El Faro de Ceuta del 22-05-2012 informa que en el programa de TV-5 “El Gran Debate”, que se emite los sábados, la periodista Dª Mª Antonia Iglesia equiparó la situación de Gibraltar a la de Ceuta y Melilla. Y, aun cuando mi artículo aparece normalmente los lunes, adelanto éste fuera de esa fecha para exponer lo siguiente, aunque con la limitación de espacio y de exposición que siempre supone tener que hacerlo en tan corto espacio:
1º. Apenas se tengan siquiera sea las más breves nociones históricas y jurídicas, resulta de todo punto impresentable comparar el statu jurídico de Ceuta y Melilla con Gibraltar. Esta ciudad, es de plena soberanía española; que está expresamente reconocida en numerosos Tratados, Convenios y Paces, en los que los Reyes de Marruecos reconocen explícitamente que Ceuta y Melilla pertenecen a la plena soberanía española. Por el contrario, Gibraltar está incluida por las Naciones Unidas en el catálogo de territorios a descolonizar. La Resolución de la ONU 1514, a la vez que establece el mandato de inmediata descolonización de los territorios no autónomos, que es el caso de Gibraltar, prohíbe terminantemente la secesión o desmembramiento de cualquier territorio que ya venga perteneciendo a un Estado independiente y soberano, como es el caso de Ceuta.
2º. La descolonización de Gibratar, es un mandato dado por el Comité de Descolonización de las Naciones Unidas el de 16-10-1964, Embajador Coulibaly, que dispuso: "El Comité Especial, después de haber examinado la situación en el territorio no autónomo de Gibraltar y de haber escuchado las declaraciones hechas por el representante de la Potencia Administradora y por el Representante de España, afirma que las disposiciones de la Declaración sobre la concesión de independencia a los países y a los pueblos coloniales se aplican íntegramente al territorio de Gibraltar, por lo que dicho Comité invita al Reino Unido y España a iniciar sin demora conversaciones a fin de encontrar, conforme a los principios de la Carta de las Naciones Unidas, una resolución negociada, de conformidad con la Resolución 1.514 (XVI)”. Estamos, pues, en presencia de un claro mandato dado a Gran Bretaña para que procediera a la inmediata descolonización de Gibraltar, tras negociaciones consensuadas, que los ingleses no han acatado, pese a haberlo luego reiterado la ONU en las Resoluciones de la Asamblea General 2.070 (XX) de 16-12-1965, 2.231 (XXI) de 20-12-1966, 2.353 (XXII) de 8-01-1968, 2.429 (XXIII) de 1-12-1969, 3.163 de 14-12-1973, 3.286 (XXIX), de 21-01-1975, de 10-11-1981, 23-11-1982, 5-12-1984, 4-12-1987, 22-11-1988, 11-12-1989, 20-11-1990, 25-11-1992, 10-12-1993, 9-12-1994, 1995 y, prácticamente, todos los años dicho Consejo instaba a las partes a una solución definitiva del problema de la descolonización de Gibraltar a la luz de los mandatos de aquel primer mandato. En cambio, no existe ningún mandato de las Naciones Unidas sobre Ceuta, como no puede haberlo, porque consta registrado por dicha Institución internacional como territorio de posesión, dominio y plena soberanía de España. Precisamente por eso, Marruecos nunca ha formulado formalmente reclamación alguna sobre Ceuta en la ONU; o mejor, dicho, intentó formularla una vez y, viendo que sólo la iban apoyar la mayoría de los países africanos (aunque no todos), de inmediato la retiró.
3º. Todos los españoles que residen en Ceuta y Melilla, originarios de otras culturas y religiones, están provistos del D.N.I. español, siendo ciudadanos españoles con idénticos derechos y obligaciones que los demás españoles originarios de Ceuta, Melilla y de la Península, para los que rigen las mismas normas y el mismo status jurídico; mientras que los gibraltareños ni son ciudadanos nacionalizados de la Gran Bretaña, ni poseen el Carnet o Pasaporte de británicos, sino que se hallan en posesión de un Carnet especial que fehacientemente acredita que forman una población colonial, separada y con un status distinto al de los de la Metrópoli, a la que como colonia pertenecen.
4º. España ostenta la soberanía sobre Ceuta por derecho sucesorio, por haberla recibido de los portugueses en sendos Tratados firmados con Portugal, tras haber elegido libre y voluntariamente los propios ceutíes en 1640 unirse a España cuando de ella se separó Portugal, en lugar de seguir perteneciendo al país luso. Mientras que Gran Bretaña posee Gibraltar por la fuerza de las armas, cuando en 1704, una potente escuadra holandesa-británica integrada por miles de soldados la atacó por sorpresa cuando sólo estaba defendida por unos cien españoles españoles, desplazando a la población española a refugiarse en San Roque y La Línea, cuyas poblaciones fueron fundadas con los españoles expulsados del territorio gibraltareño, cuando por la fuerza fueron obligados a salir del territorio en el que habían nacido ellos y sus antecesores desde miles de años antes, y pese a formar parte de un Estado soberano e independiente, cuyo territorio de soberanía le fue robado a mano armada; mientras que la población gibraltareña es de aluvión, venida mucho después de otros lugares lejanos.
5º. Ceuta, cuando en 1415 fue conquistada por Portugal, no formaba parte de ningún Estado independiente ni soberano, sino que era un territorio “nullius” sobre el que estaban asentadas unas tribus que nunca antes habían sido sujeto de Derecho Internacional, sino que, sucesivamente, la ciudad había venido antes perteneciendo a bereberes, fenicios, cartagineses, griegos, romanos, árabes, etc. El año 713 fue conquistada por los árabes cuando ya llevaba cientos de años perteneciendo a España desde la época de los romanos; de manera que todos los cristianos que habitaban no sólo en Ceuta, sino todo el Norte de África, formando primero la Nova Hispania romana y, después, la provincia española Tingitana. Sus habitantes cristianos fueron expulsados por la fuerza de las armas por los árabes, que nunca antes la habían poseído y que vinieron de territorios tan lejanos como la antigua Arabia, Egipto, Sudán, etc.. Por el contrario, los habitantes originarios más remotos del territorio gibraltareño fueron siempre hispanos. Gran Bretaña jamás había poseído Gibraltar antes de 1704.
6º. Por el artículo X del Tratado de Utrecht, Gran Bretaña se comprometió internacionalmente a que, si alguna vez Gibratar dejaba de ser británico, pasaría de nuevo a pertenecer a la soberanía española. Gran Bretaña, en cambio, vulnerando flagrantemente ese Tratado, ha permitido que los gibraltareños puedan ejercer el derecho a la libre determinación, pasándose las numerosas Resoluciones de las Naciones Unidas por el arco del triunfo, y haciendo exactamente lo que le da su real gana, como construir ilegalmente el Aeropuerto, las múltiples construcciones que ha hecho ganando terreno al mar a costa de las aguas jurisdiccionales españolas, violando continuamente el espacio aéreo español, ejerciendo los gibraltareños descaradamente el contrabando, el blanqueo de dinero y otros tráficos aun más ilícitos; baste recordar que Gibraltar tiene muchísimas más sociedades instrumentales que habitantes tiene; eso habla por sí solo. Ejerce luego otras actividades hostiles a España, como prohibir a los pescadores pescar en unas aguas que por el propio Tratado de Utrescht no le pertenecen, practicar ejercicios de tiro teniendo como blanco la propia bandera de España, además de la práctica de otras actividades hostiles y peligrosas para la zona de Algeciras-La Línea-San Roque como, por ejemplo, la arribada al puerto gibraltareño de numerosos submarinos nucleares tanto británicos como de otros países, como los llamados HMS Tireless, Torbay, HMS Superb, USS Anápolis, USS Florida, USS Dallas, USS Hartord, USS Alexandra, etc, en algunos casos con graves fallos reconocidos de pérdidas radiactivas. Y, asimismo, constante puesta en peligro de toda la zona medioambiental marítima, con accidentes como los de los buques New Flame, Torm Gertrud, Samothraki, etc., y con el grave peligro de marea negra y contaminación que supone el mantenimiento permanente en las bahías de Algeciras y Gibraltar de buques varados en las inmediaciones de la bocana de Algeciras, que en algunos casos hasta pueden dificultar la maniobra de entrada al puerto de los buques de línea que hacen el trayecto Ceuta-Algeciras, y viceversa, a modo de cómo si fueran una gasolinera flotante que cualquier día puede estallar. Mantener de forma tan provocativa y contumaz tales conductas colonialistas en el siglo XXI, en un país de Europa y por otro país europeo, ambos democráticos y que pertenecen a la Unión Europea, debería servir de sonrojo y vergüenza a la potencia colonizadora, a los súbditos colonizados y a toda Europa que lo sigue permitiendo, con el total descaro de Gran Bretaña.
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