Según informan desde Melilla, la Dirección de Aduanas de Marruecos ha emitido una circular anunciando que, desde el 1 de enero de 2019, se dejará de exigir la cumplimentación de los modelos de declaración existentes hasta la fecha para la introducción de vehículos extranjeros en Marruecos (uso particular). En su lugar, se requerirá que los viajeros realicen la gestión vía web, a través del sistema BADR. Todo acceso de un vehículo extranjero a territorio Marroquí se considera una importación temporal, por lo que está sujeta a la pertinente declaración; esta medida de Marruecos se enmarca en el esfuerzo estratégico del país vecino por simplificar los farragosos trámites fronterizos. La Aduana marroquí informa de que todas las declaraciones anteriores al 1 de enero de 2019 seguirán siendo plenamente válidas hasta su fecha de expiración.
Introducir un vehículo español en Marruecos ha requerido siempre de la cumplimentación de una declaración de importación temporal, cuya validez es de 6 meses. Esto se debe a que Marruecos considera la entrada de cualquier vehículo de uso particular (propiedad de un extranjero) no como un mero tránsito, sino más bien como la importación temporal (con entrada y salida del país) de un bien, por el que hay que pagar unos impuestos determinados.
Hasta el pasado 1 de enero las personas con residencia habitual fuera de Marruecos debían seguir el citado procedimiento de importación temporal para introducir sus vehículos en el país vecino. Para ello debían cumplimentarse los modelos D16bis y D16ter para vehículos motorizados y D716 para embarcaciones de recreo y otras embarcaciones.
Hasta hace unos años, esta documentación era de color verde, motivo por el cual se conoce popularmente como “carta verde”, si bien la “carta verde” original hace referencia al seguro internacional obligatorio, no al formulario de importación temporal.
Como parte de la orientación estratégica de la Administración marroquí, destinada a facilitar los trámites aduaneros, el Gobierno marroquí ha tomado la decisión de eximir a los viajeros de la cumplimentación de los modelos administrativos anteriormente citados.
Desde el 1 de enero de 2019, la admisión temporal de medios de transporte importados por personas que tengan su residencia habitual en el extranjero, se basará en el sistema informático BADR. El sistema, al que se accede vía web, proporcionará un documento impreso en el que figurarán los datos introducidos por el declarante (datos personales y del vehículo) y que podrá ser requerido por las autoridades en cualquier inspección dentro del territorio nacional marroquí.
Según informan las autoridades aduaneras marroquíes, en el momento de entrada a Marruecos, se requerirá el documento y se anotarán los datos, siendo devuelto el mismo a su titular, a modo de justificante de la importación temporal.
La Dirección General de Aduanas e Impuestos Indirectos informa mediante una circular de que todos los formularios de importación temporal realizados antes del 1 de enero de 2019 (los formularios D16bis, D16ter y D716) seguirán siendo plenamente válidos hasta su fecha de vencimiento.
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