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CCOO pide a la Ciudad que detalle las condiciones laborales de los contratos de Colaboración Social

Exige que queden registrados horarios, jornadas, descansos, vacaciones, permisos y bajas por enfermedad

CCOO ha remitido una carta dirigida la presidente del la Ciudad en funciones, Juan Vivas, para advertir la “inadmisible situación laboral” que dicen padecer los trabajadores y trabajadoras que prestan sus servicios en la Administración local mediante la figura contractual de Colaboración Social.

Si la semana pasada esta misma inquietud fue dirigida a la Delegación del Gobierno, en esta ocasión, el secretario general de CCOO, Juan Luis Aróstegui, firma de nuevo la queja que el sindicato mantiene en contra del uso que la Ciudad hace de este tipo de contratos.

Acusa la “escasez normativa” que existe en relación a estos contratos, donde sólo se contempla el salario, así como la “inexistencia de resolución expresa en la adscripción de los trabajadores” al régimen de Colaboración Social. Aseguran que esta situación priva a este colectivo de los “más elementales derechos inherentes a su condición”.

Detallan que este tipo de contratos no estipulan una jornada, turnos, lugar de trabajo, no qué descansos semanales les corresponden, tampoco las vacaciones ni el régimen que se les debe aplicar en caso de baja por enfermedad. Catalogan esta situación como una especie de “esclavos del siglo XXI” que están “sometidos a las decisiones arbitrarias de la Administración”, a quien Aróstegui presenta como “una buena persona” y que es “comprensiva” ante las demandas de los empleados.

“Como es fácilmente comprensible se trata de un sistema muy alejado de los principios democráticos, de nuestra Constitución y de los más elementales derechos de los trabajadores”, denuncia CCOO. Inciden en que la “bondad del patrón” no puede ser, teniendo en cuenta de que se trata de una Administración pública, la norma que regule las relaciones laborales, opina Aróstegui en esta carta dirigida al presidente.

Por ello, CCOO ha solicitado a la Ciudad, aludiendo a sentencias relativas a situaciones similares, que adopte las medidas oportunas para que la Administración local o bien el SEPE (que es quien regula este tipo de contratos) fije por escrito las condiciones laborales, excluyendo el régimen salarial, en función de las memorias o se aplique el Convenio Colectivo actual de la Ciudad, en materia de horarios, jornadas, descansos, vacaciones, permisos y bajas por enfermedad.

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