El informe anual La situación de las personas refugiadas en España 2012’ que acaba de publicar la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) dedica un apartado singularmente crítico con las instituciones competentes en la ciudad autónoma por los procedimientos que utilizan para determinar la edad de los jóvenes extranjeros que acaban en Ceuta y sobre los que cabe la duda de si han cumplido ya o no los 18 años.
“La situación de los menores de edad no acompañadas (MENA) en Ceuta es preocupante”, advierte CEAR en su dictamen, en el que subraya que durante el año pasado “aumentó sobremanera la entrada de personas que declararon ser menores de edad y tras ser sometidas a una única prueba oseométrica de muñeca por parte del forense, fueron calificadas como mayores de edad por parte de la Fiscalía”.
En relación con dichos análisis, la Comisión lamenta que “no se realizaron ulteriores pruebas complementarias, como prescriben las normas y los códigos de conducta aprobados así como el último informe de la Oficina del Defensor del Pueblo al respecto”.
CEAR asegura haber presentado “varias solicitudes” a la Fiscalía reclamando “una reevaluación de la determinación de la edad, en colaboración con el equipo técnico del CETI, aportando nuevos elementos probatorios, entre ellos, informes psicológicos, copias y originales de certificados de nacimiento de su país de origen, solicitudes de asilo efectuadas en Marruecos ante el ACNUR”.
“No obstante”, lamenta, “en todo caso, la Fiscalía se ha venido negando sistemáticamente a realizar una segunda evaluación. La Oficina del Defensor del Pueblo todavía no se ha posicionado sobre la solicitud de intervención que CEAR, en colaboración con la Asociación Elín, le ha reclamado. Para justificar la credibilidad de sus reclamaciones, la Comisión cita el caso de un menor maliense que entró en Ceuta en agosto de 2010 y permaneció en el CETI como mayor de edad hasta agosto de 2011. Una vez en la Península, se comprobó que tenía “tres años menos” de los que se le atribuyeron en su filiación ceutí.
CEAR afirma que el artículo 48 de la Ley de Asilo, que recoge el tratamiento diferenciado a los y las MENA solicitantes de protección internacional, continúa sin ser aplicado. La Oficina de Asilo y Refugio (OAR), “acogiendo la validez de la determinación de la edad efectuada por la Fiscalía”, ha denegado “una y otra vez” esta petición.
“Mención especial” para la ciudad
Las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla vuelven a merecer una “mención especial” en el informe anual de CEAR, que lamenta que durante el año pasado “se recrudeció más si cabe la imposibilidad de libertad deambulatoria de las personas solicitantes de asilo al serles impedido el acceso a la península a pesar de las repetidas resoluciones judiciales que se han producido en contra de ese impedimento”, de entre las que cita las del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR), el Defensor del Pueblo y el TSJA. Durante el ejercicio pasado solicitaron asilo 505 personas en la ciudad de Ceuta, mientras que en Melilla formalizaron su solicitud tan solo 42.