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Siete meses de cárcel por masturbarse ante dos jóvenes, una de ellas menor

M.E., de nacionalidad marroquí, ha sido condenado a siete meses de prisión y a un periodo de dos años de libertad vigilada por un delito de exhibicionismo que se produjo el 26 de abril en la playa de la Ribera, cuando el hombre mostró sus genitales a dos jóvenes, una de ellas menor de edad, que se encontraban en la citada zona de baño y cuando las chicas se trasladaron de lugar, él las siguió para masturbarse delante de ellas.
La sentencia, impuesta por la magistrada del Juzgado de lo Penal número 2, considera probados los hechos por el “detallado y coherente” relato de la menor de 17 años. La joven indicó que ella y su amiga se encontraban en la playa tomando el sol cuando apareció el acusado llevando un tanga de leopardo. Tras comprobar que el hombre se tocaba sus genitales, las amigas decidieron cambiar de sitio, a lo cual el acusado respondió trasladándose cerca de donde estaban ambas para comenzar el acto de la masturbación, mientras las miraba, siendo consciente en todo momento de lo que hacía.
Ambas jóvenes coincidieron en sus manifestaciones, al igual que también lo hicieron al declarar que una de ellas telefoneó a su padre para explicarle la situación y que este último les indicó que llamaran a la Policía.
Frente a estos testimonios, el acusado no compareció en el acto del juicio, declinando así efectuar manifestación alguna exculpatoria en relación a estos hechos.

Otros juicios: Condenada por vender la vivienda de su madre y no darle su parte

Cuatro años y diez meses de prisión, 3.960 euros de multa y una indemnización de 40.500 euros es la sentencia a la que ha sido condenada C.D.L. por tres delitos de apropiación indebida, frustración en la ejecución y falsedad documental después de vender la vivienda cuya titularidad compartía con su madre de 84 años. Fruto de la venta, la acusada recibió 82.000 euros, aunque no hizo entrega de la parte que le correspondía a su progenitora.
La acusada también falsificó la firma de su madre en un documento en el que esta última le donaba su mitad del importe obtenido con la compraventa de la vivienda, a pesar de que únicamente contaba con 600 euros de pensión para subsistir. Un detallado estudio de la caligrafía realizada por un perito ratificó que la rúbrica no se le podía atribuir a la denunciante.

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