Caballas va a impugnar el “desconcertante” peritaje judicial remitido a la instructora del ‘caso Gran Vía’ por la colegiada número 35 del Colegio de Arquitectos de Ceuta (COACE), Noelia Beltrán, que ha concluido que las obras del proyecto de reforma de la avenida Alcalde Sánchez-Prados, Jáudenes y la Plaza de África de Ceuta “no se enmarcan en proyectos de urbanización”, no contravienen el PGOU ni el PERI y no exigían “la aprobación inicial por órgano competente ni la exposición pública”.
Según fuentes de la coalición, el adjetivo más repetido, que no el más grueso, sobre ese dictamen que han escuchado los localistas de las fuentes “técnicas y de toda solvencia” a las que han pedido opinión al respecto es “desconcertante”. En Caballas, que denunció por lo penal, siguen seguros de que “existe incumplimiento de la Memoria y las Normas Urbanísticas del PGOU y del PERI de Gran Vía”.
“En las conclusiones del informe”, han ejemplificado sus reparos al informe pericial desde la formación que lidera Mohamed Ali, “se mezclan erróneamente cuestiones urbanísticas y se justifica el carácter ordinario de las obras en que ‘la redacción del proyecto corre a cargo de la Ciudad Autónoma como promotora de las mismas, por lo que no hay una distribución de cargas y beneficios de los costes que conllevan dichas obras, sino que todo es a cargo público’, pero ¿qué equidistribución se va a realizar desde un proyecto de urbanización?”.
Los especialistas consultados por Caballas están convencidos de que “en este caso, el sistema de actuación previsto en el PERI de la Gran Vía es el de expropiación, por lo que la actuación es completamente pública, sin intervención de particulares, lo que no es óbice para que haya proyecto de urbanización y, de hecho, en su día ya se aprobó uno y dos modificaciones”. “De conclusiones tan erradas”, han apuntado desde la coalición, “se deriva que al parecer la perito solo entiende posible hablar de proyecto de urbanización cuando la actuación es privada”.
Tampoco asume Caballas la otra conclusión de Beltrán, que ha rechazado que la peatonalización de dos vías (una “interpretación errónea” de la incoherencia existente entre memorias, a su juicio), la instalación de un jardín vertical en el inicio de la Gran Vía o el monumento a los Trinitarios impliquen una vulneración de la normativa urbanística vigente.
“La pericial apunta que no se van a peatonalizar dos calles, sino que la Plaza de África va a hacer las veces de rotonda para el sentido de la circulación, y respecto del jardín vertical dice que, al ser una instalación desmontable, es legal el destino que el proyecto da a la parcela, pero no entra en el análisis de que ese terreno forma parte de un parcelario aprobado en el PERI con unos plazos de actuación incumplidos que se van a ralentizar aún más”.
Para la coalición es obvio el “destino provisional” contemplado en el proyecto “va a impedir durante años, los de amortización de la inversión salvo mala gestión de los caudales públicos, el legítimo derecho que tiene la ciudadanía a una vivienda digna, en este caso, a una de protección pública”.
Con respecto al monumento, Beltrán distingue los restos de la Basílica Tardorromana, cuya protección dio lugar a la modificación del PERI, y los restos del Convento de los Trinitarios “porque solo se va a instalar una escultura para informar de su relevancia”.
Desde el punto de vista de Caballas “se dice que se quiere informar a los ciudadanos, pero estos no pueden intervenir durante la fase de información pública, como reivindicamos”.
“El conflicto”, resumen los de Mohamed Ali, “es exclusivamente ese: la diferencia entre la aprobación de una obra de urbanización ordinaria y la de un proyecto de urbanización es el trámite de información pública para debatir todas las cuestiones, desde la peatonalización al traslado de un transformador, desde impedir la construcción de viviendas en una parcela destinada por el PERI Gran Vía a ese fin o si deben recuperarse unos restos arqueológicos”.
Caballas opina que “nadie cuestiona” que, como dice la pericial del ‘caso Gran Vía’, el PGOU permite el uso provisional de solares sin edificar para, por ejemplo, poner un jardín vertical, como impulsó el Gobierno. “Lo que se cuestiona”, rebaten desde la coalición, “es que, estando preparado el suelo desde hace años para edificar, se pretenda posponer esa operación hasta que se amortice el escandaloso coste del proyecto”. “La no edificación de la parcela 7 incumple el PERI de la Gran Vía sobre el destino del suelo y los plazos de ejecución sin ningún tipo de justificación más allá de los caprichos de dudoso gusto de los políticos urbanizadores que impiden a la ciudadanía el acceso a una vivienda de protección pública”, precisan los de Ali.
La pericial judicial concluyó que la reforma de la Gran Vía es una obra ordinaria y no un proyecto de urbanización, como entendía Caballas para exigir que saliese a exposición pública, tal y como llegó a demandar también el Colegio de Arquitectos. Las fuentes que ha consultado la coalición sobre el dictamen externo pedido por la instructora de la causa opina que su autora ha hecho una lectura “contradictoria” de las Normas Urbanísticas del PGOU. “La perito”, alegan desde Caballas, “da por hecho que las obras no están contempladas en el apartado de urbanización de forma contradictoria, pues en algunos puntos lleva a que son de urbanización parciales que deben tramitarse como ordinarias y en otros pretende que sea un proyecto de obras de otras actuaciones urbanísticas sin tener en cuenta la pavimentación, movimientos de tierra, traslado del transformador, las redes de evacuación, el alumbrado público, la peatonalización de calles, etcétera”. A ojos de los localistas todas ellas “difícilmente pueden encajar en un proyecto de otras actuaciones urbanísticas, pues no hay vertedero ni actividades recreativas o de acampada sino, una tras otra, las obras clasificadas en los proyectos de urbanización”.
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