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La Cámara contratará a 105 ceutíes en 7 programas de formación y empleo

La Ciudad Autónoma de Ceuta ha acordado adjudicar a la Cámara de Comercio una subvención de casi 900.000 euros para la puesta en marcha de siete programas mixtos de formación y empleo a los que se incorporarán hasta 105 desempleados durante cuatro meses en calidad de alumnos-trabajadores.

Según la resolución provisional del concurso publicado en el BOCCE el pasado 21 de julio, en el que se dio poco más de una semana para la presentación de solicitudes, el organismo que preside Karim Bulaix es el único que ha concurrido.

La subvención está destinada a financiar los costes salariales y de gestión de los programas y será sufragada con cargo a los fondos de la Ayuda a la Recuperación para la Cohesión y los Territorios de Europa (REACT-EU), a través del Programa Operativo FSE Ceuta 2014-2020.

Los Programas Mixtos de Empleo y Formación son proyectos de carácter temporal que posibilitan la adquisición de cualificación, de competencias profesionales y de experiencia laboral a las personas desempleadas a través de una formación teórico-práctica en alternancia con la prestación de un trabajo real en la ejecución de obras o servicios de utilidad pública o interés social.

Contratos

Los contratos de los alumnos-trabajadores (que saldrán de entre las personas en situación actual o potencial de exclusión social seleccionadas en 2022 por Procesa para actuaciones de Formación Ocupacional Básica) se deberán formalizar a jornada completa “en cualquiera de las modalidades contractuales de naturaleza temporal establecidas por la normativa vigente” y con una duración de 4 meses.

Las tareas que constituyan el trabajo efectivo de los beneficiarios deberán ser “suficientes y apropiadas para la adquisición de las competencias profesionales previstas”, contemplando “una adecuada correlación entre dichas actividades con los módulos formativos de referencia”.

Los contratados estarán sometidos a “asistir y seguir con aprovechamiento las enseñanzas teórico-prácticas que se impartan para superar los objetivos formativos”; a “cumplir con las obligaciones del Plan de formación y realizar de forma responsable las tareas que se derivan del mismo”; a “participar activamente tanto en el trabajo como en las clases teóricas” y a “respetar los horarios y cumplirlos con puntualidad”, entre otras obligaciones.

El alumnado-trabajador podrá, en cualquier momento durante el desarrollo de la actuación, causar baja de forma voluntaria a través de la cumplimentación del correspondiente escrito de renuncia.

Una vez finalizados los programas la cámara deberá aportar una memoria de actuación en la que se detallen “las actividades realizadas y los resultados obtenidos”, así como otra económica en la que se justifique el coste de lo efectuado.

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