El magistrado Antonio del Moral ofrecerá mañana una ponencia sobre ‘La reforma de los recursos contra las sentencias en el proceso penal’. Es uno de los asuntos relevantes de interés para el ámbito judicial y ciudadano.
En esta entrevista con El Faro aborda otros asuntos que tienen que ver no solo con su propia conferencia sino también con esa siempre delicada relación entre Justicia y medios de comunicación.
–En 2015 se produjo una importante reforma de la ley de Enjuiciamiento Criminal que actualizaba algunas materias. Muy relevante es la regulación de todos los medios de investigación tecnológicos en el proceso penal. Pero también lo es otra faceta que quizás haya pasado más inadvertida a la opinión pública: los recursos contra sentencia.
–Hasta esa fecha solo las sentencias referidas a delitos graves eran revisadas por el Tribunal Supremo. Por tanto solo esos delitos eran objeto de pronunciamientos que unificaban y homogeneizaban su interpretación en todo el territorio nacional.
Los delitos menos graves (con penas de hasta cinco años) agotaban su recorrido procesal en las Audiencias Provinciales.
Eso provocaba dispersión interpretativa. Había conductas que en algún lugar del territorio nacional se consideraban constitutivas de delito y en otros no por virtud de interpretaciones dispares en aspectos dudosos de un mismo precepto penal que no podían ser unificados al no caber recurso ante el Tribunal Supremo.
Eso era especialmente perturbador por las numerosas modificaciones del Código Penal que además proviene de 1995 y recoge muchos delitos de nueva planta (medio ambiente, seguridad vial, delitos societarios…) que no tienen correspondencia en los delitos más tradicionales (robo, homicidio…) cuya interpretación está más ahormada y rodada.
Ahora desde 2015 esos asuntos pueden llevarse al Tribunal Supremo cuando es necesario unificar la interpretación de la ley penal o se trata de delitos novedosos.
"Es necesario, y eso nos atañe a todos, ganar en una cultura de respeto a las instituciones"
Han recaído ya más de una docena de sentencias del Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo que zanjan divergencias interpretativas que subsistían en los Tribunales Provinciales proporcionando así seguridad jurídica..
La otra gran reforma venía siendo exigida por tratados internacionales. Hasta esa fecha solo podían recurrirse en apelación, que es un recurso más flexible que la casación pues permite revisar la valoración de las pruebas, las sentencias dictadas por delitos menos graves.
Pero paradójicamente no cabía apelación contra las sentencias por delitos con penas más altas en los que solo era factible la casación. Se ha generalizado la apelación y ahora también las sentencias por delitos graves que deciden las Audiencias Provinciales pueden ser apeladas ante los Tribunales Superiores de Justicia. La ponencia girará sobre estas dos grandes e importantes novedades.
–El autor de la historia es un catedrático de Derecho Penal de Oviedo, Javier Fernández Teruelo. Hace unos diez años la publicó en un simpático texto en un periódico de Asturias.
Lo he descubierto hace poco con motivo de la extraordinaria difusión de que ha sido objeto en fechas recientes no se sabe por qué extrañas razones –pues hace más de diez años que vengo contándolo–.
A mis oídos llegó a través de un profesor de la UNED que la había visto recogida en el trabajo de un alumno que se ve que la conocía.
Me quedé con ella y al poco tiempo, hace muchos años, me sirvió para expresar con esa imaginativa versión, fruto del ingenio de ese catedrático, ilustrar unos comentarios sobre la expansión un tanto exagerada, en mi opinión, que viene experimentando el derecho penal en nuestras sociedades. Luego me ha servido de recurso expositivo en muchas ocasiones.
Y entre ellas en esas sesiones en Salamanca donde alguien decidió darle forma y difundirla.
No creo que guarde relación con la reacción social –que se me antoja poco reflexiva y meditada y algo desmesurada– surgida a raíz de la sentencia que apunta.
–Hace falta un esfuerzo pedagógico. Hay parte de responsabilidad en el debe de los profesionales seguramente, al no saber explicarnos; o fallos en la política de comunicación.
Pero me parece que es necesario también y eso nos atañe a todos ganar en una cultura de respeto a las instituciones, que es compatible con las críticas y opiniones y divergencias, pero que exige no dilapidar valores que ha costado mucho conseguir como son un proceso con todas las garantías y respeto de los derechos, dejar trabajar a los jueces en un clima de cierto sosiego –críticas, sí; descalificaciones precipitadas e irreflexivas, no; presiones mediáticas, tampoco-.
Las respuestas que surgen de un escenario procesal regido por unos principios muy estrictos que nos hemos autoimpuesto como núcleo de lo que es el derecho a un juicio justo no van a coincidir siempre con las opiniones formadas en un territorio en que no han de regir esas reglas: el campo periodístico, mediático, de opinión social.
Decía hace muchos años un magistrado americano que dos de los valores más preciados de su democracia eran el derecho a un juicio justo y la libertad de expresión y de prensa; y apostillaba que sería harto difícil tener que optar por uno de ellos si entrasen en conflicto.
Y llegaron los casos en que surgió lo que se llamó la guerra entre la primera y la sexta enmienda (que encarnan esos dos derechos).
Y el Tribunal Supremo americano estableció reglas y principios que trataban de alcanzar un dificilísimo equilibrio.
No se dejaba de subrayar que los juicios no son como las elecciones que se ganan con mítines y movilizaciones y manifestaciones.
Un juicio justo exige otro ambiente de sosiego, de serenidad y de garantías. Es compatible con el debate público y las opiniones, pero sin presiones, sin interferencias o afán desde uno de los ámbitos imponer su “verdad” sobre el otro.
– Es una pregunta cuya respuesta exige muchos matices. La administración de justicia está ahí para atender las peticiones legítimas de los ciudadanos y solventar los conflictos.
Es deseable que existan otros mecanismos alternativos de resolución de conflictos.
Pero al final no se puede privar al ciudadano de ese recurso. Lo que también es de esperar es que no se acuda a los Tribunales para instrumentalizarlos al servicio de intereses ajenos a la justicia. Pero es inevitable que en ocasiones las decisiones judiciales tengan repercusiones en ámbitos políticos o sociales.
– El Tribunal está compuesto por cinco Magistrados y se toman las decisiones conjuntamente después de oir a todas las partes y estudiar sus alegaciones escritas y deliberar a fondo cada una de las peticiones y argumentos.
Ese debate profundo y serio, muy profesional, es un marco adecuado para tratar de resolver exclusivamente en derecho y conforme a la ley.
– Hay una disciplina profesional: el juez debe mantener su independencia de criterio también frente a los medios, lo que no significa ser un autista.
La formación, el conocimiento y asunción de los principios constitucionales son una garantía para que cada decisión judicial se base en la ley, con la posibilidad por vía de recurso de que Tribunales superiores con más experiencia pueda testar el acierto de las resoluciones.
"Una democracia moderna debe saber encontrar la convivencia entre los dos espacios" (Justicia y medios)
Creo que es lógico que algunos asuntos que están en los tribunales sean también objeto de comentarios en los medios, pues afectan a la vida política y social. Pero una democracia moderna debe saber encontrar la convivencia entre esos dos espacios de debate.
Son necesarios los dos, pero tienen reglas diferentes que han de respetarse y estándares de decisión distintos.
–En efecto: a veces las causas por corrupción política se resuelven con demasiado retraso precisamente por ello. La respuesta tardía debilita el efecto disuasorio de la justicia penal.
Se ha avanzado en eso en los últimos años, se han racionalizado algunas medidas procesales, pero es evidente que sería necesario imprimir más agilidad a esos procesos.
En ocasiones es cuestión de medios. Pero creo que también en el orden procesal, además de algunas cosas que se han hecho, cabrían otras medidas en esa dirección. Las respuestas penales tardías pierden mucho de su eficacia disuasoria.
–No me gusta hacer comentario alguno, y menos públicamente, sobre actuaciones judiciales que están en trámite. Tampoco cuando se refieren a órganos judiciales de otros países que presumo tan independientes y profesionales como me consta que son los que componen nuestra organización judicial.
–El Magistrado Llarena, aparte de ser un magnífico profesional, tiene una enorme calidad y categoría humana.
Es un profesional brillante: no descubro nada con ello, lo saben cuantos han podido trabajar a su lado o cerca de él.
Sentado esto me produce una tristeza honda que cualquier juez, por realizar su trabajo con rectitud, se vea sometido a presiones o a muestras de hostilidad que no debieran tener cabida en un Estado de derecho.
La Agrupación Deportiva Ceuta llega al parón de Navidad con buenas sensaciones, después de conseguir…
La Real Federación de Fútbol de Ceuta ha dado a conocer este lunes la convocatoria…
Como ya es tradición, este martes 24 de diciembre se celebrará la ‘Travesía de Navidad’,…
En estas fechas tan señaladas, sobre todo para los más pequeños, algunas barriadas de Ceuta…
La ministra de Juventud e Infancia, Sira Rego, ha anunciado que la próxima Conferencia Sectorial…
En plena temporada navideña, mientras los niños de Ceuta se preparan para recibir sus esperados…