Los Gobiernos de Ceuta y Melilla han comenzado a hacer gestiones ante el Ejecutivo central y las Cortes Generales con vistas a la introducción en la Ley del IVA de una referencia expresa que deje claro que no se aplica en las dos ciudades autónomas a las compañías tecnológicas y “sacar el asunto del marco de las interpretaciones” después de la inquietud generada en el sector por las sentencias del Tribunal Supremo que ordenaron gravar con ese tributo las operaciones de una sociedad radicada en Gibraltar, fallos que el director gerente de Servicios Tributarios, Enrique Reyes, “no afectan en nada” a las dos localidades españolas norteafricanas y a su Régimen Económico y Fiscal (REF) especial.
La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Supremo dictó a finales del año pasado dos sentencias en las que fijó como criterio interpretativo que “se encuentran sujetos al IVA los servicios de publicidad, consultoría, marketing y asesoramiento prestados por una empresa establecida en el territorio de aplicación del impuesto, cuando siendo la destinataria de los servicios otra no está establecida en dicho territorio (sino en Gibraltar) que se dedica a la prestación de servicios de juego online a través de plataformas digitales, esta última empresa utilice o explote en el territorio de aplicación del impuesto los servicios prestados por la primera”.
“En las jornadas ‘Bet On Ceuta’ del año pasado que tanto éxito tuvieron la directora general de Tributos del Ministerio de Hacienda, María José Garde, ya dejó claro que si una empresa del juego está radicada en la ciudad no se le aplica el IVA por el uso real y efectivo”, ha recordado Reyes, quien ha ampliado que “esto quiere decir que una compañía de Inglaterra que contrate publicidad con una de Madrid debe pagar IVA en España, pero no en Ceuta, donde tendrían que abonar IPSI, como las sociedades de Telecomunicaciones”.
“El Supremo ha dictado varias sentencias referidas a Bwin y a Gibraltar y ha dictaminado que sí debe pagar IVA en aplicación de la regla de uso real y efectivo, pero a nosotros no nos afecta en nada porque el Peñón es un paraíso fiscal catalogado como tal y dicha norma española respeta los principios europeos de que no haya doble imposición ni ausencia de la misma ni fraude, pero cualquier empresa en Ceuta”, ha distinguido el director gerente del OAST, “paga sus tributos y está sometida y controlada por la Agencia Tributaria del Estado, por lo que en la ciudad no se paga el IVA, como dice la directora general de Tributos y coincide la Ciudad”.
A la Administración regional tampoco le inquietan los posibles cambios normativos que, con el argumento de frenar y combatir la ludopatía, pueda introducir el Estado a corto o medio plazo, ya que “el Gobierno central podrá hacer con el juego online lo que le parezca: limitarle la publicidad, subirle o bajarle los impuestos, pero nosotros siempre conservamos un 50% del resultado final, nuestras ventajas se van a mantener”, entiende Reyes.
En lo que toca a sus competencias directas, el Gobierno de la Ciudad todavía tiene en mente acometer una modificación de la Ordenanza del IPSI para blindar la aplicación de las ventajas fiscales implementadas con independencia de posibles cambios del color político del Ejecutivo autonómico.
“Lo que no queremos es que si estamos publicitando y ofreciendo unos tipos impositivos, que cualquier empresa que venga atraída por ellos no se encuentre con que de un año para otro se le suban porque hay que ser serios”, explica Reyes, “y mantener ese estatus como mínimo entre cinco y siete años”.
A juicio del director gerente del OAST, “si no se hace el cambio de Ordenanza lo único que hay es un compromiso político que al menos con el Gobierno del PP se mantendría y a las que yo creo que cualquier otro partido daría continuidad a la vista de la evolución del sector en la ciudad”, donde ya se han establecido más de 20 empresas que han generado cerca de 200 empleos mientras se negocia el aterrizaje de otras multinacionales tecnológicas.
Los criterios que deben concurrir, simultáneamente, para “la consideración de operadora realmente radicada en las ciudades autónomas de Ceuta o de Melilla” son tres, según ha establecido en varias resoluciones la Dirección General de Tributos en respuesta a consultas vinculantes.
El primero es que “más del 50% de los medios personales de la operadora, es decir, de su plantilla, estén adscritos a su sede en Ceuta o Melilla y tengan allí su residencia habitual”. El segundo exige que “más del 50% de los costes de personal totales de la empresa (masa salarial) corresponda a los empleados adscritos a su sede en Ceuta o Melilla y tengan allí su residencia habitual”. El tercer requisito que se exige es “que el conjunto de servicios recibidos por la operadora de otras empresas del grupo (servicios intragrupo) no supere el 50% del total de los costes de la operadora, y ello con independencia de la radicación de las demás empresas del grupo”.
Todos estos requerimientos “son de carácter material o fáctico”, por lo que se trata de “una cuestión de hecho que, como tal, deberá ser apreciada en cada caso concreto por la Administración gestora”.
La Ciudad Autónoma prevé participar durante la segunda semana de septiembre en unas jornadas a distancia sobre el sector del juego online organizadas por Barcelona en el formato obligado por la pandemia de la enfermedad del coronavirus.
El Organismo Autónomo Servicios Tributarios (OAST) piensa utilizar la experiencia como base para decidir si optar por esa misma vía para reeditar con el mismo modelo este otoño aquí la cita ‘Bet On Ceuta’, que en octubre de 2019 llenaron el Auditorio del Revellín con la asistencia como ponentes de la directora general de Tributos del Ministerio de Hacienda y de su homólogo de la Dirección General de Ordenación del Juego del Ministerio de Consumo.
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