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Así se calcula la duración y cuantía de la prestación por desempleo

Entre las preguntas más frecuentes que un trabajador, también desde Ceuta, se hace con respecto al paro es cómo se calcula la respectiva prestación por desempleo, información que puede resultar útil a todo aquel que ha finalizado su contrato y desea conocer el subsidio que le corresponde.

Desde el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) explican que este se calcula “teniendo en cuenta el tiempo de ocupación cotizado a desempleo durante los seis años anteriores a la situación legal de desempleo o al momento en que terminó la obligación de cotizar, o en su caso, desde el nacimiento del derecho a la prestación de desempleo anterior”.

Al respecto, añaden un dato adicional y es que los días de vacaciones pagadas y no disfrutadas se considerarán periodos de ocupación cotizada.

Por otra parte hacen la aclaratorio de que “en el caso de las personas emigrantes retornadas o las personas liberadas de prisión, la duración de la prestación se calculará teniendo en cuenta las cotizaciones realizadas en los 6 años anteriores a la salida de España o al ingreso en prisión, respectivamente. Si han cotizado en el extranjero o en prisión, el cálculo de los 6 años hacia atrás será desde la fecha en que haya terminado la relación laboral”.

“En www.sepe.es se puede acceder a un programa de autocálculo que le dará una orientación acerca de la duración y cuantía de la prestación contributiva”. En la página web del SEPE ofrecen a quien lo necesite, un programa de autocálculo de prestaciones por desempleo, que comienza con dos opciones, la primera de ellas para aquellos que han finalizado su contrato de trabajo y desean saber qué prestación o subsidio le corresponde y la segunda para aquellos que han agotado la prestación contributiva y desean conocer si tienen derecho al respectivo subsidio.

Sin embargo, para cualquiera de las opciones dejan claro al usuario que vaya a hacer uso de la aplicación a la que hacen referencia que “el resultado que se obtiene a través de este simulador no es vinculante para el Servicio Público de Empleo Estatal, ni genera derecho alguno a su favor”.

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