El negocio era redondo: ofrecer certificados falsos de empadronamiento a aquellos inmigrantes, solicitantes de asilo, que para marchar a la Península desde Ceuta debían acreditar su domicilio o un contrato de arrendamiento. Tenían que cumplir con las medidas establecidas por el Ministerio de Interior tras la sentencia del Tribunal Supremo que terminó con el veto a las salidas de los peticionarios de asilo cuya solicitud se había admitido a trámite. ¿Cuál era el problema?, que si no se tenía ese domicilio la salida era inviable.
Un residente del CETI vio la oportunidad de lucrarse. Y así lo ha hecho hasta que la UCRIF de la Policía Nacional lo ha detenido, impidiendo que siguiera vendiendo certificados falsos de empadronamiento o incluso contratos de alquiler. 400 euros por cada uno llegaba a cobrar. Ahora ha quedado en libertad con cargos, según han confirmado fuentes judiciales a El Faro de Ceuta, pero deberá responder de un delito de falsedad documental.
Agentes de la Policía Nacional adscritos a la Brigada de Extranjería y Fronteras de Ceuta, y más concretamente la UCRIF (Unidad contra las Redes de Inmigración y Falsedades Documentales), fueron los que terminaron con esta actividad después de meses investigando una práctica que ha aumentado tras el cambio derivado de la sentencia del TS. Los peticionarios de asilo, con solicitud admitida a trámite, se quedaban bloqueados en Ceuta porque se aplicaba un criterio policial sustentado en el efecto llamada para evitar su salida a la Península, incurriéndose en una discriminación que fue puesta en evidencia por varias oenegés.
La UCRIF verificó que se estaban facilitando empadronamientos falsos dando con el autor de dicho delito y deteniendo también a tres personas por el uso de dicho empadronamiento a sabiendas de que era fraudulento.
Su finalidad era salir de Ceuta presentando ese certificado de empadronamiento y contratos de alquiler de la vivienda en la Península correspondiente a una persona que les invita, siendo toda la documentación falsa.
Los documentos por los que cobraba cuatrocientos euros reflejaban una serie de datos absolutamente falsos como la firma, domicilio de la residencia y el sello oficial.
¿Cuántos pudieron beneficiarse de esta actuación ilegal? No se ha concretado pero se sospecha que bastantes más de los que han sido detectados, gracias a que se pudo comprobar que la documentación que aportaban estaba alterada. El detenido podía contactar con sus ‘clientes’ fácilmente al encontrarse residiendo en el CETI, conociendo a los que requerían de este tipo de documento para conseguir así el fin último: salir de la ciudad.
La intervención de la UCRIF ha sido determinante para abortar una vía de éxito asegurado, ya que podía tener un efecto demoledor al facilitar documentos a quienes potencialmente, con los mismos en su poder aun no tienen derecho a ellos, lograban el salto a la Península. Fuentes judiciales corroboran el desvío delictivo que puede derivarse de la aplicación de la sentencia del Supremo, por cuanto puede tener como consecuencia directa el incremento de las falsedades documentales.
Una vez aplicada la sentencia del Tribunal Supremo, los peticionarios de asilo con solicitud admitida a trámite pueden marchar a la Península, pero deben presentar para ello un contrato de alquiler, un empadronamiento o una documentación en la que se verifique en qué vivienda residirá. Este es el gran problema para muchos de ellos, que al no disponer de esa vivienda o de ese contrato no pueden salir de Ceuta, de ahí que se haya generado aun sin pretenderlo una desviación delictiva que potencia el negocio visto rápidamente por quienes se mueven al margen de la ley: facilitar, previo pago, el documento que otros necesitan.
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