Es raro el día que en El Faro de Ceuta no figuran ahora noticias sobre los problemas suscitados por Marruecos con las restricciones impuestas al comercio llamado de “porteo”, también conocido como comercio “atípico” entre Ceuta y el norte del país vecino. He dedicado ya hasta nueve artículos refiriéndome a la solución aduanera que se daría a ese problema entre ambos países, habida cuenta de que la base normativa para la creación de la Aduana del Tarajal ya existe. Su implantación fue acordada por el Convenio hispano-marroquí firmado entre ambos países el 16-11-1910 y Acta de ratificación de 12-01-1911 sobre la vigencia de aquel Convenio, ambas normas de Derecho Internacional investigadas y sacadas a la luz por mí, que fueron pactadas al final de la llamada ‘Guerra de Melilla de 1909’ para conseguir la paz.
En virtud de dicho Convenio, Marruecos se comprometía a crear un puesto aduanero en la frontera del Tarajal con Ceuta, cuya ejecución luego no se llevó a cabo, de forma real y efectiva, por parte del país vecino, simplemente porque el mismo no se fue respetuoso con las normas que rigen los convenios y tratados entre estados. Y Marruecos es un país completamente independiente y soberano, desde que en 1956 les concedieran su total independencia España y Francia, en cuanto estos dos últimos países pusieron fin al Protectorado que venían ejerciendo, a ambos encomendados internacionalmente por la Conferencia Internacional de Algeciras de 7-04-1906, la Zona española sobre el Norte (montañosa e improductiva) y, la Zona francesa, del Sur de Marruecos (territorio rico y fértil).
Es decir, que bastaría con que ahora existiera por parte de Marruecos la voluntad política de cumplir con sus compromisos internacionales adquiridos, como procede que se haga entre países que sean mínimamente serios y responsables en el concierto internacional, para que dicha Aduana se instalara y se pusiera en funcionamiento. Está obligado a ello en virtud del artículo 31 del Convenio de Viena sobre el Derecho de los Tratados de 1969, que establece los principios de primacía del cumplimiento del texto acordado y de la buena fe entre las partes contratantes, que también se recoge en la regla general de Derecho “pacta sund servanda”, igualmente aplicable en el Derecho Internacional, que significa que “los pactos firmados y ratificados por las partes deben ser cumplidos de buena fe y en sus propios términos”, siendo un principio general del Derecho que asimismo rige para el Derecho Civil para los contratos privados.
Para celebrar aquel Convenio de paz y amistad mutua, en el que se hallaba incluido el acuerdo de creación por Marruecos de la Aduana del Tarajal, el Gobierno español inició una política de acercamiento a Marruecos y promovió relaciones de amistad y buena vecindad con las kabilas limítrofes con Ceuta. Organizó una nutrida representación de personalidades marroquíes de las más afectas a España, entre las que figuraban los apodados El Checha, Asmani “El Gato”, Asisa y otros que fueron recibidos por la reina madre española, María Cristina, acompañados de sus mujeres, que algunos de estos dirigentes marroquíes tenían hasta tres esposas. Fueron recibidos en el Palacio Real en Madrid. La Reina regente preguntó a “El Gato” por qué le llamaban así, y contestó: “porque de niño me subía a los árboles lo mismo que de mayor al Gurugú a poner la bandera española”.
Luego, visitaron Cádiz, Córdoba, Sevilla, Granada, Madrid, Barcelona, Valencia y Málaga, importando el evento más de 400.000 pesetas de las de aquella época, pagadas por España. La comisión visitó Melilla y su zona. El Ministro de Fomento, Gasset,acordó la construcción del Puerto de Melilla, la Bocana de Mar Chica, la carretera a Nador, Zeluán, Atlaten, Puente sobre Río de Oro, granjas agrícolas, trabajos en minas de Tres Forcas, que emplearon a 1.500 marroquíes, etc.
Aquel Convenio se cerró con la creación, además, de la Policía mixta en el Campo de Ceuta. El 12- 05-1910 se firmó el Convenio, incorporándose las cláusulas finales el 15-11-1910, entre las que se disponía lo siguiente: “Se nombrarán dos funcionarios, uno español y otro marroquí, quienes, puestos de acuerdo, propondrían al Sultán las medidas conducentes a garantizar el orden. Se establecería la Policía Indígena de 1.200 hombres marroquíes que estarían a las órdenes de ambas partes y mandados por oficiales españoles, distribuyéndose 200 en Alhucemas y sus proximidades, otros 200 destinados al Peñón y el resto al Rif. El Ejército español permanecería donde se encontraba hasta que Marruecos pudiera establecer la paz universal con los rifeños”.
Respecto a Ceuta, el Sultán se comprometía en el Convenio a no fortificar sus alrededores; el caíd de la población y el Gobernador Militar resolverían de común acuerdo los asuntos locales. Se establecería en Ceuta una Aduana en el puesto fronterizo de El Tarajal, en el lado marroquí. Si los ingresos de las Aduanas de Tánger y Tetuán disminuyesen por la creación de la Aduana marroquí en Ceuta, el Sultán determinará en qué proporción esta última habría de contribuir a compensar la baja de ingresos, recurriéndose también al artículo 112 del Acta de Algeciras, que dispone que la dotación de medios: “Corresponde al Magzen (gobierno marroquí), con los remanentes de la Aduana de Ceuta”. El Tratado íntegro se recogía en la obra “España y Marruecos en 1909”, por A. Riera. Casa Editorial Maucci. 1911.
El Convenio se firmó con una pluma de oro adquirida por el Presidente Canalejas, que regaló a la esposa de nuestro delegado en las negociaciones, García Prieto. El delegado marroquí, El Mokri, impuso a Canalejas y a García Prieto las insignias de la Orden marroquí que el Sultán les concedía. A su vez, Canalejas impuso a El Mokri la Gran Cruz de Isabel la Católica. El día 17 se celebró en el Ministerio de Estado un banquete en honor de El Mokri, al que asistió el Gobierno, Presidentes de las Cámaras y toda la embajada marroquí. Canalejas pronunció un discurso congratulándose de que se llegara a tan feliz término, así como de las buenas relaciones que reinaban entre ambos países, esperando que se estrecharan cada día más.
En Palacio Real se dio otro banquete de gala de 30 cubiertos. El Rey concedió al Sultán el Collar de Carlos III y a El Mokri la Cruz de la misma Orden. Hubo también una fiesta infantil con la asistencia del Príncipe de Asturias (después Alfonso XIII), en la que los niños asistieron llevando bandas con los colores nacionales. El Centro Hispano-Marroquí también organizó otro banquete más, y hubo fiestas oficiales en otros lugares. Más adelante el Rey concedió al delegado español García Prieto el título de Marqués de Alhucemas. En el Congreso de Diputados, el Presidente Canalejas declaró: “En nombre del país, prefiero una paz honrosa con Marruecos a ninguna otra contingencia, pues España no es tan débil que no pueda litigar, ni tan soberbia, que vaya a ciegas a una pendencia, aunque sea siempre una victoria”.
Pues bien, el pasado día 13-12-2019, bajo el título: “El laberinto fronterizo”, organizada por CC.OO. se celebró en el Campus universitario de Ceuta, Sala de Grados, una mesa redonda, en la que tomaron parte el ex consejero de Ceuta Emilio Carreira, el empresario José María Campos y el periodista marroquí Ahmed Biyuzan, que disertaron sobre el comercio transfronterizo entre Ceuta y Marruecos, con motivo de haberlo restringido últimamente el vecino país. En el curso de la misma el empresario Campos, profundo conocedor del comercio de Ceuta y de sus problemas, puso de manifiesto el grave problema de desempleo y el deterioro de la actividad comercial que se crearía a ambos lados de la frontera con tales restricciones al comercio, principalmente, por el paro que una medida de esa índole generaría para los miles de marroquíes dedicados al “porteo” en el norte de Marruecos, de cuya actividad viven los porteadores marroquíes, así como el cierre de establecimientos en la Ciudad.
Un país tercero limítrofe con Ceuta, que es frontera exterior de la Unión Europea (UE) que tiene firmado convenios de país más favorecido con la UE, no se concibe que todavía no cuente con una aduana comercial del lado marroquí, habiéndola sólo del lado español. Como también es impresentable que España y la propia UE no hayan exigido a Marruecos en sus tratados bilaterales la implantación de dicha Aduana, como órgano que regule las importaciones y exportaciones del tráfico mercantil entre España y Marruecos, a cuyo país en varias ocasiones España ha donado sendas unidades de vehículos para utilizarlos en la lucha contra la inmigración ilegal.
Recuerdo que una de las veces fueron 280 vehículos que ya quisieran tenerlos las Fuerzas de Seguridad españolas para sí, que luego, paradójicamente, Marruecos se negó a que la entrega se efectuase por Ceuta, siendo devueltos a España por Algeciras para que le fueran entregados a través de Tánger; lo que, a mi juicio, representó una indignidad nacional que difícilmente debe ser asumido por un país soberano; sólo por el capricho marroquí de considerar a Ceuta como una “frontera falsa” por el punto del Tarajal, como narra José María Campos, como él mismo tuvo que soportar con un televisor; circunstancia que es de todo punto improcedente en las relaciones comerciales entre países mínimamente civilizados, que ni siquiera en los países subdesarrollados se da en la época actual.
Tanto para Ceuta como para la zona norte de Marruecos las mutuas relaciones comerciales entre ambas fronteras han sido siempre un factor determinante y decisivo de la vida económica y social para ambas partes. No se olvide que existe en economía una regla de oro en virtud de la cual dos países fronterizos no tienen más remedio que necesitarse mutuamente, dado que cuando se intercambian productos comerciales y bienes, importando y exportando cada uno del otro, los productos de los que ambos son deficitarios o excedentarios, respectivamente, pues los dos países salen ganando. Siendo así que, hasta en momentos de tensiones y hostilidades fronterizas entre España y Marruecos, casi siempre estuvo abierta la frontera del Tarajal, hasta en la época de los numerosos asedios impuestos por Marruecos a Ceuta.
El origen de la necesidad del comercio entre Ceuta y Marruecos, se remonta, como mínimo, nada menos que a hace 600 años. Consta en el Archivo Secreto Vaticano, volumen 110, folio 178, documento 142, páginas 277 y siguientes, que el 4-04-1418, dos años después de la conquista de Ceuta por Portugal, el rey portugués Juan I escribió una carta al Papa Martín V solicitándole autorización para que los habitantes de Ceuta(cristianos) pudieran comerciar con los marroquíes (mahometanos) en la compra y venta de toda clase de géneros, principalmente víveres y artículos de primera necesidad. Aclaro que tal autorización papal era entonces obligada para poder comerciar con los musulmanes, dado que las relaciones comerciales entre éstos y los cristianos fueron totalmente prohibidas en el tercer Concilio de Letrán del año 1179, y reiterada la prohibición en el IV Concilio en 1215. Dicha autorización la concedió el Papa Martín V, mediante la Bula “Super Gregem Dominicum”, de 3-07- 1418.
El rey portugués fundamentaba su petición en que sólo un buen intercambio a convivencia y buenas relaciones entre ambos países podían atraer los unos hacia los otros mediante las buenas relaciones comerciales. Por tal motivo, la Santa Sede autorizó a los ceutíes a comerciar con Marruecos, excepto mercancías que pudieran utilizarse con fines bélicos, como barcos, armas, etc. Y, si tanto Marruecos como España ganan con dicho tráfico mercantil, ¿por qué esa obsesión de Marruecos de dificultar el paso de mercancías desde Ceuta por la frontera de El Tarajal?. La hipótesis de que, al igual que cuando los vehículos donados por España, o incluso la no autorización por el vecino país a que se abra por su lado una Aduana comercial en El Tarajal, pudiera deberse a una deliberada política marroquí destinada al no reconocimiento de Ceuta como ciudad española, o incluso un supuesto estrangulamiento del comercio de Ceuta pretendido por Marruecos, resultaría ser el más grande de los absurdos, cuando luego Melilla, en idéntica situación, sí cuenta con Aduana comercial marroquí (Continuará).
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