La magistrada del Juzgado de lo Penal número 1 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta ha condenado a un vecino de nuestra ciudad por agredir a un inmigrante que entró en la pasada avalancha de julio.
El acusado, identificado como M.H.H., ha sido condenado por un delito menos grave de lesiones a una pena de 6 meses multa con cuota de 3 euros diarios.
La resolución judicial, dictada de viva voz, recoge también el abono de 1.000 euros en concepto de responsabilidad civil, así como el cumplimiento de una orden de alejamiento y no comunicación con la víctima por un periodo de 3 años.
La misma se dicta en un periodo en el que se están conociendo varias sentencias relacionadas con las entradas masivas, condenas por robos, agresiones o atentados.
Los hechos a los que hace referencia esta resolución judicial alcanzada por conformidad se produjeron el pasado 16 de agosto en la calle Calderón de la Barca, cerca del IES Almina.
El condenado, que ha reconocido los hechos, vio a un inmigrante marroquí por la calle y empezó a propinarle puñetazos y patadas.
La víctima sufrió lesiones por lo que tuvo que ser tratado en el hospital universitario, llegando a intervenir las fuerzas de seguridad.
Al margen de esta condena, también se ha dictado contra sentencia contra un inmigrante marroquí por robar a un compatriota.
Los hechos ocurrieron el pasado 16 de agosto, alrededor de las 19:00 horas, en la playa de Benítez, donde el inmigrante marroquí fue acusado de agredir y sustraer las pertenencias de otro inmigrante que también había entrado de forma irregular en Ceuta a finales de julio.
Durante el juicio, el acusado negó haber golpeado o robado a la víctima. Según explicó, se encontró con ella en la playa y ambos únicamente discutieron por un pantalón, asegurando que no llegó a tocarla ni a sustraerle ninguna pertenencia.
La versión de la víctima fue diferente. Aseguró que se encontraba dormido en la playa cuando el acusado comenzó a tirar de su mochila. Al intentar recuperarla, recibió varios puñetazos que provocaron que perdiera el conocimiento.
Según su declaración, en la mochila llevaba documentación personal, entre ella su DNI y pasaporte marroquí, tarjetas de transporte, carné de camión, diplomas, documentación médica y bancaria, además de dinero en efectivo. La víctima cifró en 850 euros el valor de las pertenencias sustraídas.
Durante el juicio también declaró uno de los agentes de Policía Nacional que acudió al lugar después de que la Policía Local solicitara apoyo. El agente explicó que la víctima manifestó que le habían sustraído una riñonera y que los policías observaron cómo el acusado la arrojaba sobre el tejado de un edificio.
Cuando los agentes recuperaron la riñonera, encontraron en su interior documentación tanto del acusado como de la víctima. Además, según la declaración policial, el sospechoso habría sido identificado posteriormente porque llevaba puesta ropa que, al parecer, pertenecía a la víctima.
La Fiscalía solicitó una sentencia condenatoria, mientras que la defensa pidió la absolución.
Finalmente, la jueza condenó al acusado por un delito de robo con violencia a dos años de prisión, además de una pena de seis meses por un delito leve, con una cuota de seis euros diarios. También deberá indemnizar a la víctima con 850 euros.
Acordó además la sustitución de la pena de prisión por la expulsión del territorio español durante cinco años. La sentencia es firme, ya que ninguna de las partes manifestó su intención de recurrir.
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