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La Audiencia prorroga la prisión de ‘Chino’ por los disparos a la Policía

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha acordado la prórroga de la prisión para Lahsen M.A., apodado ‘Chino’, por los hechos acontecidos en la madrugada del 17 de mayo de 2016, cuando arremetió a disparos contra la Policía en el momento en que los agentes iban a proceder a su detención por su presunta relación con el crimen de ‘Mape’.

En el auto dictado por la Audiencia Provincial, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se acuerda mantener la prisión provisional sin fianza extendiéndola hasta 2022. Esta medida se adopta por el procedimiento Sumario ordinario seguido contra su persona por los delitos de atentado, tenencia ilícita de armas y once homicidios en grado de tentativa. Una causa por la que, en origen, no se había adoptado medida privativa de libertad puesto que esas cautelares fueron dictadas por otra distinta, la que se debe seguir por Tribunal de Jurado: el asesinato de ‘Mape’. Un juicio cuyo inicio se había señalado para el día de ayer pero que tuvo que aplazarse al no haberse constituido el jurado ante la problemática derivada del coronavirus.

Al no celebrarse ninguna de las dos causas pendientes, la Audiencia celebró la semana pasada una comparecencia de prórroga de prisión acordándose la continuación de las medidas privativas para evitar que fuera puesto en libertad.

En dicha comparecencia el Ministerio Fiscal había solicitado esa prórroga ante el temor de que el acusado pudiera sustraerse de la acción de la justicia, evitando así además “el riesgo de reiteración delictiva por la extrema peligrosidad que presenta”. Por su parte la Defensa se había opuesto a la medida.

La Audiencia aclara en el auto dictado la existencia de indicios de criminalidad evidentes, atendiendo además al momento procesal con una calificación fiscal provisional en la que se pide penas elevadas por tres delitos.Considera el máximo órgano judicial en la ciudad la existencia de un “elevadísimo riesgo de fuga” que es “base suficiente para adoptar la medida cautelar de prisión provisional” no solo “por la existencia de indicios” sino, “por su propia naturaleza, la gravedad de las penas que pueden imponerse con petición de más de 9 años de prisión por cada uno de los once delitos de homicidio en grado de tentativa que se solicita” por parte del Ministerio Público.

La “hoja histórico penal” que consta en las actuaciones viene a referir además, aclara la Audiencia, “la extrema peligrosidad que presenta”.

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