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El ceutí condenado en el juicio al grupo motero 'Los Ángeles del Infierno'

La Audiencia Nacional condenó a penas de hasta dos años de cárcel a 32 acusados por su vinculación al grupo motero ‘Los Ángeles del Infierno’ por actividades criminales desarrolladas en Palma de Mallorca entre los 2009 y 2013. En dicha sentencia se recoge la condena a un vecino de Ceuta que ejerció de policía local en Mallorca y a quien se le considera responsable de omisión del deber de perseguir delitos, imponiéndosele 6 meses de inhabilitación especial para empleo o cargo público.
Absueltos han quedado 13 personas entre ellas el considerado líder del grupo, Frank Hanebuth. La Sala descarta el delito de organización criminal por no haberse acreditado que los acusados formaran una “empresa criminal”.
El ceutí condenado, que estuvo como oficial de la Policía Local de Palma, permanecía destinado en la unidad denominada GAP, Grupo de Actuación Preventiva que era encargado de realizar tareas de seguridad ciudadana.
Se le acusó de haber dejado transcurrir un tiempo hasta comunicar la generación de una reyerta en la que estaba implicado uno de los miembros del grupo motero obviando así la debida persecución del delito.
No se conformó en el acto de juicio oral celebrado este año y terminó condenado a esa inhabilitación aplicándose la atenuante de dilaciones indebidas.
Respecto del guardia civil y otro policía local también juzgados, el tribunal condena al primero por delito de violación de secretos a una pena de multa y le absuelve de cohecho y del deber de perseguir delitos.
En relación con el otro policía local lo absuelve de pertenencia a organización criminal y cohecho, mientras que al ceutí se le condena a la pena de inhabilitación para empleo o cargo público durante seis meses por delito de omisión del deber de perseguir delitos. De los 45 acusados que figuraban en esta causa 35 se conformaron y 9 mostraron su disconformidad con la acusación de la Fiscalía.
El presidente de los Hells Angels de Hannover y jefe de este ‘capítulo’ o grupo en Mallorca, Frank Hanebuth, quedó absuelto de todos los delitos de los que estaba acusado al considerar que no consta que hubiera intimidado a persona alguna ni que se instalara de forma permanente en España con la intención de crear un capítulo en la isla balear de la organización HAMC que él mismo dirigiese y liderase.
El tribunal, de la Sección Cuarta considera que no se ha podido acreditar que los acusados formen parte de una empresa criminal.
Afirma que “son personas asentadas en la isla de Mallorca (Baleares), muchas de ellas relacionadas con el club de moteros de ámbito internacional denominado ‘Hells Angels Motor Club’ (HAMC) o ‘Ángeles del Infierno Motor Club’ en su versión española, sin que conste que las personas vinculadas a esta asociación (de las que existen unas veinte implantadas en España) se integren en una estructura delictiva jerarquizada, con pretensiones de permanencia y en la que cada uno de sus miembros adopta un concreto rol, a modo de empresa criminal dedicada a la obtención de beneficios para ser ingresados en una caja común y con ellos subvenir a las necesidades de dicha estructura y prolongar las supuestas actividades delictivas”.

Se le ha aplicado a todos los condenados la atenuante de dilaciones indebidas en su modalidad simple

La Sala ha aplicado a todos los condenados la atenuante de dilaciones indebidas en su modalidad simple, interesada por el Ministerio Fiscal, y ha valorado que la causa presentaba la complejidad derivada de la naturaleza de las actuaciones investigadas, del número de personas implicadas, de la variedad de las relaciones jurídicas que las vinculaban y de la pluralidad de lugares de producción de los hechos, lo cual requería, según los magistrados, no sólo la práctica de muchas diligencias, sino también la aportación de múltiple documentación.
Sostenía el fiscal que los miembros del club estaban involucrados en delitos graves que se tradujeron en acusaciones por organización criminal, blanqueo de capitales, tráfico de drogas, detención ilegal, tenencia ilícita de armas, prostitución, amenazas, coacciones, extorsión, falsedad documental, encubrimiento, omisión del deber de perseguir delitos, violación de secretos y cohecho.

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