El Registro de Delincuentes Sexuales tiene un total de 168 inscritos en Ceuta, según los datos facilitados por el Ministerio de Justicia correspondientes a 2018.
En términos generales, para todo el país, el Registro Central impidió el año pasado que 505 personas condenadas por delitos de ese tipo pudieran trabajar o ejercer una actividad con menores, cifra que se suma a los 1.110 casos que frenó entre 2016, cuando entró en vigor, y 2017.
A lo largo de 2018 el Registro emitió 1.994.375 certificados y en 505 casos, el 0,03 % del total, el resultado fue positivo, es decir, la persona estaba inscrita por una condena firme por delitos sexuales.
Presentar un certificado que pruebe que no se está en esa base de datos, según se estableció en la Ley de Protección a la Infancia y la Adolescencia, es necesario para acceder a puestos de trabajo que impliquen un contacto habitual con menores, como profesores, monitores, entrenadores, personal de comedores o conductores de autobuses escolares,
A 31 de diciembre de 2018, el Registro recogía la identidad y el perfil genético (el ADN) de 45.864 personas, 5.082 más que el día en el que se activó, en marzo de 2016.
En él están inscritos los condenados por agresión, abuso y acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución, explotación sexual y corrupción de menores.
El punto más controvertido y que ha sido objeto ya de varios procesos judiciales es la dificultad de borrar una inscripción, ya que cuando la víctima del delito fue menor de edad y el condenado mayor sólo pueden cancelarse los datos cuando hayan transcurrido treinta años, a contar desde el día en el que se considere cumplida le pena.
El pasado mes de octubre la Audiencia Nacional desestimó el recurso de un condenado por un delito de pornografía infantil en 2014 al que Justicia había denegado la cancelación de sus datos, que en 2015 habían pasado de forma automática al Registro Central.
Esgrimía que era inconstitucional por falta de proporcionalidad y por haberse aplicado retroactivamente una disposición no favorable, pero la Audiencia, como ya había hecho en anteriores sentencias, rechazó sus pretensiones.
La legislación española, recordaba, había creado un sistema guiado por "el derecho fundamental y preferente de los menores en su protección frente a este tipo de conductas aberrantes" e incorporó a nuestra legislación normativa supranacional, desde el Convenio del Consejo de Europa para la protección de los niños contra la explotación y el abuso sexual.
El año pasado, la mayoría de los certificados (cerca de 950.000) se solicitaron a través de la Plataforma Intermediación de Datos, mientras que más de medio millón de personas recurrieron a la sede electrónica de Justicia y más de 400.000 acudieron personalmente a las gerencias territoriales del Ministerio o a otros organismos.
Según los datos del Instituto Nacional de Estadística, el 96,4 % de los 2.549 condenados por delitos sexuales en 2017 -últimas cifras oficiales analizadas- fueron hombres. Un total de 269 eran menores.
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