La magistrada del Juzgado de lo Penal número 2 ha condenado a E.M.M. por un delito de falsedad documental y otro contra los derechos de los ciudadanos extranjeros a la pena de seis meses de prisión y una multa de 1.350 euros. Su pareja sentimental, Z.C., que también se sentó en el banquillo de los acusados por un delito de falsedad, ha sido finalmente absuelta al no haberse encontrado indicios de su responsabilidad en los hechos.
La magistrada declara probado que M.R. concertó con un tercero, a cambio de una cantidad que ronda los 9.000 euros, insertar en el pasaporte marroquí de su novia, de nacionalidad marroquí, un visado falso a fin de darle apariencia de verdadero y burlar los controles de embarque de la estación marítima para alcanzar la Península, donde tenían intención de contraer matrimonio, según manifestó el acusado.
Así, el pasado 25 de abril E.M.M. entregó a los agentes su propia documentación personal así como la que había sido previamente alterada. En la sentencia a la que ha tenido acceso El Faro se recoge que no ha quedado suficientemente acreditado que la mujer tuviera conocimiento de que la documentación que entregó el acusado estaba falseada.
E.M. testificó que consiguió el visado para su novia en Marruecos a través de una “señora” y que pagó por mismo unos 8.000 o 9.000 euros, cantidad que desconocía si era “normal” ya que dijo no estar familiarizado con los trámites de Marruecos al no vivir allí. También refirió que no sabía que era falso, ya que confiaba en la persona que lo estaba gestionando y reiteró que su novia también lo desconocía al ser él quien se encargó de los trámites y que ni siquiera era conocedora de que había pagado dinero por ello.
La sentencia alude a contradicciones en la testifical como la referida a quien le encargó conseguir el visado, ya que en Instrucción dijo que fue un hombre y no una mujer, como posteriormente refirió en la vista oral.
En esta sentencia absolutoria es fundamental la testifical del agente de Policía Nacional que determinó la falsedad del documento al ser la persona que los interceptó a ambos en el control de pasajeros. Constató que, si bien la documentación de él era correcta, la de ella no era válida, además de no coincidir la huella.
Por tanto, para la magistrada ha quedado acreditado que la intención del acusado es que su pareja lo acompañara a la Península burlando los cauces legales de gestión de documentación en el tránsito de extranjeros.
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