Opinión

Acta de marcación de límites de Ceuta-Marruecos

Ceuta, siempre he dicho que es una ciudad encantadora, con preciosas vistas exteriores en todo su alrededor, con un emporio de riqueza histórica, artística, arquitectónica, geoestratégica y cuajada de contrastes encantadores que le dan aún más riqueza y colorido que hacen más grande su belleza. Reitero ahora que deberían aprovecharse mucho más sus numerosas bondades, divulgándolas, haciendo Ceuta más comunicativa, dándola más a conocer al mundo y haciendo de sus numerosos encantos fuente atractiva de explotación turística, ahora que todo el mundo sabe el desmedido empeño del país vecino en hundir y asfixiar a Ceuta y Melilla económicamente. Y se han hecho, sí, campañas a pequeña escala, pero pienso que quizá deberían ser más generalizadas y persistentes en el tiempo, a la vez que dotarla de mejores, más modernas, cómodas y asequibles comunicaciones por mar y aire, combinándolas con programas para visitarla desde ciudades tales como Málaga, Almería, Sevilla, Cádiz, etc, con un razonable y atrayente programa de visitas organizadas.

Varias veces me he referido a los Tratados sobre límites que fueron acordados entre España y Marruecos. Ahora expongo aquí el Acta de Demarcación del último acuerdo sobre el trazado de límites de Ceuta, de los tres trazados más importantes que a lo largo de la historia se han llevado a cabo en esa frontera, hechos con técnicas cartográfica y topográfica. La primera, en 1782. La segunda, en 1844. Y la tercera, del 11 al 17-11-1860; siendo esta última la vigente.

Esta investigación la he hecho, basándome solamente en la realidad histórica, jurídica y en los propios hechos reconocidos expresamente antes por Marruecos y firmados documentalmente por sus propios reyes; pero jamás la he hecho por fines políticos, porque no lo soy. Nada me importan los problemas políticos que puedan existir entre Marruecos, España y la ONU respecto al Sahara. Lo que sí me importa es que se resuelvan en paz, de manera justa y que la opinión pública conozca la verdad tal como Ceuta es; no por meras presiones chantajistas interesadas. Porque Marruecos siembra en la opinión pública internacional lo que no es cierto, deformando y tergiversando sistemáticamente la auténtica realidad sobre Ceuta y Melilla. Recapitulo sólo varios hechos probados en mis recientes artículos.

1,Marruecos pretende anexionarse Ceuta y Melilla pregonando a todo el mundo que son suyas; pero nunca explica por qué dice que lo son, cuando sus reyes reconocen y firman en sendos tratados que Ceuta y Melilla son de plena soberanía española. 2. Marruecos las llama “ciudades marroquíes ocupadas por España”. Y eso demuestra que ni siquiera conoce lo que reivindica. España jamás ocupó Ceuta. La recibió heredada y cedida legítimamente de Portugal. Los árabes, de los que a Marruecos le vino la causa de poseerla temporalmente, sí que la “ocuparon” por la fuerza de las armas el año 709, cuando ya llevaba 1.208 años perteneciendo a la monarquía visigoda española. 3. El Director General de Aduanas marroquí mintió deliberadamente. Dijo al cerrar la frontera con Melilla que su Aduana nunca había sido “comercial”, sino sólo paso de viajeros.

Pero él y toda Melilla saben que el artículo 4 de la creación de dicha Aduana en 1866, dispone: “Por la aduana de Melilla se podrán “importar y exportar todos los artículos de comercio” que se importen y exporten por los puertos marroquíes. 4. Marruecos dice no reconocer las fronteras de Ceuta y Melilla, cuando tiene múltiples tratados firmados por sus monarcas reconociendo y delimitando hasta tres veces dichas fronteras. 4. Marruecos se contradice, niega lo evidente, va contra sus propios actos ya reconocidos y firmados solemnemente. Más, si no reconoce suyas ambas fronteras, ¿por qué las cierra herméticamente, instalando vallas y vigilancia con el pretexto del Covis y luego las abre para que 10.000 niños invadan Ceuta portando la pandemia, a sabiendas de todo el mundo de que lo ha hecho intencionadamente, por represalia y chantaje.

La última delimitación de 1860, recoge: "Acta de la demarcación de límites de la plaza de Ceuta y del ‘campo neutral’, levantada por los comisionados de España y Marruecos en cumplimiento del artículo cuarto del Tratado de Paz firmado en Tetuán a 26-04-1860”. La línea de demarcación es la que une los puntos siguientes: Partiendo de la costa septentrional en la punta oriental de la bahía de Benzú, asciende por el barranco que en esta bahía termina; se dirige al E a un punto donde el monte Renegado se deprime bruscamente terminando en un escarpe puntiagudo de piedra pizarrosa; desciende siguiendo la vertiente de las montañas de Sierra Bullones; y formando un arco de círculo concluye sobre la costa Sur en la ensenada del Príncipe Alfonso o Vadamiat. El campo neutral, de una a otra parte del mar, parte de las vertientes opuestas del barranco hasta las cimas de las montañas. Es una demarcación principalmente topográfica.

«El día once de Noviembre de mil ochocientos sesenta de la era Cristiana, correspondiente al veinte y siete de Rabiaa el segundo de mil doscientos setenta y siete de hégira, se reunieron en el Palacio de la Comandancia General de Ceuta los comisionados de España y Marruecos a saber: por parte de España Don Ramón Gómez y Pulido,.... y don Juan Tello y Miralles,...; y por parte de Marruecos Mohamed Ben Abdselem Emcashet y el Hach Mohamed Ben Dahmen Caid de cien artilleros; los cuales después de exhibir las órdenes de sus respectivos gobiernos nombrándoles tales Comisionados, designaron de común acuerdo por Secretario de la Comisión a Don Enrique Amado Salazar, Teniente del cuerpo de Ingenieros en atención al exacto conocimiento que tiene del terreno y de los nombres propios de las localidades en español y en árabe.

Tras aceptar ambos el cargo, los comisionados de ambas naciones convinieron en salir al día siguiente a recorrer toda la línea a fin de elegir los sitios más a propósito para la colocación de las señales». «Cumpliendo lo acordado en la conferencia de la víspera, el día 12 de Noviembre de 1860, que corresponde al veinte y ocho de Rabiaa el segundo de mil doscientos setenta y siete de la hégira, los comisionados de España y Marruecos acompañados del Secretario empezaron a recorrer los límites por la extrema izquierda de la línea o sea por la ensenada llamada en español del Príncipe Alfonso, y siguieron por el arroyo límite marchando de Sur a Norte, sin que se ocurriese dificultad por ninguna de las partes, hasta llegar al boquete o cuello llamado en árabe Beb de la Atcheva, que se encuentra frente al camino de Anghera, abierto a media ladera del mogote de piedra pizarrosa llamado en árabe Atcheva.


En este puerto los comisionados marroquíes hicieron observaciones sobre la dirección que debía llevar la línea y pretendieron que esta siguiese el arroyo de Jandacrafma que desemboca en el mar del Norte cerca de la torre Blanca, en árabe Borch el Biat, sosteniendo los Comisionados españoles que el límite señalado en el Tratado conforme a la primitiva acta de deslinde iba por el arroyo de Darmeshiena, que pasando por las ruinas del mismo nombre desemboca en la Bahía de Benzú al pie del cerro en donde está construido el fuerte del mismo nombre, cuyo cerro se conoce en árabe por Tala del Jalfa (escalera de esparto)». Se ha planteado con lógica 123 la cuestión de la fidelidad de esta operación respecto a lo previsto en el Tratado de Paz cuyo artículo Tercero dice: "...S.M. el Rey de Marruecos cede a S.M. la Reina de España. «No habiendo podido haber avenencia, los comisionados de ambas naciones refirieron respectivamente la cuestión al Encargado de negocios de SM la Reina de España en Marruecos y al Príncipe Muley el Abbas, Califa de SM el Sultán, pasando al efecto a Tánger el Coronel Señor Tello y el Secretario de la Comisión con los dos Comisionados marroquíes». «Resultando conforme con lo estipulado en el artículo tercero del Tratado de paz la línea pretendida por los delegados españoles, y resueltas en este sentido las dificultades suscitadas, regresaron los comisionados a Ceuta el día diez y seis de Noviembre que es el segundo de Yumeda el primero».

«Al día siguiente, diez y siete de Noviembre, tercero de Yumeda el primero, se dio principio al establecimiento de señales en la forma siguiente. Partiendo de la ensenada del Príncipe Alfonso, desde la desembocadura del arroyo llamado en árabe Auyés, se fueron colocando las señales en la orilla izquierda de dicho arroyo, hasta llegar a su nacimiento en la parte más baja de la prolongación del monte Renegado, cuyo puerto se conoce en árabe con el nombre de Beb de la Atcheva. En este punto se fijó la señal en la parte extrema derecha del prado que hay en dicho puerto. Desde allí la línea se dirige al nacimiento y sigue el curso del arroyo de Darmeshiena, que corre de Sur a Norte pasando a la izquierda de las ruinas del mismo nombre y termina en la bahía de Benzú (Beliunes en árabe) al pie de Tala del Jalfa, quedando al Oriente el cerro en donde está construido el fuerte de Benzú. En la orilla derecha de este arroyo se fueron colocando las señales, de común acuerdo y con asistencia de todos los comisionados». «Para fijar la línea extrema del Campo neutral, termino de la jurisdicción marroquí, en cumplimiento de lo pactado en el párrafo segundo del artículo tercero del tratado de paz de veinte y seis de Abril del presente año, se fueron estableciendo las señales siguiendo la misma dirección de Sur a Norte, clavándolas en las crestas de los cerros que dominan los arroyos límites. Los comisionados de ambas naciones convinieron en que fuese común para españoles y marroquíes el aprovechamiento de las aguas de los arroyo Auyés y Darmeshiena».

"Esta investigación la he hecho, basándome solamente en la realidad histórica, jurídica y en los propios hechos reconocidos expresamente antes por Marruecos y firmados documentalmente por sus propios reyes; pero jamás la he hecho por fines políticos, porque no lo soy"

«En fe de lo cual los infrascritos Comisionados Españoles y Marroquíes han firmado la presente acta en cuatro ejemplares en los idiomas español y árabe en Ceuta a diez y siete de Noviembre de mil ochocientos sesenta de la era Cristiana, que corresponde al tres Yumeda el primero de mil doscientos setenta y siete de la hégira». RAMÓN GÓMEZ.- JUAN TELLO y dos firmas en la columna en árabe. Cotejando la toponimia del Acta con la del mapa del Servicio Geográfico del Ejército, Hoja 2002, edición 1976, resulta que el arroyo AUYES es el que ahora se llama SIDI BRAHIN, que a su vez confluye con el BOMBAS. Y el DARMESHIEN parece ser el actual Jandak EL JOZRI. En esta hipótesis la línea exterior va efectivamente por las crestas de los cerros que dominan dichos arroyos. El cronista oficial de Ceuta, Sr. García Cosió, coincide en esta interpretación. Un resumen de esta opinión en GARCÍA PÉREZ Antonio, Geografía Militar de Marruecos y posesiones españolas en África. Barcelona 1910, pp.l 11-112.229. JOSÉ RAMÓN REMACHA Españas “en pleno dominio y soberanía” el territorio comprendido desde el mar, siguiendo las alturas de la Sierra Bullones hasta el barranco Anghera". Aún siendo exacta esta observación es discutible si se toma en cuenta la parte final del mismo artículo que señala como límite exterior del campo neutral "la cima de las montañas desde una a otra parte del mar", a lo que se ajusta fielmente la demarcación practicada.

Más valor argumental tiene a dicho efecto la invocación del artículo segundo donde se precisa la finalidad de esta ampliación territorial "hasta los parajes más convenientes para la completa seguridad y resguardo de su guarnición". Ciertamente las alturas de la sierra no son los puntos más convenientes para la demarcación desde el punto de vista de la seguridad de la plaza. En todo caso el principio de estabilidad de las fronteras obliga a aceptar como válida esta demarcación que es precisamente la que hoy recoge la cartografía del Ejército. Previamente, en 1782 se había llevado a efecto otra demarcación, la primera de las que se tiene noticia. Era consecuencia de la demarcación que había quedado pendiente a tenor del Tratado de 1767. El 15 de Nov. de 1781 el Comandante de Ceuta Don Domingo Salcedo. 124. BARDONNET, op,cit., p. 28 señala que en la jurisprudencia de los tres grandes asuntos sometidos al TIJ sobre conflictos fronterizos es la preocupación por asegurar el principio de la "estabilidad" de la frontera.

«En torno al ensanche de Ceuta». Hesperis Tamuda, vol.XX-XXI, 1982-83 (pp.226-250). Por despacho fechado en Tánger el 31-10-1982 daba cuenta el Cónsul de la ejecución de la demarcación de los nuevos límites operada el 25 de dicho mes, diciendo entre otras cosas "paseándolo todo en mi compañía admiró (el gobernador) el mucho terreno que nos ha concedido SMM pues no tan solo hay el suficiente para el pasto de más ganado que el que puede consumir la Plaza, sino para sembrar cantidad de cebada y trigo; incluyendo dichos nuevos límites algunas higueras, un pozo y una Fuente de rica Agua. Esta concesión tenía su origen en el tratado de paz establecido entre el Sultán y el rey Carlos, según Ibn Azzuz Hakim (p.243).

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