Noticias

La Audiencia condena a un médico y a un extrabajador de Amgevicesa

El tribunal de la Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta ha condenado a un extrabajador de Amgevicesa y a un médico implicados en un delito de falsedad de certificado, después de que el doctor reconociera haber hecho un informe falso para que el exempleado de la sociedad municipal justificara bajas en su trabajo. Tal y como se recoge en la sentencia, a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, el médico, identificado como A.A.J., ha sido condenado como autor de un delito leve de libramiento de certificado falso a una pena de multa de 6 meses a razón de 5 euros de cuota diaria, concurriendo la atenuante de dilaciones indebidas y la analógica de colaboración con la Justicia. Por su parte, al extrabajador de Amgevicesa, llamado M.D.G.V., se le condena como inductor de un delito leve de libramiento de certificado falso, con la atenuante de dilaciones indebidas, a una pena de 2 meses multa a razón de 10 euros de cuota diaria. Ambos, además, han sido condenados a abonar las costas procesales. El inicio de este procedimiento judicial tuvo lugar después de que se presentara por parte de Amgevicesa una denuncia tras registrarse varias bajas de un trabajador en distintos periodos comprendidos entre agosto y septiembre de 2018. Esas bajas fueron justificadas mediante la presentación de un informe firmado por un doctor, vecino del trabajador, que ni siquiera lo había valorado, pero que fue emitido para hacerle un favor. El tribunal del máximo órgano judicial en la ciudad considera probado que el acusado no acudió a su puesto de trabajo en el 112 hasta en seis ocasiones. Al pedírsele el documento que justificara dichas bajas, este aprovechó que su vecino era médico para pedirle un informe aunque no se correspondía con su centro de salud de referencia, ni siquiera lo llegó a examinar y no era su médico de cabecera. La Audiencia considera probado que el extrabajador de Amgevicesa no sufría dolencia alguna que le impidiera acudir a su puesto de trabajo. De igual manera, si bien en tiempo anterior a que la empresa le requiriera justificar sus inasistencias había actuado como representante de los trabajadores en Amgevicesa, se procedió a su despido no por esa condición sino por haber presentado un informe de visita médica que no se correspondía con la realidad. De hecho en sentencia, la Audiencia mantiene que no ha quedado probada la existencia de “ánimo de venganza” en el despido de M.D.G.V. por su anterior condición de sindicalista. El acusado mantuvo que “tanto el inicio del procedimiento como su despido vendrían a ser un acto de venganza de su empleadora por el desempeño de su actuación como representante de los trabajadores. Dejando a un lado el resultado de las pruebas analizado hasta ahora, lo cierto es que la adopción de cualquier medida de represión por tal circunstancia carece de cualquier mínima prueba”, considera. La Audiencia recoge los testimonios de los responsables de esa sociedad municipal, que sostuvieron que el acusado era una “persona que generaba cierta conflictividad con la empresa”.

No queda probado que su despido tuviera relación con su labor sindical anterior

Pero no lo expusieron en el contexto del desarrollo de su actividad sindical en sí, sino más bien “como una actitud puramente personal de beligerancia hacia la misma, formulando quejas que se habrían demostrado posteriormente injustificadas, como su afirmación de que carecía de una silla con respaldo para desarrollar su trabajo”. La propia Audiencia alude a una postura del trabajador que viene a demostrar una “altivez en grado sumo” ya que es “difícil de imaginar cómo puede ser ofensivo o humillante no desempeñar labores en una estancia individual o tener que utilizar las mismas prendas que el resto de compañeros”. El informe de visita médico se elaboró sin que el extrabajador de la sociedad municipal le dijera al doctor que había padecido un tipo de dolencia, teniendo como único fin que no lo echaran del trabajo por no poder justificar esas ausencias laborales. En el acto de juicio oral se contó con la confesión del doctor, cuya Defensa acordó una conformidad con la Acusación. Esto, lejos de ser entendido como una particular “coacción de la pena” para lograr una confesión, es valorado por el tribunal en cuanto señala que se da “pleno crédito” a su declaración sin contemplar que se hubiera movido “espuriamente” con ánimo de faltar a la verdad. El extrabajador de Amgevicesa sostuvo en su defensa que realmente esos días sí que estuvo enfermo y se automedicó. La Audiencia considera que cualquier “posibilidad de que tuviera algún tipo de malestar que realmente le impidiera desempeñar su trabajo durante todos los días que dejó de acudir, incluso los de finales de agosto de 2018, entraría en el terreno de lo fantasioso en este caso a tenor de las pruebas practicadas. Ningún contraindicio existe. Lo que resultaría irracional sería dudar de que hubiera podido ocurrir ante las escasas aportaciones del acusado en el juicio oral, dirigidas en gran medida a tratar de poner de manifiesto la existencia de una conjura contra él por parte de su empleadora que no ha sido ni mínimamente acreditada”, zanja el tribunal. Respecto del argumento esgrimido por el letrado de este extrabajador, que en su informe final sobre que en atención al principio de intervención mínima no cabría condenarlo, argumentando que la conducta que se le atribuía era algo que hacía todo el mundo, sin que pudiera castigarse a unas personas sí y a otras no, debiendo estarse a lo que vendría ser la costumbre, “ninguna virtualidad puede tener”, considera la Audiencia. “En primer lugar, parece confundirse que se realicen prácticas similares con cierta asiduidad con que se descubran las mismas. En segundo lugar, no puede menospreciarse la importancia que dentro de la economía de un país, el buen funcionamiento de los servicios públicos, en su sentido más amplio, y el mantenimiento del equilibrio entre gastos e ingresos de la Seguridad Social tiene la debida justificación de las inasistencias al trabajo por motivo de enfermedad”, considera. Queda probado que el doctor, por tanto, cometió el delito de falsificación del certificado inducido por este extrabajador y vecino. “Es inherente a la inducción que el ejecutor posterior del hecho no hubiera resuelto llevarlo a cabo antes de la intervención de otro que, además, en todo caso, habría de operar como el origen o motor de la decisión de delinquir que surja en él. En el presente caso, nos encontramos ante tal situación. Como se ha considerado acreditado, la expedición del certificado falso tiene una única razón de ser sin la cual no lo habría llevado a cabo: la petición realizada por M.D.G.V. de que elaborara un documento en el que se indicara falsamente que había padecido unas dolencias concretas unos días determinados que el primero habría constatado como médico para así atender al requerimiento de justificación de su ausencia al trabajo durante los mismos realizado por su empleadora. Ello le atribuye la condición de inductor”. En cuanto a las penas impuestas, la Audiencia refleja en sentencia que, en el caso del médico, se debe tener en cuenta la “importante gravedad” del hecho en sí, y a pesar de aplicarse dos atenuantes, esto no justifica la reducción de la pena por debajo del mínimo legal, debiendo situarse la misma más bien en su extensión media. En el caso del extrabajador también se alude a la “importante gravedad” de los hechos, por lo que la pena impuesta no se ve disminuida apenas por la atenuante de dilaciones indebidas, aplicándose una cercana a la máxima contemplable.

Entradas recientes

El CB Ceuta Base comienza con derrota el Campeonato de España (67-89)

El CB Ceuta Base ha arrancado con una derrota el campeonato de España en Huelva…

28/04/2024

Un concierto intimista y poético de la mano de Javier Ruibal

Bajo una tenue luz blanca, Javier Ruibal ha aparecido a solas en el escenario. Su…

28/04/2024

Detienen al menor que apuñaló a otro joven el viernes en Hadú

Agentes de la plantilla de la Policía Nacional de Ceuta han procedido a la detención…

28/04/2024

Critican la atención sanitaria al personal del ISFAS en Ceuta

El sentimiento de “impotencia” de Mariam [nombre ficticio] ha desbordado este domingo el vaso de…

28/04/2024

El Centro Gallego trae a Ceuta a Yolanda Castaño, Premio Nacional de Poesía 2023

La agenda de esta semana de las Bibliotecas Públicas de Ceuta viene marcada por la…

28/04/2024

El Parador acoge la inauguración del Mundial de Pesca

El Mundial de Pesca que se desarrollará en Ceuta a partir de la semana que viene…

28/04/2024