Señalan que no explican plazos para llegar a la equiparación salarial
Las asociaciones de la Guardia Civil están molestas con el documento presentado por correo electrónico por la Dirección General de la Guardia Civil a las Asociaciones Profesionales Representativas denominado “Acuerdo por la equiparación integral de la Guardia Civil” en el que se desarrollan por parte del Ministerio del Interior diversos aspectos que conforman de una manera amplia el término equiparación, a saber:
Personal: Entre las que destacan la mejora de las retribuciones para la progresiva equiparación salarial y que debe centrarse en aspectos que mejoren la eficacia y la eficiencia, tales como: reorganización de las cuantías de los CES, unidades con mayor disponibilidad y sujetas a turnos, complemento de territorialidad, mejora de la carrera profesional incentivando los ascensos, incentivar puestos esenciale.
Por otro lado, hay otros apartados sobre material de seguridad rial de seguridad y un tercero sobre mantenimiento y construcción de nuevas instalaciones de la Guardia Civil, entre las que destaca el uso conjunto de instalaciones con Policía Nacional.
El Ministerio del Interior pretende que este acuerdo sea asumido el próximo 16 de enero en el Pleno Extraordinario del Consejo de la Guardia Civil por las Asociaciones Profesionales Representativas. Las mismas indican que se ha incumplido por parte de la Dirección General de la Guardia Civil la necesidad de abordar este documento mediante un debate previo en el que se puedan aportar ideas nuevas, se concreten las existentes o aportar nuevas clausulas con el objeto de dotar al acuerdo del necesario consenso.
Se quejan que el documento recibido se debería haber debatido abiertamente
Añaden que en el documento se abordan importantes cuestiones de personal, aunque de forma imprecisa, pero se “olvidan otras fundamentales como el nivel educativo exigido para el acceso al Cuerpo o las titulaciones obtenidas al acceder a las diferentes escalas en las que la Guardia Civil está claramente a la cola, la retribución de las horas extraordinarias o por servicios nocturnos o festivos, acción social, retribuciones en reserva”
Establecen que en el documento no se habla de cantidades o plazos, tampoco de los términos plurianuales del acuerdo parlamentario o presupuestario que debe permitir esa equiparación en un plazo determinado. “Tampoco se fija un plazo distinto para la equiparación salarial y otro para el resto de cuestiones pues necesariamente deben ser distintos”.