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La Ciudad descarta una regulación propia sobre el uso de los patinetes

Gobernación espera cambios legales a nivel estatal y, mientras, recuerda que están prohibidos en espacios peatonales, donde el usuario puede ser multado

Los patinetes eléctricos han atropellado la normativa vigente de Seguridad Vial y la Dirección General de Tráfico (DGT) esperaba para este año, en forma de Decreto-Ley, un nuevo marco legal al que ceñirse para considerar formalmente los denominados vehículos de movilidad personal (VMP) como tales.

En los dos años largos que han pasado desde noviembre de 2016, cuando se publicó la Instrucción 16/V-124 de la DGT, el único referente regulador vigente sobre los VMP, su uso se ha multiplicado. En Ceuta todavía no son una plaga pero sí se ven cada vez más a menudo ya no como juguetes bajo los pies de personas más o menos jóvenes sino en manos de adultos que los utilizan como medio de transporte, a veces por las aceras, a veces por la calzada, cada vez más potentes. Incluso se han convertido en un recurso útil para quienes viven a caballo de las dos orillas del Estrecho y, en sus desplazamientos por Ceuta o Algeciras, los prefieren a una bicicleta o una moto.

El consejero de Gobernación, Jacob Hachuel, tiene claro que “actualmente y a la espera de que la DGT apruebe una nueva Ley de Seguridad Vial el uso de ese tipo de vehículos está prohibido por cualquier zona peatonal y sus usuarios son, por lo tanto, susceptibles de ser multados”. La Ordenanza de Circulación vigente, de 1998, prohíbe expresamente “circular por zonas peatonales montados en bicicletas, monopatines, patines o aparatos similares”.

En 2016 la DGT indicó que los VMP podrían ubicarse físicamente “en el ámbito de la calzada, siempre que se trate de vías expresamente autorizadas por la autoridad local”, a la que también atribuyó la competencia para “autorizar su circulación por aceras, zonas peatonales, parques o habilitar carriles especiales con las prohibiciones y limitaciones que considere necesarias (relativas a masa, velocidad y servicio al que se destinan) para garantizar la seguridad de los usuarios de la vía”.

El Gobierno local no tiene, no obstante, previsto ni cree necesario hacer ningún desarrollo normativo municipal del asunto y se limitará a aplicar la normativa nacional de referencia.

Los patinetes, entendidos como tales los más avanzados, no los “juguetes” de niños, se ubican en un espacio un tanto indeterminado por “la imposibilidad” de asimilarlos tanto “a la figura del peatón, y que, por tanto, no pueda hacerse uso de ellos en las aceras y espacios reservados a aquel”; como a vehículos de motor, ya que “su configuración y exigencias técnicas no permiten obtener las correspondientes homologaciones para ser considerados de este modo”.

Ni autorización administrativa ni seguro obligatorio para utilizarlos

El ‘limbo’ en el que están los VMP hace que no requieran de autorización administrativa para circular, por lo que “hasta que no se regule definitivamente, no cabe exigir al usuario la titularidad de permiso o licencia de conducción”. Solo los municipios podrían imponer “exigencias técnicas o de otra naturaleza” para regular su uso en las vías de su competencia.

En cuanto al aseguramiento (en la Península ha habido muertes tanto de conductores como de peatones atropellados), para la DGT es voluntario salvo “en los casos en los que para su uso en vía urbana, la autoridad local lo establezca”.

Barcelona fue la primera ciudad en aprobar una ordenanza municipal para regular estos vehículos, limitando su uso a los carriles-bici, vías de 30 kilómetros por hora y plataformas de uso compartido para vehículos y peatones. La de Madrid prohíbe en general la circulación de VMP por aceras y demás espacios reservados “con carácter exclusivo para el tránsito, estancia y esparcimiento peatonal”.

La mayoría de patinetes eléctricos en circulación son de tipo A y B, según la catalogación establecida por la DGT hace dos años. Los primeros tienen una velocidad máxima de 20 kilómetros por hora con una masa igual o inferior a los 25 kilogramos y los de tipo B alcanzarían los 30 km/h y pesarían 50 kilos o menos, entre otras características.

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