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Los cambios del nuevo decreto: más horario en terrazas y ocio nocturno

El horario en las terrazas se amplía a las 01:30 horas | En el caso del ocio nocturno el horario de cierre será hasta las dos y media de la madrugada durante los fines de semana

La Consejería de Sanidad de Ceuta ha dictado el nuevo decreto de medidas sanitarias que tiene un plazo de vigencia de 15 días desde su publicación. La clave está en la relajación de algunas de las restricciones impuestas en el anterior decreto, pero sin perder de vista la situación que se está produciendo a nivel nacional con la subida de la incidencia y con importantes rebrotes surgidos por viajes de fin de curso.

En el ámbito de la hostelería llega la primera de las novedades al ampliarse el horario en las terrazas hasta la una y media de la madrugada, aunque se mantiene a la una en el interior los viernes, sábados y vísperas de festivos y a las 00:30 horas el resto de los días durante el periodo estival. No se admitirán clientes durante los 30 minutos anteriores y se continúa sin limitar las entregas a domicilio. En cuanto al aforo permanece en un 50% en el interior y un 100% en terrazas. Se sigue permitiendo el consumo en barras respetando la distancia de seguridad. El número de comensales se mantiene en 10 personas por mesas en terrazas y seis en el interior.

Ocio nocturno, autoescuelas...

En el ocio nocturno también se va avanzando poco a poco en esa relajación. Se mantiene la apertura sin pista de baile con la limitación de aforo similar a las condiciones de la hostelería y restauración. Pero el horario de cierre será hasta las 02:30 horas en viernes, sábados y vísperas de festivos -se gana algo más de tiempo-, y el resto de días hasta las dos de la madrugada en periodo estival. No se admitirán clientes durante los 30 minutos anteriores y se mantiene el control de la identidad de los clientes como medida de pronta localización si se produjera algún contagio.

Los hoteles y alojamientos de la ciudad también avanzan en la liberación de las restricciones ya que se elimina la limitación de aforo siempre que se garantice las medidas de distanciamiento e higiene. Hasta ahora se había impuesto un 75%.

La actividad deportiva federada sigue manteniendo el 40% del aforo

En la vía pública todo sigue igual, prorrogándose la prohibición de fumar si no se puede respetar la distancia interpersonal y el consumo colectivo y en grupos de alcohol, lo que se conoce como botellón, aunque esto de por sí ya está prohibido al margen de la pandemia de acuerdo con las ordenanzas en vigor.

En los establecimientos y locales comerciales se mantienen las mismas medidas, es decir, el aforo se fija en el 75% y el cierre es el que viene marcado en las ordenanzas municipales.

En los establecimientos y locales de juegos o sales de apuestas el horario de cierre se adecua al que se tenga permitido por normativa sin que puedan admitirse clientes durante los 30 minutos anteriores (en el actual decreto se mantenía a la una de la madrugada los viernes, sábados y vísperas de festivos y 00:30 horas resto de los días). El aforo se amplía hasta el 75% de su aforo (actualmente era del 50%) y se mantiene a 10 personas por mesa.

En el caso de los parques infantiles siguen abiertos como estaba y en el caso de las academias, autoescuelas o centros de formación el aforo es el permitido, ya que hasta ahora era el 75%. En playas y piscinas todo sigue igual.

En la bibliotecas el aforo es del 75%. La actividad deportiva individual continúa sin limitarse en cuanto al número de personas pero guardando distancia de seguridad interpersonal y en el caso de la que es federada, se mantiene el 40% del aforo.

Sobre ceremonias religiosas y las celebraciones

El nuevo decreto de Sanidad recoge que al respetarse la distancia de seguridad en el caso de las ceremonias religiosas, el aforo queda limitado al 50% igual que sucede en la actualidad, por lo que en los distintos templos se mantendrán las normas en vigor. En el caso de las celebraciones el aforo es del 50% en el interior y hasta 54 comensales, mientras que en el exterior, el aforo es el autorizado por licencias sin límite de personas (actualmente estaba en un 50% en el interior y hasta 54 comensales, y en el exterior, 75% con un máximo de 100 personas). No cambian las mesas, de 10 en el exterior y 6 en el interior.

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