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La Audiencia Provincial fija el 2 de agosto para resolver los recursos del ‘caso Emvicesa’

La Sección VI de la Audiencia Provincial de Cádiz con sede en Ceuta ha declarado hábil el viernes 2 de agosto de forma extraordinaria para debatir y votar su resolución sobre los múltiples recursos que ha recibido en relación con el cierre de la instrucción del ‘caso Emvicesa’, según han explicado fuentes judiciales a este periódico.

Esta decisión se ha adoptado después de que en abril se acordase reunir en una sola ponencia de la que lleva las riendas el magistrado Emilio José Martín Salinas la multitud de apelaciones formuladas contra el auto de procedimiento abreviado que a finales de noviembre rubricó la instructora.

A la Audiencia tendrá la ocasión de pronunciarse sobre las cuestiones que tanto de forma como de fondo se le han trasladado por parte de las defensas de los múltiples investigados involucrados antes de devolver la causa al Juzgado, donde ya no lo recibirá la jueza que dirigió la instrucción sino su sustituto, un magistrado que hasta abril ejercía en Santa María la Real de Nieva.

Antonio López

A la luz de la “jurisprudencia consolidada reciente” de la Audiencia hay fuentes judiciales que dan por hecho que la Sala se inclinará en cuestiones de forma por llevar a un juicio con jurado los hechos vinculados al presunto delito de cohecho que se atribuye a Antonio López y a aquellos con quienes supuestamente creó una red dedicada a obtener dinero a cambio de la supuesta adjudicación irregular de viviendas protegidas”.

Si así fuese la vista oral debería tener lugar en Cádiz o con una Sala especialmente derivada a la ciudad, ya que la Sección de Ceuta ya ha tratado también el asunto.

El resto de encartados, que suman más de medio centenar de personas, quedarían para el Juzgado de lo Penal local que todavía no ha entendido de nada relacionado con este caso ni del sumario en el que tuvo su origen por unas escuchas.

La defensa de López, señalado como “cabecilla de la organización criminal, esgrimió en su recurso una supuesta “inconsistencia palmaria” en la causa y que se llevó “una investigación basada en rumores” y sin “una mínima concreción de hechos delictivos”.

Susana Román

En resoluciones anteriores sobre este mismo caso la Audiencia ya ha dado cierto recorrido, al menos indiciariamente, a argumentos de forma como los expuestos por la defensa de la ex consejera Susana Román con la adhesión de otros imputados para negar que pudiera siquiera cometerse el presunto delito de prevaricación con el que se la relaciona, ya que la legislación aplicable al proceso de adjudicación de las viviendas de Loma Colmenar no sería la Ordenanza de 2006.

Igualmente puso en solfa las testificales de personas que perseveraron en ese error guardando “un claro y evidente interés en el resultado del procedimiento”, ya que lo contrario “les haría estar investigados en las presentes actuaciones”.

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