Acutrans considera “muy positivo” aplicar la indemnización por retraso a las navieras

La Asociación de Consumidores y Usuarios del Transporte en Ceuta considera una “buena noticia” la aprobación en la Eurocámara de un reglamento que posibilita la indemnización por parte de las navieras a los usuarios en caso de retrasos: “Es algo muy positivo esta disposición. Antes estaba coja y no existía algo similar en el transporte marítimo a las regulaciones existentes en la navegación aérea”, valoró el presidente de la entidad, José María Campos.  
Según señaló el propio Campos, la nueva normativa también abre la puerta a que se reingresen el precio de los billetes en caso de overbooking.
Las nuevas normas, que ya han sido pactadas con los Gobiernos de los Veintisiete, se aplicarán a todos los barcos autorizados a transportar a más de 12 pasajeros, con la excepción de los buques de excursión, turísticos e históricos y los navíos con una tripulación de hasta tres personas o cuyo servicio general se limite a recorrer una distancia inferior a 500 metros.
En caso de retrasos de más de una hora y media sobre el horario de salida, el transportista tendrá que escoger entre ofrecer una ruta alternativa en condiciones de transporte comparables y sin coste adicional o reembolsar el precio del billete, a no ser que la empresa pueda probar que el retraso se debe a condiciones meteorológicas que hacen peligrosa la navegación o a otras circunstancias extraordinarias.
En el supuesto de cancelación o retraso en la salida que requiera una estancia de una o varias noches, el transportista se hará cargo del coste de alojamiento, que será de 80 euros como máximo por pasajero y noche, hasta tres noches.
Los pasajeros podrán solicitar al transportista una indemnización cuando haya retrasos en la llegada al destino. El nivel mínimo de la indemnización será del 25% del precio del billete para los retrasos de, como mínimo: una hora en el caso de los viajes programados de hasta cuatro horas de duración; dos horas en el caso de los viajes de entre cuatro y ocho horas; tres horas en el caso de los viajes de entre ocho y 24 horas y seis horas en los casos de los viajes de más de 24 horas.

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