El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 1 de Ceuta ha estimado el recurso presentado por un vecino de la ciudad ordenando la anulación de una multa de tráfico que se le había impuesto por haberse manipulado el boletín de denuncia.
Además, se condena en costas a la administración demandada, en este caso la Consejería de Gobernación de la que depende la Policía Local.
En sentencia, a cuyo contenido ha tenido acceso El Faro de Ceuta, se alegó que se había manipulado el boletín de la denuncia en cuanto a la hora de la infracción. Además, esa manipulación se hizo de forma burda, escribiendo encima de la hora inicial otra distinta.
“Resulta más que evidente que ha existido una manipulación del boletín de denuncia, puesto que en el decreto de incoación que se notifica al recurrente figura como hora del hecho las 19:20 horas, de lo que se infiere, sin ningún género de dudas, que el boletín fue manipulado con posterioridad a dicho decreto, a buen seguro tras las alegaciones formuladas por el recurrente en vía administrativa”, expone su señoría en sentencia. “Lo que resulta totalmente inadmisible y priva de total ineficacia probatoria al boletín de denuncia”, añade.
Al ser la única prueba de cargo existente, la consecuencia directa ha sido la anulación dejando sin efecto la sanción impuesta.
Sara Fassi El Mechachti, CEO de FMlawyers, despacho que gestionó este caso, ha explicado en declaraciones a este periódico “la injusticia que se cometió con el afectado” que ha tenido que defenderse de tal acción.
Apunta que “el día que presuntamente el expedientado conducía utilizando manualmente el teléfono móvil en Ceuta, se encontraba con su vehículo en la Península. Tras aportarse los billetes de la naviera que acreditaban que el denunciado no se encontraba en la ciudad en la hora indicada en el boletín de denuncia, recibe decreto por el que se rectifica la hora, argumentándose que se ha producido un error”, indica.
“Sin embargo, al observarse el boletín de denuncia se aprecia cómo se ha modificado a bolígrafo la hora de la comisión de la infracción para adaptarla a los intereses de la administración, creando una absoluta indefensión al ciudadano. En este sentido, el agente de Policía describe en el boletín de denuncia el color de un vehículo (azul) que no coincide con el color real del turismo sancionado (gris)”, reseña.
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