El Consejo de Ministros ha aprobado este martes una subvención de 433,9 millones de euros para un total de 273 Entidades Locales con transporte público de su titularidad. Dentro de este presupuesto, la Delegación del Gobierno en Ceuta ha indicado que la ciudad autónoma recibirá una prestación de 1.507.472 euros.
El objetivo de esta subvención, explica el Ministerio de Hacienda, es "compensar la merma de ingresos sufrida por los servicios de transporte de las Entidades Locales como consecuencia de la restricción de movimientos que conllevó la COVID-19 en 2020". Durante el pasado año se produjo una fuerte reducción de la demanda del servicio de transporte público ante la que las Entidades Locales tuvieron que mantener sus servicios como siempre lo habían hecho.
La información que pudieron suministrar las Entidades Locales sobre sus correspondientes servicios públicos de transporte se refería al año 2019, el ejercicio inmediatamente anterior a la pandemia y que se toma como año de referencia. A partir de ahí, la subvención que corresponde a cada una de las Entidades Locales que prestan servicios de transporte público se establece en proporción a los ingresos obtenidos por la aplicación de las tarifas o precios públicos en 2019.
En concreto, el Gobierno ha estimado que el impacto de la pandemia es "equivalente al 40% de tales ingresos", por lo que ésa es la proporción que por regla general compensará la subvención. También se introducen particularidades en el caso de los cabildos insulares canarios, que ya se vieron beneficiados parcialmente por el Fondo COVID 2020, recibiendo anticipadamente parte de esta financiación.
Para ser beneficiarias de estas ayudas directas, las Entidades Locales, además de haber enviado la información correspondiente o de haber atendido los requerimientos que se les hayan remitido para subsanar la posible remisión incompleta de datos, tienen que cumplir varios requisitos:
- Prestar servicios de transporte público de su titularidad por cualquier modalidad de gestión y que hayan registrado una caída de ingresos por la crisis provocada por la COVID-19.
- Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y por reintegro de subvenciones.
- No haber sido sancionadas mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones.
- Someterse a la normativa de supervisión, seguimiento y control de subvenciones, así como facilitar toda la información requerida por los órganos competentes.
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