padrón de dichos ciudadanos.

Desde finales de enero está en vigor la Ordenanza reguladora del procedimiento sancionador para los incumplimientos de los ciudadanos en relación a sus obligaciones con el Padrón, que prevé sanciones de hasta 750 euros por la instrucción de un expediente de baja por inscripción indebida por falta de veracidad en la acreditación de la vecindad en el domicilio.

El importe de las multas se eleva hasta 1.500 euros por la apertura de dos o tres expedientes y se dispara hasta 3.000 si son cuatro o más, así como si se detecta “falsedad documental respecto a la documentación aportada al procedimiento de alta y/o cambio de domicilio”.

La exigencia del visado “desvirtúa” la esencia del censo de vecinos

La Ciudad ha venido aplicando estrictamente la normativa que determina que a los ciudadanos extranjeros que, por virtud de tratado o acuerdo internacional, disfruten de un régimen específico de exención de visado en materia de pequeño tráfico fronterizo, se les exigirá el correspondiente visado para poder inscribirse.

A juicio del Defensor del Pueblo, “con dicha exigencia se está introduciendo en la normativa padronal un elemento propio del derecho de extranjería que limita el acceso al Padrón a determinados vecinos” a pesar de que sí sean residentes, aunque administrativamente irregulares, “y por ende se altera la naturaleza y desvirtúa el objeto que tiene el Padrón de habitantes”, que debe ser un “registro de situaciones de hecho”.

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