Ha entrado en prisión el estudiante granadino de Medicina de 25 años Carlos Cano. Delito: haber participado en la huelga general del 29 de marzo de 2012.
También, estar fichado por la Policía como un activista del 15-M. Parece que volvemos a los tiempos de la dictadura franquista, cuando la Policía Social fichaba a los sindicalistas, militantes de partidos políticos, miembros de los movimientos ciudadanos…, sobre todo si eran de izquierdas y cuestionaban al Gobierno del general Franco. ¡Quién nos iba a decir a nosotros que esto ocurriría a los 35 años de aprobarse nuestra Carga Magna!
Días atrás, en una reunión de trabajo en la Universidad de Granada, cuando aún había esperanzas de que la petición de indulto llegara a tiempo de impedir este despropósito, algunos compañeros comentaban, entre indignados y perplejos, la desproporción de la condena. Y todo por haber entrado a un bar, junto a un grupo de compañeros, a informar de la huelga y a instar al propietario a que cerrara. El problema, me decían, es que este alumno ya no podrá hacer el MIR, pues es incompatible con su condena. La indignación se debía a que hacía pocos meses se había conocido la condena a un empresario local, que para ocultar el accidente laboral de un inmigrante ilegal, tiró el brazo que se acababa de cortar a la basura. Era el mismo tipo penal. Delito contra los derechos de los trabajadores. Pero en ese caso, lo condenaban a un año. En el de este estudiante, aplicando estrictamente lo que dice el artículo 315.3 del Código Penal, lo condenaron a 3 años y un día, más una multa.
Pero no es Carlos el único condenado. Hay más de 200 sindicalistas imputados por los mismos hechos en toda España, a los que se les piden penas similares, o incluso superiores, principalmente en base al mismo artículo citado anteriormente. Utilizar un artículo, que en sus orígenes se pensó para impedir las coacciones del empresario al trabajador para que no ejerciera el derecho de huelga, parece un contrasentido. Y si lo comparamos con lo que se establece en el artículo 172.1 del Código Penal para el delito de coacciones, resulta bastante cuestionable, desde el punto de vista jurídico, que la actuación de un piquete informativo sea castigada con más dureza que la coacción empresarial para limitar el derecho de huelga, que como se debe recordar, es un Derecho Fundamental reconocido en nuestra Constitución.
El análisis estrictamente técnico de estas condenas, lo dejo para más adelante. Aunque la mejor crítica jurídica que se le puede hacer, ha venido de la mano de los magistrados de la Audiencia Nacional, a propósito de la sentencia por los sucesos de junio de 2011 en el Parlamento de Cataluña. De esta sentencia podemos destacar una frase: “La sanción penal que no tuviera en cuenta que los acusados cuyos actos analizamos ejercían un derecho fundamental, enviaría un mensaje de desincentivación de la participación democrática directa de los ciudadanos en las cosas comunes y del ejercicio de la crítica política”.
Pero no nos engañemos. No se trata de casos aislados. Estamos ante un ataque sistemático a todo lo que signifique protesta y discrepancia con las decisiones del poder establecido. Si a esto le añadimos la reciente sentencia del Tribunal Constitucional, avalando el despido sin indemnización durante el primer año en los contratos de apoyo a los emprendedores, no cabe duda de que estamos asistiendo a una derrota en toda regla del movimiento social y sindical español. Como nos dice el profesor y experto en Derecho Laboral, Antonio Baylos, “…con esta decisión los trabajadores y trabajadoras de este país, cada vez más desiguales y más desprotegidos, han sido humillados y ofendidos al desconocer el intérprete de la Constitución sus derechos fundamentales al trabajo y a la libertad sindical”.
Es evidente que llegan tiempos nuevos. El movimiento social y sindical español debe actuar. No nos podemos quedar parados ante esta agresión en toda regla de las clases más privilegiadas. Es preciso movilizarse y diseñar un nuevo modelo de relaciones laborales, que encaje en las nuevas realidades, aunque sin olvidar los derechos y libertades que tantos años costó conseguir. Si no lo hacemos, la derecha más reaccionaria y rancia de este país se encargará de que el Código Penal acabe con lo que quede del Estatuto de los Trabajadores.