AMAPCE advierte de que el reparto de pacientes se debe abordar en la sectorial

Tras la sentencia favorable a los facultativos, los médicos de familia aseguran que los cambios en los cupos por las vacaciones de verano afectan a las condiciones laborales.

La Asociación de Médicos de Atención Primaria de Ceuta, AMAPCE, en base a las sentencias sobre la anulación de la resolución del Ingesa por la cual se obligaba a los médicos de familia a atender las ausencias del 30 por ciento de éstos, avanza el problema que se presentará en las vacaciones de verano ya que no se pueden producir repartos de médicos ausentes “sin contar con la mesa sectorial”.
El reparto de usuarios afecta a las condiciones de trabajo del personal, subrayaron los médicos de Primaria, asegurando que va “más allá de la potestad organizativa de la empresa y esto requiere que sea tratado en la mesa de negociación”. No obstante, los doctores insisten en que esta distribución de pacientes debe ser remunerada.
La asociación exigió la depuración de responsabilidades de los gestores por el “abuso cometido y el resarcimiento del agravio creado”. El colectivo confía en la “cordura” de los directivos para “irse antes de que alguien pida su cese”, puntualiza.
La Gerencia de Atención Primaria planteó esta medida a propósito de la gripe A “creando para ello el concepto de no demorables”, en sus palabras. “De esta forma se ahorraban la contratación de sustitutos y la razón fue que venía la pandemia”, recordaron desde AMAPCE. Aunque la verdadera razón de su establecimiento, indicaron, era la “ausencia de presupuesto” por una “gestión inadecuada” de éste, tal como fue reconocido en diversas ocasiones por directivos.
A pesar de  las múltiples quejas, verbales y por escrito, sobre el “abuso” que se hacía de médicos y usuarios, a los cuales se les “privaba de su derecho a ser atendidos por un médico estable y a aquellos a tener que atenderlos sin ser de su cupo ni tener ningún vinculo con ellos”, se mantuvo la citada resolución, explicaron los médicos de Atención Primaria. Las sentencias del Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 declara nula la resolución de 8 de octubre de 2009 referente a la alta frecuentación por la gripe A así como la reordenación de Atención Primaria del Ingesa, e insta a la administración a negociar con los sindicatos cualquier modificación de las condiciones de trabajo de acuerdo con el artículo 80.1 del Estatuto Marco del Personal Sanitario.

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