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Un ceutí, condenado por tener un loro yaco de cola roja, especie protegida

En la sentencia se le impone una multa, así como prohibición de ejercer profesión de contacto con animales, así como hacerse cargo de su bienestar ya que se ha evaluado también la salud del loro si es separado de su cuidador

Por Carmen Echarri
04/10/2026 - 07:23
Un ceutí, condenado por tener un loro yaco de cola roja, especie protegida
Imagen de archivo
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El magistrado titular del Tribunal de Instancia Sección de lo Penal plaza 2 de Ceuta ha condenado a un vecino de nuestra ciudad por la tenencia ilegal de un loro yaco de cola roja, una especie protegida.

La condena es por delito imprudente de tenencia ilegal de especie de fauna protegida y le ha sido impuesta una multa de 6 meses y un día con cuota diaria de 7 euros, además de inhabilitación especial para profesión u oficio cuyo ejercicio implique el contacto con animales durante 10 meses y 16 días.

Tal y como se recoge en la sentencia a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro, se incluye además la pena principal de inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar y pescar durante diez meses y dieciséis días.

El ahora condenado, llamado M.T.M., está obligado a conservar el psitácido en depósito judicial, asumiendo el deber de presentar cada día 1 de enero un informe veterinario a su costa sobre el estado de conservación del ave, en el solo caso de que no pudiera ser confiado a una institución pública o privada dedicada a la conservación de especies de fauna que ofrezca garantías de su perfecto cuidado y bienestar.

Lo que se ha considerado probado

Se considera probado que este ceutí estuvo en posesión desde el 17 de abril de 2023 hasta, al menos, el 21 de abril de 2025 de un ave llamada yaco de cola roja (psittacus erithacus), especie de fauna catalogada en peligro de extinción en la Lista Roja de Especies Amenazadas elaborada por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN).

“No contaba con los permisos exigidos en el artículo 3 del Real Decreto 7/2018, de 12 de enero, por el que se establecen los requisitos de documentación, tenencia y marcado en materia de comercio de especies amenazadas de fauna y flora silvestres, de acuerdo con lo establecido por la reglamentación de la Unión Europea en aplicación de la Convención sobre el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestre, omitiendo la diligencia y cuidado que incluso la persona menos estudiosa y prudente habría desplegado luego de haberse representado, o debido representar, la eventualidad de su ilícita adquisición”, expone su señoría.

“Dado”, añade, “que se encontraba la especie animal incluida en el Apéndice I de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, firmado en Washington el 3 de marzo de 1973 (CITES) desde el 2 de enero de 2017, dentro de las especies en peligro de extinción y el Anexo A del Reglamento (CE) 883/97 del Consejo, de 9 de diciembre de 1996, relativo a la protección de especies de la fauna y flora silvestres mediante el control de su comercio desde el 4 de febrero de 2017”.

Los documentos que presentaba y la declaración de los guardias civiles

El acusado reconoció que sí que le fue decomisada el ave cuando se encontraba en su poder y que no presentaba más documentos que el de su compra. Negó conocer que se trataba de una especie protegida y que suponía su legítima tenencia por razón de la guía anillada que tenía el psittacus erithacus, signo de su cría en cautividad, pero que su vendedor lo había comprado “en una tienda de animales” según le informó.

Los guardias civiles que participaron en el juicio indicaron que el acusado fue sorprendido con el loro enjaulado en su poder y sin documentación.

Añadieron los agentes que se solicitó la trazabilidad del vertebrado al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, pero que se negó la trazabilidad (registro CITES) y que, en consecuencia, se debería incluir en el Anexo A del Reglamento como especie protegida.

Los contratos que portaba el acusado no probaban la legal tenencia del psitácido y la anilla no era oficial. El loro fue devuelto al acusado por razón del gran estrés y perdida de plumas que sufrió después de su separación de la familia cuidadora.

Cómo se han concretado las penas

La bióloga llamada a declarar ratificó su informe presentado a la Guardia Civil y aclaró que la documentación que portaba el acusado no amparaba la tenencia del ave, sino que toda tenencia y tráfico estaba prohibido.

Se considera que el acusado no desplegó la diligencia que le era exigible para cerciorarse de la licitud de la adquisición del loro sin llegar a asumir aquella eventualidad, eventualidad a la que hay que sumar el hecho de la inclusión de la especie en el catálogo de especies en peligro de extinción.

Ha sido condenado como solicitaba el Ministerio Fiscal, pero no en su pena mayor, dado que en la tenencia ilícita del animal medió la entrega voluntaria de parte de la Guardia Civil con objeto de que no sufriera un daño irreversible, lo que implica un mínimo reproche penal al innegable relativo a la previa adquisición y tenencia del loro.

En sentencia se indica que el acusado ha de conservar el ejemplar de psittacus erithacus en su depósito y presentar un informe veterinario anual para dar cuenta de su deber de procurarse el cuidado debido en el solo caso de que no pudiera ser confiado a una institución pública o privada dedicada a la conservación de especies de fauna que ofrezca garantías de su perfecto cuidado y bienestar, pues del conjunto de testimonios recabados el día del juicio se puede colegir el riesgo grave de que el yaco de cola roja que se encuentra en depósito pudiera sufrir un mal irremediable e innecesario si fuera separado de su cuidador.

Etiquetas: JuzgadosMedio AmbienteNaturaleza

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Comentarios 5

  1. Hasta los webos ya comentó:
    hace 1 hora

    Medidas de reciclaje mientras paises como India o China son unos destructores del medio ambiente, multas por tenencia de anímales mientras en Marruecos venden tortugas en la calle. De que sirve que sólo algunos cumplamos con lo que hay que cumplir?....

    Responder
  2. Ceuta; GAME OVER comentó:
    hace 3 horas

    No vea compadre, te vas costar casi 1300 napos la multita por el pajarito jajajajajaja

    Responder
  3. Ceuta = España comentó:
    hace 5 horas

    Matas un delfín y sales por la tele crías un loro y lo haces de manera que el animal está bien y te condenan , eres español te condenan eres inmigrante ilegal y te dan de comer a ti y no al loro como está la ley

    Responder
    • Ceuta; GAME OVER comentó:
      hace 54 minutos

      Vamos a ver , usted que es lo que no a entendido
      Cuando se saca una ley, se sabe de antemano de que mucha gente no la va a cumplir, pero se sabe también de los que si la tendrán que cumplir por la cuenta que les trae, y los beneficios que tendrán.
      Ejemplo:
      De cada 100 multas que pongan de cualquier tipo o índole, saben que 5 no la van a pagar y no les va a pasar nada, pero los otros 95 van a pagarla si o si.
      ----
      No tengo nada más que decir

      Responder
      • Ceuta = España comentó:
        hace 21 minutos

        Acuéstate ya contaste el cuento

        Responder

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