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La Audiencia Nacional ratifica como "terrorista" el apuñalamiento de Algeciras

La defensa del acusado de asesinar al sacristán Diego Valdivia había presentado un recurso contra esta calificación que no ha prosperado

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado un recurso presentado por la defensa de Yassine Kanjaa, autor confeso del crimen del sacristán Diego Valdivia el pasado 25 de enero en Algeciras, y ha ratificado el fin de la instrucción del caso como asesinato "terrorista". Un suceso que causó enorme conmoción en Ceuta.

En un auto al que ha tenido acceso EFE, la sala descarta la petición de la defensa para que el caso dejara la Audiencia Nacional y volviera a un juzgado de instrucción de Algeciras, propuesta que rechazaron la Fiscalía y las acusaciones -el Obispado de Cádiz y Ceuta y Vox-.

El juez Joaquín Gadea puso fin a la instrucción hace un mes al considerar que, "sin perjuicio de las alteraciones psíquicas" que el investigado "pudiera sufrir", había indicios suficientes para considerar el crimen un "asesinato terrorista", castigado con la pena de prisión permanente revisable, así como de lesiones terroristas, penado con hasta 15 años de cárcel.

Al recurrir ese auto, la defensa presentó un informe del Centro Psiquiátrico Penitenciario de Sevilla y otro encargado a dos psiquiatras que apuntan a que el hombre padece un trastorno de tipo esquizofrénico y tiene afectadas de forma severa sus capacidades cognitivas y volitivas.

A su juicio, con ese diagnóstico no se le puede imputar un delito de terrorismo, que exige buscar intencionadamente una finalidad terrorista.

Pero la Sala de lo Penal recuerda los argumentos de la Fiscalía, que consideró que será en el juicio donde se delimitará si un trastorno psíquico altera el delito que se le imputa.

En este momento procesal, explica, se tiene constancia de los materiales consultados por el hombre en internet, cómo cometió el asesinato, a quién mató y las expresiones proferidas durante la agresión y todo ello lleva a imputarle un delito terrorista.

Según el auto del juez Gadea, fue un "ataque de naturaleza yihadista contra sacerdotes de la Iglesia Católica y musulmanes que no siguen las directrices de los preceptos salafistas encaminado a alterar gravemente la paz pública provocando un estado de terror en la población o parte de ella".

La Sala de lo Penal coincide en que será el tribunal que le juzgue quien deberá valorar si sus "padecimientos psíquicos" pueden alterar su imputabilidad y el tipo penal que se le atribuye.

Kanjaa, de 25 años y nacionalidad marroquí, está internado en un hospital psiquiátrico penitenciario de manera preventiva.

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