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Ceuta, la Geografía y los Idrissi

De forma recurrente se suelen esgrimir por Marruecos y grupos anexionistas marroquíes los dos únicos argumentos que, según sus infundadas pretensiones, justificarían la anexión de Ceuta, que son: la geografía y su pasado idrissita. Pero ambas tesis invocadas son engañosas, injustas, deliberadamente sectarias y carentes de base y consistencia. La primera, pretende justificar una Ceuta marroquí por el sólo hecho de estar geográficamente situada dentro del continente africano y ser limítrofe con Marruecos. Y eso se reivindica (“integridad del territorio marroquí”) y se pretende hacer valer una y mil veces porque se carece de otros títulos históricos y jurídicos que tenga un mínimo de auténtica legitimidad. El argumento geográfico, que también llaman de la “continuidad continental” o de la “contigüidad geográfica”, no está admitido por el Derecho Internacional. El hecho de que un territorio sea limítrofe con un país y ambos se hallen ubicados dentro de un mismo continente, para nada significa que el territorio de que se trate deba anexionárselo el país vecino, como ocurre con Marruecos; ni tampoco tiene necesariamente dicho territorio que formar parte de un Estado de los que geográficamente se hallen situados en el mismo continente. Por poner sólo varios ejemplos, Egipto  es africano y asiático (Sinaí); Turquía y Rusia son europeas y asiática; Francia, tiene no europeas Martinica y Guadalupe; en EE.UU., Hawai y algunas isla de Alaska están en Asia y también son asiáticas las Islas Aleutianas, Micronesia y Guam; Chile, tiene la de Pascua; Yemen, la isla de Socrota; Portugal, isla de Madeira. Y España a Llivia española, geográficamente en territorio francés. Así, pues, esta primera tesis se desploma por sí mismo, careciendo de base o fundamento algunos. Es totalmente irrelevante para el Derecho Internacional
La otra tesis esgrimida por Marruecos, es que Ceuta fue ya marroquí en la época de los Idrissi. Y esto, ni es totalmente cierto ni, aunque lo fuera, sería motivo alguno que legitimara la reivindicación, porque, en el mejor de los casos para Marruecos, dicho no se constituyó en Estado, ni en sujeto de Derecho Internacional hasta el año 1672, con Muley Ismail. Eso es admitido hasta por historiadores marroquíes y franceses de reconocido prestigio. Así, en el libro “Historia de Maroc”, los profesores marroquíes Abdelaziz Amine y Brahine Boutaleb, y franceses Jean Brignon Guy Martinet y Bernard Rosemberguer, señalan que: “En el territorio del actual Marruecos abundaron el tribalismo, los grupos anárquicos incontrolados, la anarquía, y la falta de autoridad central, no llegando a constituir un verdadero Estado, en el mejor de los casos, hasta el Sultán Ahmed el Manssur (1575-1603); y como tal Estado no fue relativamente efectivo hasta Muley Ismail (1672-1727); o quizá más exactamente con el gran Mohamed XVI (1757-1790)”. El historiador François Bernard, en su libro “Maraoc economique et agricole”, escribió en 1945 que: “Marruecos no es más que un mosaico de grupos elementales de cábilas que tiene cada uno su autonomía, sin que jamás estas agrupaciones hayan formado parte de un auténtico Estado”. Y el historiador francés Pilippe Husson, decía en 1960 que: “Marruecos ha carecido casi toda su historia de una estructura estatal”. Otras teorías bien fundadas defiende la tesis de que Marruecos no adquirió su plena independencia y  soberanía como Estado hasta el año 1956, que oficialmente se puso fin al Protectorado hispano-francés.
Pero, aun en el hipotético supuesto de que admitiéramos la ficción de que Marruecos hubiera sido un Estado en los siglos IX y X, que fue cuando Ceuta estuvo en poder de los Idrissi, éstos la poseyeron sólo durante unos 149 años, ya que el primero de la dinastía, Idrissi I, que accedió al poder el año 788, huyó a Egipto. Le sucedió Idrissi II en 804, y a partir del año 818 empezaron a gobernar en el territorio de Marruecos y en Ceuta otras familias bereberes y árabes no idrissitas. El tiempo que estuvo Ceuta en poder de los Idrissi y del reino de Fez, que serían los máximos argumentos que en el mejor de los casos Marruecos podría esgrimir, son: los 149 años en manos idrissista, y 92 años bajo el reino de Fez, en total  241 años. El año 931 Ceuta quedó bajo poder del Califato de Córdoba con Abderramán III, en 1024 cayó bajo la taifa de Málaga, en 1061 la declaró señorío independiente Suqut-Vargawati, en 1084 la conquistaron los almorávides, en 1147 pasó a ser de los almohades, en 1232 se apoderó de ella la taifa de Murcia, en 1233 volvió a ser independiente, en 1236 la ocupó el reino de Fez, en 1242 fue conquistada por los hafsíes, en 1249 cayó en poder de los azafíes, en 1291 pasó a ser de Castilla por el Tratado de Monteagudo de las Vicarías, en 1305 perteneció al reino de Granada, en 1309 al de Fez con ayuda del reino de Aragón, en 1310 la volvieron a ocupar los azafíes, en 1314 cayó de nuevo en poder del reino de Fez, en 1315 bajo los azafíes, en 1327 volvió a Fez, en 1384 bajo el reino de Granada, y en 1385 nuevamente bajo el reino de Fez.
Pero, ya con anterioridad a la invasión árabe, Ceuta dependía desde hacía mucho tiempo de la Península, tanto política como administrativamente, llevando 261 años plenamente integrada en el reino visigodo español, constituido en Estado. Y, si ahora atendemos a la historia de la invasión y ocupación árabe del Norte de África, nos encontramos con que hacia mediados del siglo VIII Berbería (actual Marruecos) aun no estaba completamente vencida ni dominada por los árabes. El año 755 se fundó el trono del primer Omeya, declarando el califato independiente de Damasco su primer califa Abderramán III, que hizo amistad y alianza con Idriss ben Idris, emir independiente de Bagdad que el año 807 fundó Fez, declarándola capital de Marruecos. Por entonces Al Mahadi fundó otro estado independiente de Bagdad. Los mahadistas, llamados también fatimistas, sojuzgaron a los idrissitas. Idris, emir de Fez, se sometió a Al Mahadi, pero éste lo arrojó de Fez y aquél pidió el auxilio de los Omeyas de Córdoba. Abderramán III envió entonces una escuadra y un ejército que tomó Ceuta. El resultado de ello fue que Idriss fijó su residencia en España y Abderramán III hizo depender a Ceuta de Córdoba, incorporándola al Al-Andalus el año 917, y en 931 la hizo depender directamente del califa, con el argumento de que nunca la ciudad ceutí había dependido antes de poder político alguno norteafricano, sino de los distintos reinos que habían gobernado en la Península.
Bajo dominio español lleva en total 1.137 años, sumados los 450 años que la zona del Norte de África, incluida Ceuta, formó parte de la Península Ibérica como una civitas romanorum; otros 261 años que también estuvo bajo el reino visigodo español; más otros 433 años que lleva perteneciendo a la soberanía y Estado español, desde 1580 en tiempos de Felipe II hasta la actualidad, de 2013. Mientras que Ceuta, en el mejor de los casos para Marruecos, sumados los períodos de tiempo que la poseyeron los Idrissi, árabes, bereberes y Marruecos, resulta que sólo cuenta con 706 años, y ello incluso suponiendo en favor de Marruecos que desde su invasión árabe el año 709 continuó siendo árabe ininterrumpidamente hasta 1415  en que fue conquistada por Portugal, que tampoco lo fue todo ese tiempo, habida cuenta de que durante largos períodos perteneció a los bereberes. En resumen, que, en el mejor de los casos para Marruecos y en el peor para España, Ceuta lleva siendo española 1.137, es decir, 431 años más que fuera árebe.
Es por ello que, tomando como base la historia, a España le asisten múltiples razones en cuanto a su soberanía sobre Ceuta. Y es que la ciudad ceutí siempre estuvo unida a la Península tanto política como administrativamente desde las épocas fenicia, griega, romana y bizantina. Con los romanos fue 450 años una civitas romanorum dependiente del Convento de Cádiz, habiendo sido el emperador Diocleciano quien la incluyera dentro de la antigua Hispania. Tras la llegada de los visigodos, también se mantuvo en esa misma situación. Pero, a mayor abundamiento, fueron los mismos árabes los que el año 711 cuando invadieron España la incorporaron al califato de Córdoba, con la justificación dada el año 931 por Abderramán III de que Ceuta siempre había pertenecido a los reinos de Hispania y nunca a ningún poder norteafricano. En 1310 fue ocupada por Jaime II de Aragón, como ya expuse en otro artículo reciente, aunque luego los españoles cesaran voluntariamente en aquella posesión. En 1415 la ocupó Portugal. En 1580 pasó de hecho a ser española al coincidir en el rey español Felipe II ambas coronas peninsulares. En 1640 los ceutíes aprobaron por abrumadora mayoría que querían pertenecer a España y ser españoles, convirtiéndose así en los únicos españoles que abrazaron la carta de naturaleza española por su propia y libre voluntad pese a haber nacido portugueses, y no como los demás españoles que hemos adquirido la nacionalidad o bien por el “ius soli” (derecho del suelo) o por el “ius sanguini” (derecho de sangre). Y debido a esa libre voluntad entonces por los ceutíes expresada, fue por lo que en 1668 Portugal reconoció la plena soberanía española en el Tratado de Lisboa.
Pero además de los títulos históricos basados en el tiempo de posesión y pleno dominio de Ceuta, España cuenta con otros títulos jurídicos que son los que le otorgan la verdadera y auténtica legitimidad de su soberanía, y son la serie de Tratados y Paces bilaterales e internacionales por los que los mismos monarcas marroquíes, tras haberse constituido Marruecos en Estado, tienen expresamente reconocida con su firma estampada en ellos la plena soberanía española, tal como tengo acreditado en otros artículos anteriores, así como en mi libro “Ceuta, pasado y presente”; mientras que, a “sensu contrario”, Marruecos no cuenta con ni uno solo de dichos títulos jurídicos.

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