Con apenas tenía 18 años, la republicana Carmen Campos Gil, vecina del Sarchal, fue condenada a cadena perpetua por haber participado en la organización de un homenaje al alcalde republicado Sánchez Prado en mayo de 1936. Los vecinos, de esa forma, quisieron agradecer al primer edil la instalación de unas fuentes de agua potable y algunas otras mejoras en el barrio.
También se le acusó de vestir, en ese acto, camisas rojas, así como de ser militantes de partidos de izquierda. Según se desprende de los documentos investigados, el vecindario del Sarchal era un lugar, considerado por los sublevados como «libertario, nido de socialistas, marxistas y cenetistas, y que todo el vecindario apoyó la candidatura del Frente Popular».
Carmen Campos pertenecía a una familia muy vinculada con la CNT y formaba parte de la Asociación de Mujeres Libres, implantada en Ceuta en abril de 1936. Su hermano Luis, zapatero de profesión, también era un destacado miembro de la Confederación y secretario del ramo de la piel. En su casa tenía una extensa biblioteca (los libros fueron requisados tras el golpe militar), y creó un ateneo libertario donde se reunía con los vecinos que deseaban leer y adquirir conciencia de clase.
El local comenzó siendo una asociación cultural y se convirtió en una escuela para los niños sin recursos, según los documentos consultados. Ese lugar también sirvió como punto de encuentro y confraternización para los vecinos, así como de divulgación de las ideas libertarias promoviendo un estilo de vida y de pensamiento.
Carmen solía mostrar públicamente y sin pudor alguno su desagrado por los militares rebeldes
En esas reuniones con las vecinas en la variada del Sarchal, Carmen les manifestaba que el principal objetivo era la liberación de la mujer y su integración plena en todos los campos de la actividad económica, social y política de Ceuta. Su participación en la CNT no se limitaba a ser militante de base, sino que también estuvo presente en los diversos organismos de dirección.
Después de la sublevación, Carmen solía mostrar públicamente y sin pudor alguno su desagrado por los militares rebeldes. Así ocurrió el 25 de julio, cuando la fortaleza militar del Hacho fue bombardeada por el buque Jaime I y ella manifestó delante de unos vecinos: «Estos son los nuestros».
El 8 de agosto de 1936, unos policías se presentaron en su casa y le comunicaron que los tenía que acompañar a la comisaría para declarar. Allí le preguntaron por su oposición al nuevo poder establecido y qué le parecía. Después, la dejaron en libertad dado que no había cargos contra ella.
Su hermano, Luis Campos también sabía que irían a por él. Por eso, se marchó al campo, a los montes de Benzú, donde encontró a algunos compañeros de la CNT ―Pedro Ruiz y Julio Acién entre ellos― y, en principio, intentaron huir a Tánger. Comprobando que el camino hacia la ciudad internacional estaba muy vigilado, decidieron que la única forma de desplazarse era en barco. De ese modo, Pedro y Julio fueron a La Almadraba en busca de algún marinero que quisiera llevarlos a la península.
Después de varios días hablando con propietarios de barcos, apalabraron el viaje con el dueño de una pequeña traíña. Hecho esto, avisaron a los compañeros que permanecían en Benzú. Luis, que era uno de ellos, invitó a su hermana Carmen a acompañarlos, pero desconocemos por qué finalmente no lo hizo.
8 de agosto de 1936. Unos policías se presentaron en su casa y le comunicaron que los tenía que acompañar a la comisaría para declarar. Allí le preguntaron por su oposición al nuevo poder establecido y qué le parecía
Así pues, el 24 de octubre de 1936 a las seis de la tarde embarcaron en la playa ubicada bajo el hospital militar. Simularon que salían a faenar y consiguieron arribar a Gibraltar en pocas horas, ya bien entrada la noche. Al día siguiente, y en otro barco, Luis junto a sus compañeros de huida, partieron hacia la costa malagueña y, ya en tierra, consiguieron llegar a Málaga, donde encontraron refugio en el local de la CNT.
Carmen Campos, fue duramente procesada de los cargos. Tras ser detenidas en sus casas de la barriada del Sarchal, ambas fueron trasladadas a comisaría para declarar, hecho lo cual pasaron a los calabozos, se dio cocimiento de las detenciones al juez militar, y este pidió informes a la Guardia Civil, Falange y vecinos con los que comenzar a elaborar un procedimiento sumarísimo.
En la voluminosa causa, a Carmen Campos, sin embargo, la lectura de las declaraciones de una gran mayoría de los residentes revela que coincidieron al afirmar que fue una fiesta al alcalde Sanchez Prado. El 29 de agosto de 1936, el fiscal dio por finalizadas las declaraciones, informes y consideraciones de cada procesada. Al amanecer del primer día de septiembre, Carmen, con otras reas, son llevadas desde la prisión de mujer del Sarchal, al cuartel del Grupo de Sanidad, calle Padilla, donde el consejo de guerra tendrá lugar.
Las calles aún están vacías, todo permanece en silencio y solo el ir y venir de algunos trabajadores marcan el lento ritmo de una urbe llena de desasosiegos y miedos. El camión penetra en el patio del cuartel con forma de cuadrilátero como si fuera el último combate que afrontar; la vida les iba en ello. Carmen con otras nueve en total se sentarán en el banquillo incluyendo al propio alcalde Sánchez Prado.
Los consejos de guerra eran habitualmente colectivos y las penas de muerte, dado el caso, también solían desgranarse de ese modo. Ya en la sala donde se celebraría el juicio sumarísimo, y fuertemente custodiados, esperaron la entrada de los miembros del tribunal militar. Respiraron cuando el fallo se hizo público, aunque la condena fuese de cadena perpetua a Carmen Campos; al menos, habían salvado la vida.
Entre otros vecinos, el alcalde Sánchez Prado fue condenados a muerte, fusilado el 5 de septiembre de 1936, en la zona del Tarajal.
Carmen Campos, finalizada su consejo de guerra, se inició el interrogatorio, que avanza deprisa; como siempre en estos procedimientos, con ninguno pierden demasiado tiempo. A continuación, se hizo un descanso para que el fiscal militar y el defensor consultara sus notas y preparase las conclusiones definitivas. Después de media hora, el juicio las acusaron de «sedición y seducción para la rebelión». El defensor, un teniente de infantería, manifestó su ignorancia para cumplir con el cometido que se le había encomendado; quedaba patente que las acusadas carecían de cualquier posibilidad de defensa mínimamente exigible:
«Es la primera vez que me veo en esta tesitura y que carezco de facilidad de precisión y dotes de oratoria necesarias para llevar a vuestro convencimiento que yo tengo de la inocencia de mis patrocinadas (…) me atrevo a rogar a los señores del Consejo que, al emitir su fallo, tengan en cuenta este pequeño preámbulo, ya que son dos mujeres, una casi niña aún (Carmen Campos), y otra para la que el Ministerio Fiscal licita el máximo rigor del código, las que habrían de sufrir las consecuencias de mi falta de preparación. Y, por ello termino, pidiendo para mis patrocinadas la libre absolución y rogando a los Señores del Consejo que, al emitir su fallo, tengan en cuenta cuanto antes dije, que son dos mujeres las acusadas… ».
El teniente expuso sus argumentaciones sin ningún resultado pese a los incontestables razonamientos para el indulto: «Es una misión ingrata y difícil por la importancia de las penas y, sobre todo, no estoy preparado para realizar una defensa eficaz, careciendo de preparación jurídica», finalizando con un «que Dios me ilumine».
«La fiesta celebrada en el Sarchal no tuvo finalidad alguna delictiva, fue organizada para celebrar la traída de aguas a la barriada y en ella no hubo revista de milicias»
En cuanto al delito de seducción para cometer la rebelión, apostilló: «La fiesta celebrada en el Sarchal no tuvo finalidad alguna delictiva, fue organizada para celebrar la traída de aguas a la barriada y en ella no hubo revista de milicias, sino un acogimiento cordial por parte de aquellos vecinos al alcalde. Ni habló ni les dirigió frases que pudieran ser molestas para el Ejército, y mucho menos frases incitando a la rebelión»
Carmen Campos, y su compañera Mercedes Pérez, esperaron el veredicto en la cárcel de mujeres “Sarchal”, con el lógico temor por la pena capital solicitada por el fiscal. La tipología de los delitos: «contra la seguridad del Estado»; Ellas, en la prisión en la cárcel de mujeres, a les llegaría la triste noticia del fusilamiento de sus vecinos y del querido alcalde y médico Sánchez Prado el día 5 de septiembre de 1936 en la playa del Tarajal.
Son penas por cadena perpetua, pero la prisión en el Sarchal está desbordada y no dejan de llegar nuevas detenidas por oponerse a la sublevación. Pocos meses después del consejo de guerra, Carmen Campos y Mercedes Pérez son trasladadas a la prisión femenina de Málaga, de donde pasaron por otros centros penitenciarios peninsulares.
Transcurridos seis años de penurias y sufrimientos de penal en penal y encontrándose en el de Pamplona, en julio de 1941 recibieron un escrito firmado por el juez de Ceuta González-Novelles, que, en su calidad de auditor de guerra, les notificó la libertad provisional.
Regresaron a Ceuta, a su barrio. Sabían que había que volver a comenzar y a luchar por la supervivencia en un ambiente que les era hostil, en el que no les perdonaban su pasado reciente; que se tenían que recluir en sus casas y callar. En la notificación, se avisaba: «Se advierte a las liberadas que, si las autoridades de su residencia informasen conjuntamente que por la conducta observada no le estiman merecedora de continuar gozando de los beneficios concedidos, será motivo suficiente para que se haga propuesta al Gobierno del cese del beneficio».
Pasaron los años y, en 1943, les llegó una notificación de la Comisión Central de Examen de Penas, dependiente del Ministerio del Ejército: «Esta Comisión Central estima que debe ser conmutada la referida pena por 6 años, que se tendrá por definitiva con las accesorias inherentes a ella, por estimar el caso comprendido en el grupo VI». Doce meses después, se piden informes a la prisión de Pamplona sobre la conducta de Carmen y Mercedes: «Desde que fueron puestas en libertad condicional, el día 17 de julio de 1941, y a partir de entonces a la fecha, su comportamiento ha sido irreprensible demostrando con ello que han hecho buen uso de la gracia que se les concedió y para que conste, expido la presente en Pamplona a 9 de junio de 1944».
Por fin, en junio de 1944, Carmen y Mercedes vieron conmutada su pena impuesta en 1936: «Tengo el honor de participar a V.E. que con esta fecha se ha concedido la libertad definitiva a la penada que fue de este establecimiento (Pamplona), hasta ahora en libertad condicional, Carmen Campos Gil, por haber dejado totalmente extinguida la pena definitiva de seis años impuesta a la misma en conmutación de la primitiva que le impuso un Consejo de Guerra celebrado en Ceuta, en mérito al procedimiento nº 432 del 36, por el delito de rebelión militar». En principio, las dos regresaron a Ceuta, al Sarchal, pero Carmen no soportaba vivir junto a quienes le robaron sus años de juventud de cárcel en cárcel y decidió salir de la España franquista y dejar atrás la patria que tanto la había hecho sufrir. Se marchó a París, donde creó un hogar y tuvo tres hijos, Clara, Paco y Luis. Falleció en 1960 mientras le practicaban una cirugía de corazón.
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