Marruecos

Brasil aprueba la cooperación judicial con Marruecos

El senado de la nación carioca ha aprobado el texto firmado en Brasilia en 2014 y que entrará en vigor tras la ratificación del presidente brasileño

El Senado brasileño ha adoptado, en sesión plenaria, un acuerdo de cooperación con Marruecos en el ámbito judicial, firmado en Brasilia en 2014.

La página web del Senado brasileño indica que este acuerdo con el Reino de Marruecos entrará en vigor después de la ratificación del presidente de la República de Brasil.

El acuerdo entre Brasil y Marruecos abarca la cooperación jurídica en materias relacionadas con el derecho civil y el derecho procesal civil.

Según la misma fuente, el ponente de la resolución, el senador Fernando Dueire, del Movimiento Democrático Brasileño (centro), afirmó que el acuerdo prevé "mecanismos capaces de asegurar el pleno acceso a la justicia, garantizar la eficacia de las decisiones judiciales y promover los derechos fundamentales de las personas, independientemente de su ubicación".

El acuerdo garantiza a los brasileños en Marruecos el libre acceso a los tribunales en las mismas condiciones establecidas para los ciudadanos nacionales y las personas jurídicas, en cuanto a derechos y obligaciones. Lo mismo para los marroquíes en Brasil.

El acuerdo también garantiza el derecho de los ciudadanos marroquíes y brasileños a la asistencia jurídica mutua cuando accedan a los tribunales del otro país.

La misma fuente señala también que el acuerdo pretende establecer un sistema para el reconocimiento y ejecución de sentencias judiciales relativas al derecho civil y procesal civil, derecho de familia, derecho mercantil y derecho laboral.

De esta forma los dos países, separados por el ancho del Oceano Atlántico establecen un marco de colaboración en asuntos judiciales, formalizando finalmente el acuerdo que llevaba pendiente desde 2014. De esta manera, los ciudadanos de ambas naciones se asegurarían unas ciertas garantías ante los tribunales del otro estado.

No se incluye en este acuerdo ningún aspecto relativo al derecho penal, quedando únicamente incluidos asuntos civiles y de familia, de los que a partir de ahora se beneficiarán en el otro país los ciudadanos de ambos.

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