Noticias

La Audiencia Nacional rechaza suspender cautelarmente las repatriaciones de menores a Marruecos

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha señalado este miércoles que es competente para resolver el recurso presentado por la asociación Red Española de Inmigración y Ayuda al Refugiado contra la repatriación a Marruecos de los menores no acompañados desde Ceuta, y rechaza en el mismo auto la medida cautelarísima de suspensión que solicitaban los recurrentes. En el auto explica que si bien hay razones de urgencia para resolver la cautelar porque los retornos se están produciendo en estos días, rechaza adoptar esa medida porque la solicitud debe plantearse en los procedimientos previstos y regulados detalladamente en la legislación española a los que remite el Acuerdo Hispano-marroquí. "En los que cabrá, en su caso, apreciar si existen las vulneraciones de derechos fundamentales denunciadas, e impugnar, planteando las solicitudes cautelares que se consideren oportunas, bien su resolución, bien la ausencia de tales procedimientos, ante los órganos de esta jurisdicción que sean competentes que ya tienen conocimiento de alguno de estos recursos", dice la resolución. En consecuencia, y sin prejuzgar el fondo del recurso, la Sala rechaza acordar la suspensión cautelar en tanto que del acto impugnado, en una primera aproximación cautelar, no se deducen las violaciones de derechos denunciadas en relación con el acto objeto del presente recurso. El tribunal responde también a la falta de competencia de la Audiencia Nacional alegada por el Ministerio de Interior y explica que el objeto del presente recurso es un escrito de 10 de agosto de 2021 con el membrete de la Secretaría de Estado de Seguridad por el que se acuerda que se proceda a ejecutar las previsiones recogidas en el artículo 5 del Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos sobre la cooperación en el ámbito de la prevención de la emigración ilegal de menores no acompañados, su protección y retorno concertado. La Sala considera que el escrito, aunque presenta defectos de forma, como la falta de firma, no impide al tribunal reconocer su competencia para conocer y resolver sobre la medida cautelarísima solicitada.

Entradas recientes

Más ayudas para vehículos eléctricos y energías renovables

El Consejo de Gobierno de Ceuta ha acordado este martes en su reunión semanal ordinaria…

07/05/2024

La AD Ceuta firma con Bomberos un nuevo convenio

La Agrupación Deportiva Ceuta sigue creciendo, no sólo ya en el ámbito deportivo sino ahora…

07/05/2024

La Ciudad rehace su Presupuesto para salvar parte del Plan de Empleo

El Consejo de Gobierno ha aprobado este martes el primer expediente de modificación del Presupuesto…

07/05/2024

Noche de comedia con 'Polifacético y el otro' en el Casino de Ceuta

Los conocidos humoristas de San Pedro, José María Castellano, ‘Polifacético’, junto a su fiel amigo Ángel Rosado, ‘El…

07/05/2024

El papel del periodista ante el mundo del narcotráfico

El periodista de Canal Sur, Javier Ronda, ha intervenido en las jornadas organizadas de la…

07/05/2024

Intervenidos en la frontera 175 kilos de tabaco para cachimba

La lucha contra el contrabando se intensifica en Marruecos. En esta ocasión, los agentes adscritos…

07/05/2024