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Ceuta revisa domicilios y dicta nuevas bajas en el padrón

El BOE publica un listado de expedientes relativos a procedimientos de empadronamiento indebido porque no habitan habitualmente en la dirección facilitada

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha dado a conocer este jueves un listado de expedientes relativos a procedimientos de bajas en el padrón de habitantes de Ceuta por inscripción indebida.

Esta medida, impulsada por la Consejería de Presidencia y Gobernación, responde a la necesidad de mantener actualizado y veraz el censo municipal, eliminando los registros de aquellas personas cuya permanencia en el domicilio declarado no ha podido ser probada.

¿Por qué se producen estas bajas en el padrón de oficio?

El procedimiento administrativo se basa en el artículo 72 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.

Según la diligencia publicada, tras realizar el preceptivo trámite de audiencia, la administración ha determinado que existe una falta de pruebas sobre la residencia efectiva de los interesados en la ciudad.

Es común que estos expedientes se inicien cuando los servicios de inspección municipal o la Policía Local constatan que las personas inscritas no habitan habitualmente en la dirección facilitada.

Al no quedar probada la vecindad, la Ciudad Autónoma procede a la instrucción de bajas en el padrón de oficio para evitar fraudes en el empadronamiento.

Plazos y pasos a seguir para los afectados

La publicación en el BOE se produce tras haber resultado fallidos los intentos de notificación personal a los interesados en sus domicilios.

Por ello, se ha abierto un periodo de 15 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, para que las personas relacionadas (o sus representantes acreditados) comparezcan ante la administración.

El lugar de personación es el Negociado de Estadística, ubicado en el Palacio de la Asamblea, s/n.

El objetivo de esta comparecencia es que los afectados puedan tener conocimiento íntegro de su expediente y, si lo consideran oportuno, interponer los recursos legales que estimen necesarios para defender su derecho a permanecer empadronados.

Consecuencias de la no comparecencia

Es fundamental actuar dentro del plazo estipulado. En caso de que los interesados no se presenten en las oficinas municipales en los 15 días señalados, la notificación se dará por producida a todos los efectos legales.

Una vez cumplido este término, la Ciudad Autónoma de Ceuta procederá a dar la baja definitiva en el padrón de habitantes a todos los ciudadanos listados en el anuncio.

Estar de baja en el padrón puede acarrear serias dificultades para acceder a bonificaciones, escolarización o el ejercicio del derecho al voto.

Por ello, se recomienda revisar el enlace oficial del BOE adjunto para comprobar si el número de su expediente figura en la lista de notificaciones de este 1 de abril de 2026, firmada por el consejero Alberto Gaitán.

Consulte aquí el listado de procedimiento de bajas en el padrón que publica el BOE.

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