El consejero de Fomento del Gobierno de Ceuta, Néstor García, va a elevar este mes al Pleno una propuesta de modificación de la Ordenanza para la Accesibilidad y la Eliminación de Barreras Arquitectónicas, Urbanísticas del Transporte y de la Comunicación de Ceuta porque “en la actualidad se plantean numerosos problemas de accesibilidad en su aplicación práctica, tanto en el parque de viviendas existente como en todo tipo de edificios y establecimientos públicos en general y de carácter comercial en particular”.
Según destaca la propuesta del Ejecutivo local, “existen dificultades en la aplicación de tres aspectos concretos”. Se trata de “los niveles de accesibilidad exigibles”, los denominados “ajustes razonables” y las “intervenciones que tienen por objeto cambios de actividad, los de titularidad y las legislaciones”.
“La realidad antes descrita hace del todo necesario que se realicen modificaciones al contenido de la Ordenanza, para lo cual y con carácter previo a la elaboración de cualquier proyecto normativo, se ha procedido”, explica la propuesta, “a recabar la opinión de los sujetos y las organizaciones más representativas potencialmente afectadas”.
También se ha evacuado el trámite de consulta pública y una vez recabados los datos de participación ciudadana “se pretenden abordar cuestiones concretas como abordar el problema de los niveles de accesibilidad exigibles por la confusión que la aplicación del cuadro ha venido generando desde que se produjo su entrada en vigor”.
“Se pretenden abordar”, argumenta el texto que planteará el consejero, “los ‘ajustes razonables’ habilitando la creación de una estructura específica orgánica y funcional para el fomento de la accesibilidad universal en Ceuta así como para la atención a la diversidad funcional de su ciudadanía y en relación a las asociaciones, organizaciones, colectivos u organismos públicos o privados afectados o con interés legítimo”.
De esta forma quiere conseguirse “fomentar el cumplimiento de la normativa de accesibilidad por parte de aquellas personas, tanto físicas como jurídicas, que resulten obligadas”, expone.
El expediente de la modificación normativa explica que debe tenerse en cuenta que el concepto de “ajustes razonables” lo es “de índole técnico indeterminado” y “por lo tanto, de difícil regulación, requiriéndose soluciones específicas para cada caso concreto”. Además, el concepto “está sujeto constantemente a interpretaciones por parte de los técnicos que intervienen en la gestión de los expedientes, arrojando los informes técnicos realizados resultados subjetivos”. Así, en la mayoría de los casos “es frecuente que los técnicos difieran en sus conclusiones sobre un mismo supuesto ofreciendo soluciones diferentes”.
El Colegio Oficial de Arquitectos de Ceuta (COACE) propuso en la fase de consulta previa de la Ordenanza “cuestiones básicas” como la, a su juicio, “extensa y desfasada denominación de esta norma, que debería adaptarse al nuevo paradigma social de los derechos ciudadanos, así como complejo esquema estructural, que convendría revisar para reordenarlo adecuadamente y también para evitar duplicidades o discordancias”.
Desde el punto de vista del COACE sería “muy conveniente” la consulta de la normativa que especifica una gama de requisitos y recomendaciones “para muchos elementos de construcción, conjuntos, componentes y accesorios que se refieren a aspectos constructivos de los edificios, tales como el acceso, la circulación interior, la salida en situaciones normales y la evacuación en emergencias” que también incluye un anexo “sobre aspectos relativos a la gestión de la accesibilidad en los edificios”.
Al COACE le genera recelos que la Consejería controle todo
Para el COACE no es comprensible “que se instruya un expediente de esta envergadura” si no es para “abordar una revisión estructural de la Ordenanza de Accesibilidad vigente, así como su relación transversal con el Plan General de Ordenación Urbana, máxime cuando los responsables de ambos departamentos (LODIU y Oficina del PGOU) dependen de la Consejería de Fomento.
La Ordenanza para la Accesibilidad de Ceuta tiene por objeto “establecer las normas y criterios básicos destinados a garantizar la accesibilidad del entorno urbano, de los espacios públicos, de los edificios, de los medios de transporte y de los sistemas de comunicación para su uso y disfrute por todas las personas y en especial a las afectadas por cualquier tipo de discapacidad orgánica, u otra limitación psíquica o sensorial, de carácter temporal o permanente”.
Entre otras cosas es de aplicación “al diseño y ejecución de obras de nueva planta, ampliación, reforma, adaptación y mejora o cambio de usos o de clases de usos, correspondientes a los edificios y locales de uso o concurrencia públicos ya sean estos de titularidad pública o privada, y a la nueva construcción de edificios de uso privado dotados de ascensor; así como a la reforma y ampliación de éstos cuando su presupuesto de ejecución material sea superior al 50% de su valor, calculado con arreglo a la normativa de valoración catastral”.
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