La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha confirmado la pena de un año de prisión dictada por el Juzgado de lo Penal número 1 contra una mujer, que incurrió en un delito de atentado y otro leve de maltrato contra agentes de la Policía Nacional, estando de servicio en la frontera del Tarajal.
Esa condena fue suspendida con la advertencia a la acusada de que no podía incurrir en la comisión de otro delito en el plazo de dos años, pero la Defensa recurrió ante el máximo órgano judicial en la ciudad al considerar que había existido un error en la valoración de la prueba.
Argumentaba esta parte que los tres policías nacionales que declararon en la vista oral habían incurrido en contradicciones por lo que cabía invocar la aplicación del principio in dubio pro reo.
La Sala no lo ha considerado así, desestimando el recurso y ratificando la decisión del Juzgado de lo Penal al considerar la existencia de “una razonable fundamentación de la convicción condenatoria”.
La Audiencia no considera que haya dudas en torno a la credibilidad de los agentes que narraron cómo la acusada les atacó después de que la Policía le advirtiera que no podía pasar por un lugar no habilitado para el paso de peatones. Estos hechos se produjeron en septiembre de 2017 y la acusada llegó a reaccionar de forma violenta y agresiva con varios agentes, incluso en su traslado, ya detenida, hasta la Jefatura Superior de Policía.
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