El boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) publica este viernes las bases de las ayudas para la creación y/o modernización de proyectos innovadores para autónomos y pequeñas y medianas empresas (pymes).
Estas consideran proyectos subvencionables las inversiones en activos materiales e inmateriales que consistan en proyectos de creación de un nuevo establecimiento y de ampliación y/o modernización de la capacidad de un establecimiento existente.
Todos los proyectos podrán obtener un incentivo mínimo fijo establecido del 20% de los costes subvencionables, además de los incrementos que le correspondan en función de las características adicionales que reúna el proyecto que podrán sumar hasta un 50% en el caso de las microempresas y pequeños negocios y un 40% en el caso de las compañías medianas.
Las propuestas, que deberán estar situadas en Ceuta de manera indiscutible, deberán ser consideradas viables desde el punto de vista técnico, económico y financiero, con arreglo a los criterios establecidos en la convocatoria y deberán aportar un Plan de Negocios sobre la viabilidad económica del proyecto.
La aportación mínima del beneficiario será del 25% de los costes subvencionables, mediante sus propios recursos o mediante financiación externa.
En el momento de la solicitud bastará compromiso de cofinanciación que ha de ser demostrado en cualquier momento de la tramitación de la ayuda antes de su cobro.
El proyecto aprobado por PROCESA debe superar, en su caso, la cuantía mínima de tres mil euros.
¿Qué proyectos se pueden presentar?
Como componentes innovadores las bases definen cuatro ámbitos de actuación: El primero se refiere a la introducción en el mercado de productos o servicios nuevos o mejorados, seguido de la implementación de procesos nuevos o mejorados de fabricación, logística o distribución.
La innovación de mercado en varios ámbitos de actuación: el público, canal de distribución, equipo comercial, comunicación, competidores o posicionamiento en redes sociales suponen el tercer componente de innovación. Finalmente también se subvencionarán los nuevos sistemas y acciones que mejoran el día a día de la organización, el trabajo y sus flujos o los equipos entre otros.
Del mismo modo el texto recoge las características fundamentales para acotar la definición de componentes tecnológicos, de forma no limitativa, según las cuales estos suponen un avance tecnológico, permiten el intercambio de productos y/o servicios a través de RRSS, Mensajería, Whatsapp, etc.; la instalación de software y/o la tecnología específica que permita la optimización de procesos en la pyme.
También tiene en cuenta que facilite el conocimiento exterior de las oportunidades que brinda la empresa por medio de los componentes tecnológicos y que suponga una mayor rapidez en la optimización de procesos y comunicaciones internas/externas.
Estas subvenciones, enmarcadas en el programa FEDER (Fondo Europeo de Desarrollo Regional) 2021-2027, sin embargo tienen excepciones, ya que quedan excluidas del ámbito subvencionable los proyectos destinados al servicio de transporte público y aquellos cuya actividad sea el alquiler de bienes muebles e inmuebles.
Tampoco podrán concurrir las empresas dentro de los sectores de la producción agrícola primaria, pesca y acuicultura; transportes e infraestructuras conexas; la producción y distribución de energía y las infraestructuras de energía; así como los sectores del acero y el carbón, de la construcción naval, y de las fibras sintéticas.
Además, las actuaciones deben cumplir con ciertos objetivos climáticos o al menos no interferir en los mismos, como son la sostenibilidad de los recursos hídricos o marinos o el reciclaje de residuos.
Puede leer las bases completas aquí
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